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Documento BOE-A-2024-14984

Acuerdo de 18 de julio de 2024, de la Secretaría de Estado de Memoria Democrática, por el que se declara Lugar de Memoria Democrática "La Plaza de los Mártires del Pueblo y Monumento a Rafael Riego, y Plaza de la Constitución y Escultura de Rafael Riego en las Cabezas de San Juan, Sevilla".

Publicado en:
«BOE» núm. 175, de 20 de julio de 2024, páginas 92998 a 93000 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática
Referencia:
BOE-A-2024-14984

TEXTO ORIGINAL

El Acuerdo de declaración de Lugar de Memoria Democrática, cuya incoación se llevó a cabo por Resolución de 21 de julio de 2023, de la Dirección General de Memoria Democrática (BOE de 26 de julio de 2023), se realiza de conformidad con lo establecido en la Ley 20/2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática, y en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Desde 1814 los liberales españoles intentaron restaurar la Constitución de 1812. Tras varias intentonas frustradas, el 1 de enero de 1820, el teniente coronel Rafael de Riego, con un ejército que iba a embarcar a América, se subleva en Cabezas de San Juan y proclama la Constitución de Cádiz.

Rafael del Riego y Flórez (Tuña, 7 de abril de 1784-Madrid, 7 de noviembre de 1823) estudió leyes en la Universidad de Oviedo e inició la carrera militar en la Guardia Real en Madrid. Como consecuencia de la invasión francesa, la Junta Suprema del Principado le nombró capitán ayudante del general Acevedo, jefe de la División Asturiana, en agosto de 1808. Después de varias escaramuzas, su regimiento fue completamente arrollado por las tropas del mariscal Víctor en la batalla de Espinosa de los Monteros (Burgos, 10 de noviembre de 1808). Acevedo pereció en la batalla y Rafael de Riego fue apresado y deportado a Francia, donde permaneció cuatro años. Tras conseguir escapar, regresó a La Coruña a principios de 1814 y juró la Constitución de 1812. A la vuelta de Fernando VII permaneció en el ejército y fue condecorado por sus méritos en la Guerra de Independencia.

Riego se incorporó al Ejército Expedicionario destinado a combatir a los independentistas hispanoamericanos en febrero de 1817. Recaló, como teniente coronel, en el batallón de Asturias acuartelado en Cabezas de San Juan (Sevilla) en 1819. Allí entró en contacto con la conspiración liberal que estaban fraguando hombres como Evaristo San Miguel, Isturiz o Alcalá Galiano. El malestar entre la tropa expedicionaria había creado las condiciones para intentar un nuevo pronunciamiento liberal. Tras el arresto de San Miguel, asumió la dirección de la conspiración y el 1 de enero de 1820, al frente de su batallón, se «pronunció» en Cabezas de San Juan y proclamó la Constitución de 1812. En la arenga dirigida a sus tropas, Rafael de Riego insistió en los peligros del embarque y en la necesidad de establecer «una Constitución que asegure los derechos de todos los ciudadanos».

El éxito a medias del pronunciamiento, sin alcanzar la toma de Cádiz como estaba previsto inicialmente, llevó a Riego a un difícil periplo durante varios meses por diversas localidades andaluzas proclamando la Constitución de 1812, perseguido por las tropas relistas. A principios de marzo, con sus tropas ya muy mermadas decidió dirigirse a Extremadura y pasar a Portugal. Sin embargo, la suerte de los sublevados cambió desde el 21 de febrero de 1820 con la sublevación y jura de la Constitución en La Coruña, movimiento que fue seguido por Ferrol, Vigo, Murcia, Oviedo, Ocaña, Zaragoza entre otras ciudades, forzando a Fernando VII a claudicar y jurar la Constitución el 8 de marzo. Se iniciaba así el Trienio Liberal (1820-1823), etapa de la historia de España en la que se plasmó el funcionamiento de la Constitución.

A pesar de ser considerado un héroe nacional, su relación con el nuevo gobierno fue agridulce; fue nombrado capitán general de Aragón y destituido a los pocos meses. Diputado a Cortes, presidente de la Cámara durante un mes, volvió a tomar las armas para defender al país de la nueva invasión francesa de los Cien mil hijos de San Luis al mando del duque de Angulema.

El 15 de septiembre de 1823 fue detenido en la provincia de Jaén y posteriormente llevado a Madrid donde fue juzgado y condenado a muerte. En la mañana del 7 de noviembre fue llevado sobre un serón arrastrado por un asno hasta el patíbulo que se había levantado en la plaza de la Cebada, donde fue ahorcado.

