El pasado 16 de mayo de 2024 se publicó en el BOJA la Resolución de 10 de mayo de 2024, de la Secretaría General de Servicios Judiciales, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo en las Oficinas Judiciales de Vera y Sanlúcar de Barrameda.
De conformidad con lo establecido en el artículo 51 del Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia aprobado por el Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, y en las bases de la convocatoria, una vez acreditada la observancia del procedimiento y valorados los méritos de los candidatos,
La Secretaría General de Servicios Judiciales, en el ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 6 del Decreto 164/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública, resuelve
Adjudicar los puestos de trabajo singularizados denominados «Jefatura de Equipo de Actos de Comunicación», código 14851410 y «Jefatura de Equipo de Atención a la Ciudadanía», código 14851510, de la Oficina Judicial de Vera y «Jefatura de Equipo de Actos de Comunicación», código 14848310 y «Jefatura de Equipo de Atención a la Ciudadanía», código 14848510, de la Oficina Judicial de Sanlúcar de Barrameda, convocados por Resolución de 10 de mayo de 2024, de la Secretaría General de Servicios Judiciales, a las personas funcionarias que figuran en el anexo.
Declarar vacantes los puestos de trabajo singularizados denominados «Jefatura de Equipo de Auxilio y Atención a Vistas», código 14851610 y código 14848610, de las Oficinas Judiciales de Vera y Sanlúcar de Barrameda respectivamente, convocados por Resolución de 10 de mayo de 2024, de la Secretaría General de Servicios Judiciales.
La toma de posesión no se producirá hasta el momento de la entrada en funcionamiento de las Oficinas Judiciales de Vera y Sanlúcar de Barrameda, cuyas fechas se determinarán por Resolución de la Secretaría General de Servicios Judiciales.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante los juzgados de este orden, de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a la publicación de la Resolución en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía». Todo ello, sin perjuicio de la posibilidad de la interposición del recurso potestativo de reposición ante la Secretaría General de Servicios Judiciales, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la publicación, conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Sevilla, 5 de julio de 2024.–La Secretaria General de Servicios Judiciales, Rosalía de los Ángeles Espinosa López.
Partido Judicial Vera
DNI: ***207***.
Primer apellido: Gallardo.
Segundo apellido: Parras.
Nombre: M.ª Sol.
Puesto: Jefatura de Equipo de Actos de Comunicación.
Código: 14851410.
Centro de Destino: Oficina Judicial de Vera.
Localidad: Vera (Almería).
DNI: ***665***.
Primer apellido: Parra.
Segundo apellido: Navarro.
Nombre: Francisca.
Puesto: Jefatura de Equipo de Atención a la Ciudadanía.
Código: 14851510.
Centro de Destino: Oficina Judicial de Vera.
Localidad: Vera (Almería).
Partido Judicial Sanlúcar de Barrameda
DNI: ***310***.
Primer apellido: Rangel.
Segundo apellido: Rivas.
Nombre: José Antonio.
Puesto: Jefatura de Equipo de Actos de Comunicación.
Código: 14848310.
Centro de Destino: Oficina Judicial de Sanlúcar de Barrameda.
Localidad: Sanlúcar de Barrameda (Cádiz).
DNI: ***280***.
Primer apellido: Rosas.
Segundo apellido: Toro.
Nombre: M.ª Pilar.
Puesto: Jefatura de Equipo de Atención a la Ciudadanía.
Código: 14848510.
Centro de Destino: Oficina Judicial de Sanlúcar de Barrameda.
Localidad: Sanlúcar de Barrameda (Cádiz).
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