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Documento BOE-A-2024-14808

Resolución de 12 de julio de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, por el que se aprueban los Planes de Actuación Plurianuales 2023-2026 del Centro de Referencia Nacional de Conservas Vegetales y del Centro de Referencia Nacional de Ganadería en el ámbito de la formación profesional.

Publicado en:
«BOE» núm. 173, de 18 de julio de 2024, páginas 90412 a 90427 (16 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes
Referencia:
BOE-A-2024-14808

TEXTO ORIGINAL

El Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y la Administración General de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca, han suscrito, con fecha 13 de junio de 2024, un convenio por el que se aprueban los Planes de Actuación Plurianuales 2023-2026 del Centro de Referencia Nacional de Conservas Vegetales y del Centro de Referencia Nacional de Ganadería en el ámbito de la formación profesional, por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 12 de julio de 2024.–La Secretaria General Técnica, Laura Manzano Palomo.

ANEXO
Convenio entre el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y la Administración General de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca, por el que se aprueban los Planes de Actuación Plurianuales 2023-2026 del Centro de Referencia Nacional de Conservas Vegetales y del Centro de Referencia Nacional de Ganadería en el ámbito de la formación profesional

REUNIDOS

De una parte, doña Clara Sanz López, Secretaria General de Formación Profesional, nombrado por Real Decreto 178/2000, de 29 de enero, en nombre y representación del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes competente para la firma del presente convenio según lo establecido en el artículo 47.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Y de otra, doña Sara Rubira Martínez, Consejera de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca, en representación de la Administración General de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en virtud del nombramiento por Decreto del Presidente n.º 35/2023, de 14 de septiembre, como titular de la Consejería, y en el ejercicio de las competencias recogidas en los artículos 7.2 y 16.2 a) y ñ) de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, y previa autorización del Consejo de gobierno en su sesión del día 30 de mayo de 2024.

EXPONEN

Primero.

Que el artículo 8 del Real Decreto 829/2023 de 20 de noviembre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, establece que corresponde al Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia educativa y de formación profesional del sistema educativo y para el empleo.

Segundo.

La Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca es el Departamento de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia encargado de la propuesta, desarrollo y ejecución de las directrices generales del Consejo de Gobierno en las siguientes materias: agua, agricultura, industria agroalimentaria, desarrollo rural, ganadería, pesca en aguas interiores y acuicultura, así como las que la normativa vigente le atribuye como organismo autorizado para el pago de los gastos correspondientes a la Política Agraria Común; y el desarrollo y ejecución de la Política Común de Pesca y pagos del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca; las relativas a la investigación y desarrollo tecnológico en los sectores agrario y alimentario, la investigación en materia de pesca, marisqueo, acuicultura marina, alguicultura y cualquier otra forma de cultivo industrial, conforme a lo establecido en el artículo 6 del Decreto del Presidente, n.º 31/2023 de 14 de septiembre, de Reorganización de la Administración Regional.

Tercero.

Que mediante el Real Decreto 871/2015, de 2 de octubre, se crean/califica como Centro de Referencia Nacional el Centro Integrado de Formación y Experiencias Agrarias de Molina de Segura, en el Área Profesional Conservas Vegetales de la Familia Profesional de Industrias Alimentarias y el Centro Integrado de Formación y Experiencias Agrarias de Lorca en el Área Profesional de Ganadería de la Familia Profesional Agraria, en el ámbito de la formación profesional.

Cuarto.

El Real Decreto 229/2008, de 15 de febrero, por el que se regulan los Centros de Referencia Nacional en el ámbito de la formación profesional, establece en su artículo 7 que se elaborará un Plan de Actuación Plurianual de carácter estatal, para el desarrollo de las funciones de los Centros de Referencia Nacional en colaboración con las comunidades autónomas y las organizaciones empresariales y sindicales más representativas.

El Plan de Actuación Plurianual Estatal establecerá los objetivos prioritarios, los procedimientos y mecanismos de coordinación, seguimiento y evaluación de la Red, así como las Comisiones de Coordinación correspondientes.

En función del Plan de Actuación, la Administración General del Estado, en colaboración con las comunidades autónomas, establecerá los criterios de distribución presupuestaria para la ejecución del mismo.

Asimismo, incluirá los procedimientos e indicadores de calidad que permitan evaluar el cumplimiento de los fines y objetivos de los Centros.

Dicho artículo añade que para cada uno de los Centros de Referencia Nacional se acordará un Plan de Actuación Plurianual, con la misma duración del Plan de Actuación Plurianual de carácter estatal, a partir de la propuesta del Consejo Social del Centro, que será reflejado en un convenio entre la Administración General del Estado y la Administración autonómica.

Quinto.

La LXXX Comisión Permanente del Consejo General de Formación Profesional en reunión de 18 de noviembre de 2022 ha informado el Plan de Actuación Plurianual 2023-2026 de carácter estatal de los Centros de Referencia Nacional en el ámbito de la formación profesional.

Sexto.

Cumpliendo con los requisitos establecidos en la normativa de aplicación, el Consejo Social del Centro de Referencia Nacional de Conservas Vegetales celebró una reunión el 20 de enero de 2023, en el que se propuso el Plan de Actuación Plurianual 2023-2026 para el Centro. Así mismo, el Consejo Social del Centro de Referencia Nacional de Ganadería celebró una reunión el 20 de enero de 2023, en el que se propuso el Plan de Actuación Plurianual 2023-2026 para este otro Centro de Referencia Nacional.

Conforme señala el artículo 7.3 del citado Real Decreto 229/2008, de 15 de febrero, es necesario acordar entre las Administraciones implicadas un Plan de Actuación Plurianual, a partir de la propuesta del Consejo Social del Centro. Este Plan de Actuación Plurianual, debe observar la forma de convenio entre el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Séptimo.

Por todo lo anterior, el presente convenio entre el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, y la Administración General de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia tiene por objeto la aprobación de los Planes de Actuación Plurianual 2023-2026 del Centro de Referencia Nacional de Conservas Vegetales y del Centro de Referencia Nacional de Ganadería.