Las Cortes del Trienio Liberal, en virtud del Decreto LXVII de 21 de junio de 1822, dieron estatuto de ciudad a Las Cabezas de San Juan «por haberse dado en ella el primer grito de libertad en la mañana del 1 de enero de 1820». Igualmente, se concedería a la localidad un escudo y se establecería la construcción de un monumento «a la gloria del ejército de la ciudad de San Fernando» «en el mismo sitio donde el segundo batallón de Asturias proclamó el primero la Constitución».

El Acuerdo de declaración de Lugar de Memoria Democrática corresponde conforme al artículo 50.4 de la Ley 20/2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática, a la Secretaría de Estado de Memoria Democrática, a propuesta de la persona titular de la Dirección General competente en materia de memoria democrática.

La tramitación del citado expediente se ha llevado a efecto según lo establecido en la citada Ley 20/2022, de 19 de octubre, y en la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

De acuerdo con lo previsto en la Ley 20/2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática, dispongo:

Primero. Declaración de lugar de memoria democrática.

Se declara Lugar de Memoria Democrática el Monumento a «La Plaza de los Mártires del Pueblo y Monumento a Rafael Riego, y la Plaza de la Constitución y la Escultura de Rafael Riego» en Las Cabezas de San Juan, Sevilla.

Segundo. Descripción.

1. Plaza de los Mártires del Pueblo. Sita en el casco urbano contiene el monumento al que se refiere el siguiente punto.

2. Monumento a Rafael Riego, realizado por Juan Herrera, sito en la Plaza de los Mártires del Pueblo. Fue presentada el 6 de noviembre de 1988, año en que se formalizó el hermanamiento de Cabezas de San Juan con la localidad de Tineo (Asturias) concejo al que pertenece Tuña, localidad natal del general Riego.

3. Plaza de la Constitución. Lugar donde se produjo el hecho histórico acaecido el 1 de enero de 1820, cuando desde el balcón que se encuentra frente a la Casa Consistorial, delante de su batallón y los ciudadanos que allí se encontraban, Rafael del Riego se «pronunció» en dicha plaza de Las Cabezas de San Juan y proclamó la Constitución de 1812, dando comienzo al Trienio Liberal (1820-1823). Junto al balcón existe una placa de mármol conmemorativa recordando el hito histórico con la siguiente inscripción: «El 1 de enero de 1820 y desde el balcón principal de esta casa proclamó la Constitución de 1812 el invicto General don Rafael de Riego Núñez; gloria de las libertades patrias». El Ayuntamiento mandó a colocar esta lápida. Año MCMXVI (1916). Se restauró en el año 1979.

4. La escultura de bronce de Luis Rodríguez, sita en la Plaza de la Constitución. Inaugurada el 19 de marzo 2023 con motivo de la celebración de la conmemoración del Bicentenario del Pronunciamiento y Trienio Liberal, dentro de la celebración de la XIV Recreación Histórica del Pronunciamiento. Representa a Rafael del Riego sobre una mano que se libera de las cadenas de la opresión. La obra cuenta con numerosos detalles simbólicos que completan el homenaje al conocido como «héroe de Las Cabezas». Se encuentra en la Plaza de la Constitución frente al balcón desde el que el 1 de enero de 1820 Riego proclamó la Constitución de 1812, dando inicio al primer periodo de funcionamiento continuado de las instituciones constitucionales en nuestro país, conocido como Trienio Liberal. Se daba de esta manera cumplimiento al acuerdo adoptado por Las Cortes Españolas el 21 de junio de 1822 por el que se comprometían a la construcción de un monumento «a la gloria del ejército de la ciudad de San Fernando» «en el mismo sitio donde el segundo batallón de Asturias proclamó el primero la Constitución».

Tercero. Publicidad.

El acuerdo será notificado a los interesados directamente afectados por el acuerdo. Conforme al artículo 4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, han de entenderse por interesados, todos aquellos que hayan intervenido en el presente procedimiento.

El acuerdo será publicado en el «Boletín Oficial del Estado», e inscrito con carácter definitivo en el Inventario de Lugares de Memoria Democrática.

La Declaración de Lugar de Memoria Democrática tendrá efectos a partir de la fecha de publicación del presente acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 18 de julio de 2024.–El Secretario de Estado de Memoria Democrática, Fernando Martínez López.

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