Octavo.

Que la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, establece en su artículo 47.1 que son convenios los acuerdos con efectos jurídicos adoptados por las Administraciones Públicas, los organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes o las Universidades Públicas entre sí o con sujetos de derecho privado para un fin común.

De conformidad con los principios generales contemplados en el artículo 3 de la misma Ley, las Administraciones Públicas sirven con objetividad los intereses generales y actúan de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, con sometimiento pleno a la Constitución, a la Ley y al Derecho y en el desarrollo de su actividad deben aplicar en sus relaciones, entre otros, el principio de cooperación, colaboración y coordinación con otras Administraciones Públicas.

Que, en consecuencia, la Administración General del Estado, a través del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, y la Administración General de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca están habilitadas para la suscripción del presente convenio.

Noveno.

Que la suscripción del presente convenio mejora la eficiencia de la gestión pública en el ámbito de la formación profesional, facilita la utilización conjunta de medios y servicios públicos, contribuye a la realización de actividades de utilidad pública y carece de contenido económico con lo que no se ve afectado por la legislación de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, todo ello conforme a lo dispuesto en el artículo 48.3 de la mencionada Ley 40/2015, de 1 de octubre.

Décimo.

Que se cumplen los trámites preceptivos que establece el artículo 50 de la Ley 40/2015, de 1 octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Por todo lo anteriormente expuesto, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 229/2008, de 15 de febrero, por el que se regulan los Centros de Referencia Nacional en el ámbito de la formación profesional, las partes acuerdan suscribir el presente convenio, que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del convenio.

El objeto del convenio es establecer los Planes de Actuación Plurianual 2023-2026 en el que se describan los objetivos prioritarios del Centro de Referencia Nacional de Conservas Vegetales y del Centro de Referencia Nacional de Ganadería, en adelante, CRNs a partir de las propuestas de los Consejos Sociales de los centros en sus reuniones de 20 de enero de 2023.

Anualmente, y de acuerdo con la normativa aplicable, se aprobará un Plan de Trabajo Anual para cada uno de los CRNs en el que se concretarán las actuaciones a realizar y la aportación económica de la Administración General del Estado.

Segunda. Objetivos.

Uno. Objetivos del Centro de Referencia Nacional de Conservas Vegetales.

De conformidad con los objetivos prioritarios para todos los CRN establecidos en el Plan de Actuación Plurianual Estatal aprobado por la LXXX Comisión Permanente del Consejo General de Formación Profesional en reunión de 18 de noviembre de 2022, las partes acuerdan como objetivos del Plan de Actuación Plurianual 2023-2026 del CRN de Conservas Vegetales en su ámbito de actuación:

a) El Objetivo 1 dispone la necesidad de diseñar estrategias de difusión y comunicación a nivel nacional, especialmente dirigidas a la red de centros de Formación Profesional y a la las empresas, instituciones y organismos relacionados o pertenecientes al sector productivo de la familia profesional, y área profesional en su caso, del CRN. Para este objetivo el CRN:

– Mantendrá, mejorará y ampliará los contenidos del portal web:

● Creará contenidos en portal web de todos los proyectos de innovación y recursos didácticos realizados en el CRN de Conservas Vegetales para que estén a disposición de otros CRNs, Centros de Formación Profesional, entidades y organismos públicos, empresas del sector y público objeto del CRN.

● Mejorará y ampliará los contenidos del portal web del CRN, incorporando información de las actividades previstas en los Planes de Trabajo, aplicativos para la interactuación de los usuarios con el centro, registro de demandes y sugerencias, contenidos y noticias de carácter técnico, traducción del portal web a otros idiomas.

– Mejorará el posicionamiento en buscadores y la optimización de los motores de búsqueda, para dotar de mayor visibilidad al CRN.

– Participará en Grupos de Trabajo para mejorar en el desarrollo de plataformas y herramientas informáticas para la gestión electrónica de todos los procesos de gestión de los CRNs.

– Colaborará en seminarios, encuentros o reuniones nacionales entre responsables del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, CRNs y responsables de departamentos para establecer propuestas de mejora y de buenas prácticas.

– Organizará jornadas para presentar avances tecnológicos del sector, proyectos innovadores y de transferencia tecnológica. Así mismo, se promoverán otras actividades tendentes a favorecer el acercamiento entre Centro y el sector productivo afín al CRN.

– Creará un canal de YouTube del CRN y se potenciará la presencia en redes sociales.

– Divulgará las actuaciones en prensa, radio, tv y revistas especializadas.

– Organizará Jornadas de Puertas Abierta y Jornadas de difusión de resultados de los Planes de Trabajo realizados.

– Implementará todas las actuaciones en el marco de los objetivos definidos en un Plan de Comunicación y Marketing del CRN.

b) El Objetivo 2 dispone la necesidad de elevar propuestas al Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes en la actualización del Catálogo Nacional de Estándares de Competencia, así como de las ofertas formativas y la acreditación de competencias profesionales en el marco del Sistema de Formación Profesional. Para este objetivo, el CRN:

– Promoverá actuaciones y estudios necesarios tendentes a la detección de nuevos nichos de empleo en el sector afín y de las necesidades de cualificación para los mismos.

– Desarrollará nuevos Estándares de Competencias que den respuesta a las nuevas necesidades de cualificación detectadas.

– Propiciará la creación de grupos de trabajo y mantendrá reuniones periódicas para crear nuevos currículos profesionales de títulos de formación profesional y de certificados de profesionalidad de la Familia Profesional asignada, en función de las necesidades y demandas del sector detectadas.

– Promoverá grupos de trabajo para crear cursos de especialización que tengan por objeto complementar y profundizar en las competencias de quienes ya disponen de un título de formación profesional o cumplan las condiciones de acceso para cada uno de los cursos.

– Promoverá la actualización del Catálogo Nacional de Estándares de Competencia impulsando y participando en la actualización de los Estándares de Competencia del Área y Familia Profesional calificada.

– Promoverá actuaciones, en colaboración con los Institutos de Cualificación del Estado y de la Comunidad Autónoma, para divulgar los objetivos del PREAR así como para detectar la necesidad de impulsar procesos de acreditación de 3 competencias en determinadas áreas profesiones o subsectores de la Familia Profesional afín.

c) El Objetivo 3 dispone la necesidad de favorecer vínculos de colaboración con los centros de formación profesional, así como con los interlocutores económicos y sociales que forman parte del sector productivo de cada CRN. Para este objetivo, el CRN:

– Actualizará y ampliar la base de datos y mapa de centros que recoja a todos los centros públicos y privados que desarrollen acciones de formación profesional en Industrias Alimentarias en todo el territorio nacional.

– Promoverá la creación de mesas de trabajo, seminarios u otro tipo de encuentros con organizaciones y empresas representativos del sector, clúster, centros tecnológicos, asociaciones empresariales y universidades con el objetivo de recabar necesidades formativas, impulsar proyectos de innovación, experimentación y transferencia tecnológica, en la familia profesional afín.

– Organizará jornadas transferencia tecnológica en el área de las Conservas Vegetales, con organizaciones vinculadas a la familia profesional, tanto a nivel formativo como productivo (OOPP, centros tecnológicos, universidades, asociaciones, fundaciones, etc.).

– Impulsará proyectos piloto que favorezcan el acercamiento de las empresas con los centros de formación profesional: Profesionales de empresas como docentes, prácticas en empresa de docentes, reciclaje de trabajadores en los centros de FP, mayor presencia de la empresa en las actividades de los centros de FP, mayor participación de las empresas en la adecuación del mapa de titulaciones, etc.

– Promoverá vías de colaboración ágiles para la utilización bidireccional y en el régimen que se acuerde, de medios e instalaciones del CRN o de los centros de FP y también de los medios e instalaciones técnicas aplicables a la formación de empresas, organizaciones profesionales y sociales y otras instituciones públicas y privadas.

– Fomentará el desarrollo de encuentros, reuniones o seminarios entre los CRNs de la misma familia profesional o del CRN con los Centro de Formación Profesional de la misma Familia para abordar, analizar o proponer soluciones a las inquietudes y problemas que afecten a estos centros.

d) El Objetivo 4 dispone la necesidad de diseñar y desarrollar acciones de innovación, experimentación, desarrollo y mejora vinculadas al Sistema Formación Profesional. Para este objetivo, el CRN:

– Promoverá el desarrollo de convenios o acuerdos de colaboración para el desarrollo de proyectos o acciones de innovación y experimentación con empresas, universidades, centros de investigación y centros tecnológicos, entre otros.

– Experimentará con nuevas acciones formativas que den respuesta a nuevas necesidades con el fin de valorar su adecuación e integración en el Sistema de Formación Profesional.

– Desarrollará herramientas didácticas innovadoras aplicadas a la formación profesional y de manera particular, a la formación dirigida a la familia profesional afín al CRN: simuladores, gemelos digitales y otras herramientas digitales, virtualidad y metaverso, metodologías disruptivas, etc.

– Experimentará con metodologías didácticas innovadoras (metodologías activas, metodologías de base digital, ABR, etc.) así como con nuevas formas de gestión del aula y los espacios educativos.

– Implantará y experimentará con Sistemas de Gestión de Calidad, Medio Ambiente y de Seguridad y Salud Laboral como herramientas innovadoras para mejorar la eficacia y resultados de los centros, así como mejorar su comportamiento en relación a la sostenibilidad y a la seguridad de alumnos trabajadores.

e) El Objetivo 5 dispone la necesidad de diseñar y desarrollar actuaciones relacionadas con la digitalización y la sostenibilidad. Para este propósito el CRN:

– Participará junto con otros CRNs en proyectos de desarrollo de herramientas digitales para la gestión de los centros, gestión de los sistemas de calidad y gestión de instalaciones técnicas y educativas.

– Desarrollará contenidos para la realización on line de actividades formativas de actualización técnica y didáctica de formadores y vinculadas al Catálogo Nacional de Estándares de Competencia.

– Desarrollará proyectos vinculados a la implementación de herramientas digitales aplicadas a actividades de formación a distancia: salas de videoconferencia, aula virtual, realidad virtual, realidad aumentada, plataformas colaborativas, aplicaciones del metaverso, la nube y bibliotecas digitales, etc.

– Promoverá actuaciones de formación y transferencia tecnológica tendente a favorecer la transformación digital del sector productivo y de los centros educativos de formación profesional.

– Implementará y experimentará con herramientas digitales para mejorar la eficiencia y gestión energética de los centros educativos.

– Desarrollará proyectos experimentales para la implementación de fuentes de energía alternativas o energías limpias en los centros educativos. Desarrollo de estudios de eficacia y rentabilidad.

– Realizará actuaciones de información y sensibilización sobre sostenibilidad, cambio climático y economía circular. Target: comunidad educativa, sector productivo afín y centros de formación profesional.

– Realizará actuaciones tendentes a la elaboración de la Memoria de Sostenibilidad del CRN donde se recojan las actuaciones y compromisos para el desarrollo sostenible de los centros.

f) El Objetivo 6 dispone la necesidad de colaborar con la Red de centros de excelencia de Formación Profesional. Para ello, el CRN:

– Colaborará con la red de centros de excelencia en todas aquellas actividades promovidas por estos que sean de interés o competencia para la Familia y Área Profesional calificada en este CRN.

– Colaborará activamente con los centros de excelencia creados del sector agroalimentario y de forma especial, en aquellos proyectos primarios promovidos por éstos relacionados con los proyectos de innovación e investigación, proyectos de detección de necesidades de perfiles en el sector afín y con los proyectos de revisión curricular.

g) El Objetivo 7 dispone la necesidad de colaborar con la Administración competente en el procedimiento de evaluación y acreditación de competencias profesionales. Para ello, el CRN:

– Colaborará con las administraciones competentes en los procesos de acreditación de competencias profesionales convocados.

– Promoverá actuaciones de divulgación sobre los objetivos y características de los procedimientos de evaluación y acreditación de competencias profesionales.

– Realizará estudios o análisis de necesidades de acreditación en competencias profesionales en el área asignada a este CRN.

h) El Objetivo 8 dispone la necesidad de estrechar la colaboración entre la red de Centros de Referencia Nacional, en busca de una red cada vez más sólida y conectada que avance en la calidad de la gestión, eficacia y proyección de sus actividades. Para ello, el CRN:

– Participará activamente en los encuentros y seminarios nacionales de la Red de Centros de Referencia Nacional.

– Participará en diversos grupos de trabajo promovidos por la red de CRNs.

– Impulsará la creación de grupos de trabajo sobre temas de común interés para los CRNs.

– Impulsará la realización de proyectos de innovación entre diversos Centros de Referencia Nacional.

– Promoverá encuentros con otros CRNs para intercambio de experiencias y buenas prácticas.

– Promoverá encuentros de trabajo con los CRNs de la familia profesional de Industrias Alimentarias (CRN de Industrias Cárnicas, Lácteas, Panificables y Diversas de Salamanca y el CRN de Vinos y Aceites de Ciudad Real) para definir marcos de referencia comunes en los planes anuales de trabajo con el fin de mejorar las sinergias y alcance de los resultados.

– Participará en las plataformas y redes de comunicación e intercambio de información de los CRNs.

– Promoverá, en el ámbito de sus competencias, actuaciones de divulgación e información sobre la Red de Centros de Referencia Nacional y sobre sus objetivos.

i) El Objetivo 9 dispone la necesidad de participar en programas, proyectos e iniciativas internacionales que ofrezcan una visión amplia y actualizada de la evolución del sector productivo junto con la posibilidad de crear alianzas de colaboración y experimentación con instituciones de referencia del sector productivo a nivel internacional. Para ello, el CRN:

– Participará en iniciativas y programas de FP de ámbito europeo (ERASMUS +, European Vocational Skills Week, competiciones SpainSkills, WorldSkills International, Red de Excelencia Europea, etc.).

– Participara en los seminarios y Congresos de las Asociaciones «Europea España» y Europea Internacional», red que agrupa a los centros de formación profesional del sector agroalimentario de España y de Europa.

– Participará ferias, congresos, seminarios y exposiciones regionales, nacionales e internacionales vinculados con el sector de la industria alimentaria o relacionados con el sector educativo.

– Desarrollar actuaciones encaminadas a incorporar al CRN en redes de colaboración y a crear alianzas con instituciones empresariales, educativas, sociales o de investigación vinculadas al sector agroalimentaria y de ámbito regional, nacional e internacional.

j) El Objetivo 10 dispone la necesidad de diseñar y desarrollar planes de formación y de perfeccionamiento técnico y metodológico de personal docente o formador, expertos y orientadores profesionales, así como a evaluadores y asesores que intervengan en procesos de reconocimiento de competencias profesionales en el marco del Sistema de Formación Profesional. Para ello, el CRN:

– Diseñará acciones de formación de perfeccionamiento técnico y metodológico de personal docente y formador en el marco del Catálogo Nacional de Estándares de Competencias sobre competencias transversales que impliquen a toda la familia profesional de Industrias Alimentarias.

– Diseñara acciones formativas dirigidas a personal que deseen participar como evaluadores y asesores que en procesos de reconocimiento de competencias profesionales.

– Impulsará el desarrollo y realización de acciones formativas dirigidas a formadores sobre competencias transversales o áreas técnicas de vanguardia, en el ámbito de sus competencias: habilidades socioemocionales, integración, igualdad de género, violencia de género, emprendimiento, colectivos desfavorecidos, de seguridad alimentaria, economía circular, producción sostenible de alimentos, etc.

– Colaborará con las administraciones competentes en el diseño y desarrollo de acciones formativas dirigidas a expertos y orientadores profesionales.

k) El Objetivo 11 dispone la necesidad de diseñar y desarrollar acciones de emprendimiento en el marco del Sistema de Formación Profesional y prioritariamente en colaboración con centros del Sistema Formación Profesional. Para ello, el CRN:

– Se llevarán a cabo las actuaciones necesarias para la implantación de un aula de emprendimiento del CRN que pondrá a disposición de otros centros de FP.

– Convocará seminarios divulgativos en buenas prácticas sobre emprendimiento en la Industria alimentaria en colaboración con universidades, centros de innovación y organizaciones profesionales.

– Promoverá la realización de proyectos piloto para el desarrollo de» Iniciativas de Emprendimiento» entre los alumnos de Ciclos Formativos y de Certificados de Profesionales afines al CRN. Los proyectos piloto abordaran los ámbitos de la información y orientación, formación, asesoramiento y estudios de viabilidad, así como el apoyo técnico durante la primera etapa de desarrollo del proyecto.

– Realizará seminarios y jornadas informativos de promoción y ayuda al autoempleo en colaboración con otros centros de FP, organismos públicos y organizaciones profesionales.

– Se promoverá las iniciativas de emprendimiento entre los estudiantes de FP de Industria Alimentaria a través de la organización o convocatoria de premios a los Proyectos Final de Ciclo más innovadores y con más posibilidades de implementación real.

– Desarrollará una sección sobre emprendimiento en el portal web del CRN.

l) El Objetivo 12 dispone la necesidad de diseñar y desarrollar acciones para fomentar la inserción en procesos de formación dirigidos a sectores de discapacidad, en riesgo de exclusión laboral y profesiones con escasa representación de mujeres. Para ello, el CRN:

– Programará acciones de fomento del emprendimiento indicadas en el objetivo 11 dirigidas preferentemente a mujeres, personas con discapacidad o en riesgo de exclusión social.

– Se desarrollarán seminarios de formación específicos para estos colectivos dirigidos a mejorar sus competencias en la búsqueda de empleo, reducir la brecha digital, mejorar las habilidades socioemocionales, etc.

– Se promoverán actuaciones de orientación laboral, de orientación educativa o sobre procedimientos de acreditación de competencias profesionales.

– Experimentará una lanzadera de empleo para mujeres y enfocada hacia el sector o determinados subsectores de la Industria alimentaria.

– Se establecerá canales de colaboración agiles con las organizaciones sociales, ONGs y centros de educación especial con las que habitualmente colabora este centro (Instituciones Penitenciarias, Fundación RAIS, Cruz Roja Española, Fundación Diagrama, Asociación Prometeo, asociaciones de inmigrantes, etc.) para el desarrollo conjunto de acciones de formación o de otra índole orientadas a la búsqueda de empleo y mejora de la inserción laboral de estos colectivos en el sector de la Industria Alimentaria.

Dos. Objetivos del Centro de Referencia Nacional de Ganadería.

De conformidad con los objetivos prioritarios para todos los CRN establecidos en el Plan de Actuación Plurianual Estatal aprobado por la LXXX Comisión Permanente del Consejo General de Formación Profesional en reunión de 18 de noviembre de 2022, las partes acuerdan como objetivos del Plan de Actuación Plurianual 2023-2026 del CRN de Ganadería de Lorca en su ámbito de actuación:

a) El Objetivo 1 dispone la necesidad de diseñar estrategias de difusión y comunicación a nivel nacional, especialmente dirigidas a la red de centros de Formación Profesional y a la las empresas, instituciones y organismos relacionados o pertenecientes al sector productivo de la familia profesional, y área profesional en su caso, del CRN. Para este objetivo el CRN:

– Creará contenidos en portal web de todos los proyectos de innovación realizados en el CRN de Ganadería para que estén a disposición de todos los CRNs, Centros de Formación Profesional, empresas del sector y público objeto del CRN.

– Mejorará y ampliará los contenidos del portal web del CRN, integrando información de sus actividades de ámbito nacional tales como: oferta formativa, actividades relacionadas de otros CRNs que compartimos tecnología e información relevante, centros tecnológicos, entidades y empresas del sector.

– Mejorará el posicionamiento en buscadores y la optimización de los motores de búsqueda.

– Participará en Grupos de Trabajo para mejorar en el desarrollo de plataformas y herramientas informáticas para la gestión electrónica de todos los procesos de gestión de los CRNs.

– Colaborará y participará en seminarios, encuentros o reuniones nacionales entre responsables del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, CRNs y responsables de departamentos para establecer propuestas de mejora y de buenas prácticas.

– Creará e informará en la Web a cerca de los recursos didáctico y de los equipamientos disponibles mediante la creación de simuladores de medios tecnológicos utilizados en las empresas ganaderas más representativas del sector.

– Mantendrá actualizada la biblioteca, hemeroteca de revistas y boletines del sector ganadero, incorporándola a la Web oficial de nuestro CRN.

– Organizará jornadas para presentar avances tecnológicos del sector, proyectos innovadores y de transferencia tecnológica.

b) El Objetivo 2 dispone la necesidad de elevar propuestas al Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes en la actualización del Catálogo Nacional de Estándares de Competencia, así como de las ofertas formativas y la acreditación de competencias profesionales en el marco del Sistema de Formación Profesional. Para este objetivo, el CRN:

– Promoverá grupos de trabajo para crear cursos de especialización que tengan por objeto complementar y profundizar en las competencias de quienes ya disponen de un título de formación profesional o cumplan las condiciones de acceso para cada uno de los cursos.

– Propiciará la creación de grupos de trabajo y mantendrá reuniones periódicas para crear nuevos curriculum profesionales de formación profesional y de certificados de profesionalidad de la familia profesional asignada, en función de las necesidades y demandas del sector ganadero.

– En los planes de trabajo anuales se elaborarán guías de aprendizaje y evaluación de los certificados de profesionalidad, vinculadas con cualificaciones profesionales asignadas a este CRN.

c) El Objetivo 3 dispone la necesidad de favorecer vínculos de colaboración con los centros de formación profesional, así como con los interlocutores económicos y sociales que forman parte del sector productivo de cada CRN. Para este objetivo, el CRN:

– Propiciará la creación de mesas de trabajo con empresarios representativos del sector, clúster, centros tecnológicos, asociaciones empresariales y universidades con el objetivo de recabar necesidades formativas e impulsar proyectos de innovación, experimentación y transferencia tecnológica, de la familia profesional ganadera.

– Actualizará los mapas sectoriales de la familia profesional ganadera en colaboración con el resto de CRNs y centros de Formación de la misma familia profesional.

– Realizará jornadas de trabajo entre CRNs de la misma familia profesional y centros de formación (formación profesional, certificados de profesionalidad y formación no reglada) con el objetivo de establecer grupos de trabajo y promover encuentros anuales.

d) El Objetivo 4 dispone la necesidad de diseñar y desarrollar acciones de innovación, experimentación, desarrollo y mejora vinculadas al Sistema Formación Profesional. Para este objetivo, el CRN:

– Fomentará la creación de proyectos de innovación y experimentación como CRN, así como con la participación de otros centros de formación, empresas representativas del sector, clústeres empresariales, asociaciones profesionales con la finalidad de facilitar y mejorar la transferencia del conocimiento.

– Generará proyectos de innovación para que las empresas apuesten por la digitalización de su empresa con la implantación de gemelos digitales, simuladores y herramientas 3D al objeto de optimizar la producción, se puedan bajar costes de mantenimiento en la explotación, les permitan una monitorización en tiempo real, tengan un mayor conocimiento de la misma y les sirva para mejorar la toma de decisiones.

– Incorporará todos los proyectos de innovación a los programas de formación del alumnado y profesorado de las enseñanzas vinculadas al área formativa de los CRNs y centros formativos de la especialidad asignada.

– Generará ideas, sugerencias y propuestas que permitan orientar las medidas a aplicar para afrontar los retos medioambientales, económicos y tecnológicos a los que se enfrenta el sector con la implantación del modelo de la economía circular, desarrollo sostenible y eficiencia energética.

– Promoverá convenios para el desarrollo de proyectos de innovación que conlleven el mantenimiento, mejora genética, crianza y comercialización de razas autóctonas, requiriéndose la participación activa de empresas del sector, universidades, centros tecnológicos y asociaciones profesionales.

– Promoverá la innovación en la educación creando una serie de retos que coordinen metodologías y tecnologías educativas tales como: el aprendizaje individualizado y flexible como necesidad para unos estudiantes más diversos, que deseen adaptar su proceso de aprendizaje a su disponibilidad.

– Promoverá la integración de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) desarrollando competencias digitales para los alumnos, integrando la tecnología con nuevas metodologías docentes.

– Avanzará en sistemas de evaluación digital para los alumnos y profesionales que sean capaces de certificar competencias ligadas al desempeño profesional y que estos sean fuentes para el aprendizaje continuo.

– Fomentará la innovación metodológica que incorpore la gamificación, el aprendizaje colaborativo, las aulas invertidas (flipped classroom) y los aprendizajes basados en problemas o en proyectos.

– Fomentará la creación de cátedras que respeten la economía circular, la sostenibilidad, eficiencia energética, digitalización y la alimentación y que, a su vez, apuesten por promover la investigación, la innovación y la docencia en áreas de conocimiento esenciales para unas mejores prácticas ganaderas. Contará con programas de actividades de formación, investigación y divulgación, así como también con foros de encuentro entre académicos, ganaderos, nutricionistas, empresarios y estudiantes con la finalidad de intercambiar información, conocimientos y experiencia en diferentes sectores de especialización.

– Fomentará la creación de convenios con fundaciones, universidades y empresas centrados en la innovación, el empleo y la formación, realizando las siguientes acciones:

● Innovación. Fomentará e instrumentará la transferencia tecnológica y los resultados de la investigación hacia las empresas, administraciones, y sociedad.

● Empleo. Promoverá acciones del sistema de la Formación Profesional que favorezcan la capacitación, la especialización, las posibilidades de inserción laboral, la mejora de empleo y el emprendimiento de estudiantes y profesionales.

● Formación. Promoverá la mejora de la formación, el conocimiento de idiomas, uso de nuevas tecnologías.

e) El Objetivo 5 dispone la necesidad de diseñar y desarrollar actuaciones relacionadas con la digitalización y la sostenibilidad. Para este propósito el CRN:

– Promoverá cursos que faciliten el uso de nuevas tecnologías, digitalización, economía circular, sostenibilidad y eficiencia energética en el sector ganadero.

– Creará grupos de trabajo para promover la digitalización de los currículum de los ciclos formativos y certificados de profesionalidad para que la enseñanza se pueda impartir a través de plataformas virtuales que permitan el aprendizaje en línea, el combinado y la educación a distancia.

– Se crearán grupos de trabajo para elaborar las guías digitales con los contenidos formativos, ejercicios y cuestionarios de evaluación que sirvan para el proceso formativo de los alumnos y para los planes de formación del profesorado.

– Digitalización del sistema de calidad para que sea más ágil el mantenimiento de los mismos y propiciar la ampliación digitalizada de nuevos sistemas de calidad en el centro de la especialidad asignada.

– Motivará al sector ganadero para la implantación y la realización de formación digital agro-rural, en el marco de la estrategia de digitalización.

f) El Objetivo 6 dispone la necesidad de colaborar con la Red de centros de excelencia de Formación Profesional. Para ello, el CRN:

– Colaborará con la red de centros de excelencia en todas aquellas actividades promovidas por estos que sean de interés para nuestra especialidad formativa.

– Participará en proyectos de innovación, experimentación y transferencia tecnológica promovidos por los centros de excelencia que sean de interés para nuestra especialidad formativa.

– Difundirá las actuaciones innovadoras de los centros de excelencia y sus objetivos a través de medios y herramientas de comunicación masivas: redes sociales, prensa, revistas especializadas, etc...

– Organizará para el entorno empresarial y social jornadas de difusión de todos aquellos proyectos de innovación que pongan en marcha los centros de excelencia y sean de interés para nuestra especialidad asignada.

– Profundizará en el desarrollo de los sistemas de gestión implantados, manteniendo auditorias y certificaciones anuales.

– Promoverá la creación de reconocimientos de buenas prácticas a través de premios y concursos de excelencia.

g) El Objetivo 7 dispone la necesidad de colaborar con la Administración competente en el procedimiento de evaluación y acreditación de competencias profesionales. Para ello, el CRN:

– Facilitará y divulgará a los colectivos de la especialidad asignada a este CRN, la evaluación y acreditación de competencias profesionales vinculadas al Catálogo Nacional de Estándares de Competencias Profesionales, adquiridas mediante la experiencia laboral u otras vías no formales.

– Colaborará en las convocatorias de pruebas de evaluación y acreditación de competencias profesionales.

– Realizará estudios o análisis de necesidades de acreditación en competencias profesionales en el área asignada a este CRN.

– Realizará cursos de formación específica para la habilitación de asesores y evaluadores en el procedimiento PREAR.

h) El Objetivo 8 dispone la necesidad de estrechar la colaboración entre la red de Centros de Referencia Nacional, en busca de una red cada vez más sólida y conectada que avance en la calidad de la gestión, eficacia y proyección de sus actividades. Para ello, el CRN:

– Participará en grupos de trabajo de los CRNs que sean de interés general o específicos de nuestra especialidad formativa.

– Fomentará la creación de un grupo de trabajo para responsables de departamento de los CRNs, con la finalidad de diseñar proyectos de formación e de innovación conjuntos para el fomento de la participación en los CRNs.

i) El Objetivo 9 dispone la necesidad de participar en programas, proyectos e iniciativas internacionales que ofrezcan una visión amplia y actualizada de la evolución del sector productivo junto con la posibilidad de crear alianzas de colaboración y experimentación con instituciones de referencia del sector productivo a nivel internacional. Para ello, el CRN:

– Promoverá la creación de una de red internacional de contactos entre centros y empresas europeas dedicados a la formación del sector ganadero, para desarrollar proyectos de programas educativos de la Unión europea, aprovechando los contactos existentes de la Asociación Europea Internacional.

– Participará en grupos de trabajo de los CRNs y Centros de Excelencia para crear red europea y web que sirva como plataforma de difusión del conocimiento, contenidos metodológicos y proyectos de innovación.

– Impulsará y participará en el desarrollo de programas internacionales en el ámbito de actuación de esta especialidad dirigidos al alumnado, profesorado y formadores de formación profesionales y a profesionales del sector.

– Visitará Universidades, centros tecnológicos y empresas de nuestro sector con el objetivo de que se conviertan en nuestros colaboradores.

j) El Objetivo 10 dispone la necesidad de diseñar y desarrollar planes de formación y de perfeccionamiento técnico y metodológico de personal docente o formador, expertos y orientadores profesionales, así como a evaluadores y asesores que intervengan en procesos de reconocimiento de competencias profesionales en el marco del Sistema de Formación Profesional. Para ello, el CRN:

– Difundirá el plan de formación del profesorado y organizará cursos de habilidades directivas para los equipos de dirección y responsables de departamentos de los CRNs.

– Organizará cursos, jornadas y píldoras formativas que aborden las problemáticas y aspectos innovadores de la especialidad formativa asignada a este CRN.

– Impulsará la dimensión dual de la formación profesional y de sus vínculos con el sistema productivo en un marco de colaboración entre administraciones, centros, empresas u organismos equiparados, organizaciones empresariales y sindicales, etc…

– A los departamentos de información y orientación laboral se les proporcionarán los servicios de asesoramiento, información y orientación para el empleo. Si finalidad es:

a. Informará sobre las oportunidades de acceso al empleo, posibilidades de adquisición, evaluación y acreditación de competencias y cualificaciones profesionales y del progreso de las mismas a lo largo de la vida.

b. Informará y asesorará sobre las diversas ofertas de formación y los posibles itinerarios formativos para facilitar la inserción y reinserción laborales, así como la movilidad profesional en el mercado de trabajo.

k) El Objetivo 11 dispone la necesidad de diseñar y desarrollar acciones de emprendimiento en el marco del Sistema de Formación Profesional y prioritariamente en colaboración con centros del Sistema Formación Profesional. Para ello, el CRN:

– Fomentará la convocatoria de proyectos y programas multidimensionales, que integren el aprendizaje en el desarrollo de proyectos con la experiencia de agentes económicos, empresas e instituciones de diferentes sectores productivos, con el objeto de crear proyectos experimentales para el desarrollo de capacidades de emprendimiento.

– Convocará seminarios divulgativos en buenas prácticas sobre emprendimiento en la especialidad ganadera en colaboración con universidades, centros de innovación, empresas y asociaciones de empresas y clúster empresariales.

– Ofrecerá asesoramiento para la creación de planes de viabilidad para nuevos emprendedores.

– Participará en los grupos de trabajo sobre emprendimiento para continuar con el desarrollo de los objetivos estratégicos trazados en grupos de trabajo y planes anteriores.

– Facilitará y promoverá las herramientas elaboradas por los distintos grupos de trabajo para incorporar píldoras formativas sobre emprendimiento al profesorado, para que estos las trasladen a estudiantes de los centros de formación y a posibles nuevos emprendedores.

– Colaborará y participará en la creación de la red de Nacional de Emprendimiento con centros de formación nacionales e internacionales que quieran adherirse, partiendo de las redes existentes.

– Coordinará la creación de un programa formativo y guía formativa de emprendimiento para alumnos y profesores.

– Elaborará material formativo y de metodología que fomente el emprendimiento entre el profesorado y alumnado.

– Fomentará o sensibilizará la cultura emprendedora del profesorado.

– Fomentará retos de empresas para emprendedores.

– Fomentará la creación de aulas de emprendimiento y viveros de empresas en los Centros de Formación.

– Creará una sección de emprendimiento en portal web del CRN.

l) El Objetivo 12 dispone la necesidad de diseñar y desarrollar acciones para fomentar la inserción en procesos de formación dirigidos a sectores de discapacidad, en riesgo de exclusión laboral y profesiones con escasa representación de mujeres. Para ello, el CRN:

– Programará acciones formativas innovadoras que mejoren la empleabilidad para colectivos vulnerables o necesidades especiales.

– Desarrollará acciones dirigidas a empresas e instituciones vinculadas a nuestros sectores de referencia para fomentar la inclusión laboral de estos colectivos.

– Colaborará con entidades sociales en la puesta en marcha de iniciativas empresariales de interés social.

– Desarrollará acciones de investigación que promuevan la mejora de la empleabilidad y el emprendimiento de colectivos vulnerables en el conjunto del Sistema de la Formación Profesional y más concretamente en el sector de la Ganadería.

– Colaborará con la administración, las entidades sociales, las instituciones académicas y las empresas para el desarrollo de herramientas adaptadas a personas con discapacidad para la formación profesional.

– Fomentará la igualdad efectiva de oportunidades entre las personas en el acceso y desarrollo de su proceso de formación profesional para todo tipo de opciones profesionales, y la eliminación de la segregación formativa existente entre mujeres y hombres.

Tercera. Evaluación.

Sin perjuicio de la evaluación que debe afrontar todo Centro de Referencia Nacional, la evaluación del Plan de Actuación Plurianual deberá realizarse una vez finalizado el plazo de vigencia del mismo, teniendo en cuenta los resultados de los Planes de Trabajo Anuales, en el plazo de nueve meses desde la finalización del último Plan de Trabajo.

Para la evaluación del Plan de Actuación Plurianual, deberán concretarse, al menos, los siguientes aspectos, sin perjuicio de los que específicamente se acuerden por las partes en cada Plan Anual de Trabajo:

1) Cumplimiento cuantitativo de las actuaciones específicas de los Planes de Trabajo Anuales.

2) Niveles de cumplimiento cualitativo de los objetivos marcados.

3) Conocimiento del CRN en el ámbito de los sectores productivos de su espacio de actuación, que podrá acreditarse a través de encuestas, impacto en medios de comunicación, participación del tejido industrial, educativo y profesional en sus actividades.

4) Nivel de difusión de las actividades de investigación e innovadoras.

5) Cumplimiento y aplicación de las subvenciones previstas en la normativa aplicable, otorgadas por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y la Comunidad autónoma.

6) Acciones en el ámbito internacional, en su caso, especialmente en los foros relativos a la formación profesional.

Cuarta. Aspectos económicos.

El presente convenio se elabora en virtud de lo dispuesto en el artículo 7.3 del Real Decreto 229/2008, de 15 de febrero, que dispone la aprobación de un Plan de Actuación Plurianual para cada uno de los Centros de Referencia Nacional. Dicho Plan de Actuación contendrá, de forma coherente con el Plan de Actuación Plurianual estatal para todos los Centros de Referencia Nacional previsto en los apartados 1 y 2 del mismo artículo, los objetivos prioritarios, los procedimientos y los mecanismos de coordinación, seguimiento y evaluación de la Red de Centros de Referencia Nacional, así como las Comisiones de Coordinación correspondientes.

También en aplicación del artículo 7.3 del mencionado Real Decreto 229/2008, de 15 de febrero, las actuaciones concretas a realizar y la aportación económica de la Administración General del Estado se aprobarán mediante Resolución de la Secretaría General de Formación Profesional tras la valoración y aprobación del correspondiente Plan de Trabajo Anual, aportación económica que estará condicionada a la disponibilidad presupuestaria, en aplicación del artículo 8.1 del Real Decreto 229/2008, de 15 de febrero, por lo que el presente convenio no comporta obligaciones financieras ni compromisos de gasto para la Administración General del Estado.

Quinta. Comisión de coordinación y seguimiento del convenio.

Como mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y de los compromisos adquiridos por los firmantes se crea la Comisión de Coordinación y Seguimiento de este convenio que tendrá composición paritaria y estará constituida por cuatro personas: dos designadas por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, y dos designadas por la administración autonómica.

Las personas representantes del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, serán designadas por el titular de la Secretaría General de Formación Profesional.

Las personas representantes de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia serán designadas por el titular de la Dirección General de la Producción Agrícola, Ganadera y Pesquera.

Su régimen de funcionamiento se regirá por las bases siguientes:

– La Comisión se reunirá, al menos, una vez al año, o a petición de cualquiera de las partes firmantes. Los miembros de la Comisión podrán asistir acompañados por los técnicos, que no tendrán ni voz ni voto en las reuniones.

– La Presidencia de la Comisión corresponderá al Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.

– La Secretaría de la Comisión, con voz, pero sin voto, corresponderá a un funcionario designado por la persona que ejerza la presidencia, perteneciente al Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.

La Comisión desarrollará las siguientes funciones:

1) Aprobar el Plan de Trabajo Anual, a propuesta del Consejo Social del centro.

2) Definir los recursos humanos, materiales y financieros para desarrollar los Planes de Trabajo Anuales y las actividades correspondientes.

3) Realizar el seguimiento de las incidencias que puedan surgir en el ámbito del CRN a fin de dar una solución rápida y concreta a los problemas de funcionamiento que se puedan presentar.

4) Elevar acta de valoración del funcionamiento anual del CRN a la persona responsable de la Secretaría General de Formación Profesional.

En lo no regulado expresamente con arreglo a los apartados anteriores, se aplicará lo dispuesto en la sección 3.ª del capítulo II, del título preliminar, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Sexta. Naturaleza jurídica y jurisdicción.

El presente convenio tiene naturaleza administrativa, se regula por las disposiciones contenidas en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y se encuadra en el tipo de convenio establecido en artículo 47.2.a) del citado texto legal.

El orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente para conocer de las controversias que puedan surgir del presente convenio y no sean resueltas por mutuo acuerdo de las partes en el seno de la Comisión de Coordinación y Seguimiento de este convenio.

Séptima. Resolución.

El presente convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que constituyan su objeto o por incurrir en causa de resolución.

Serán causas de resolución:

a) El transcurso del plazo de vigencia del convenio sin haberse acordado la prórroga del mismo.

b) El acuerdo unánime de todos los firmantes.

c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes. En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado al presidente de la Comisión de Coordinación y Seguimiento y a las demás partes firmantes. Si transcurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a las partes firmantes la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio.

d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.

Si cuando concurra cualquiera de las causas de resolución del convenio existen actuaciones en curso de ejecución, la Comisión de Coordinación y Seguimiento podrá acordar la continuación y finalización de las actuaciones en curso que considere oportunas, estableciendo un plazo improrrogable para su finalización, transcurrido el cual deberá realizarse la liquidación de las mismas en los términos establecidos en el artículo 52.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Octava. Vigencia y modificación del convenio.

El presente convenio se perfecciona con el consentimiento de las partes y resultará eficaz una vez inscrito en el Registro Electrónico de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal. Asimismo, será publicado en el «Boletín Oficial del Estado», conforme a lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2026, sin perjuicio de lo dispuesto sobre la justificación de las actuaciones en las resoluciones concesorias de subvenciones a que se refiere la cláusula cuarta, y sin que, en ningún caso, la vigencia del convenio pueda ser superior a cuatro años.

En cualquier momento antes de la finalización del plazo previsto en el apartado anterior, los firmantes del convenio podrán acordar unánimemente su prórroga por un periodo de hasta cuatro años adicionales mediante la tramitación de la correspondiente adenda, previa sustanciación de los trámites previstos normativamente. Dicha adenda de prórroga surtirá efectos con su inscripción en el REOICO antes de la fecha de extinción del convenio. Asimismo, la adenda será publicada en el «Boletín Oficial del Estado», todo ello de conformidad con el artículo 48.8 y con la disposición adicional séptima de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

La modificación del contenido del convenio requerirá acuerdo unánime de los firmantes, de conformidad con el artículo 49.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Y, en prueba de conformidad con cuanto antecede, firman las partes intervinientes el presente convenio electrónicamente.–La Secretaria General de Formación Profesional, Clara Sanz López.–La Consejera de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, Sara Rubira Martínez.

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