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Documento BOE-A-2024-15334

Resolución de 17 de julio de 2024, de la Dirección General de Alimentación, por la que se publica el Convenio con la Federación Española de Asociaciones de Productores Exportadores de Frutas y Hortalizas, para la promoción de la producción y calidad de las frutas, hortalizas, flores y plantas vivas españolas en los mercados internacionales, a través de asistencia y desarrollo de actuaciones de promoción en ferias en los años 2024 y 2025.

Publicado en:
«BOE» núm. 178, de 24 de julio de 2024, páginas 95038 a 95046 (9 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-2024-15334

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación, en el «Boletín Oficial del Estado» del Convenio suscrito, con fecha 17 de julio de 2024, entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y la Federación Española de Asociaciones de Productores Exportadores de frutas y hortalizas, para la promoción de la producción y calidad de las frutas, hortalizas, flores y plantas vivas españolas en los mercados internacionales, a través de asistencia y desarrollo de actuaciones de promoción en los años 2024 y 2025, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 17 de julio de 2024.–El Director General de Alimentación, José Miguel Herrero Velasco.

ANEXO
Convenio entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y la Federación Española de Asociaciones de Productores Exportadores de Frutas y Hortalizas, para la promoción de la producción y calidad de las frutas, hortalizas, flores y plantas vivas españolas en los mercados internacionales, a través de asistencia y desarrollo de actuaciones de promoción en ferias en los años 2024 y 2025

Madrid, 17 de julio de 2024.

REUNIDOS

De una parte, don Fernando Miranda Sotillos, Secretario General de Recursos Agrarios y Seguridad Alimentaria, en virtud del Real Decreto 1119/2023, de 12 de diciembre, por el que se dispone su nombramiento (BOE núm. 297, de 13 de diciembre de 2023), actuando por delegación de la persona titular del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA), conforme a las competencias que le confiere el apartado segundo punto 1 del capítulo II, de la Orden APA/21/2019, de 10 de enero, de fijación de límites para administrar ciertos gastos y de delegación de competencias en el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (BOE de 18 de enero de 2019).

Y de otra parte, don José M.ª Pozancos Gómez-Escolar, Director General de la Federación Española de Asociaciones de Productores Exportadores de Frutas y Hortalizas (FEPEX), con NIF G-78351574 y domicilio en Madrid, c/ Miguel Ángel, 13, 4.º, actuando en representación de FEPEX ante la Administración pública española, por acuerdo de la Asamblea General de FEPEX de 23 de marzo de 2019 por el que se dispone su renovación como Director General y se mantienen sus poderes, según certificado de 8 de agosto de 2022, expedido por el Secretario General.

Ambas partes se reconocen capacidad jurídica suficiente para suscribir el presente convenio y, a tal efecto,

EXPONEN

1. El Real Decreto 430/2020, de 3 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y por el que se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, establece en el artículo 6.1 j) que entre las funciones de la Dirección General de la Industria Alimentaria estará la de proponer y desarrollar instrumentos encaminados a promocionar y orientar el consumo de productos agroalimentarios y pesqueros, y la asistencia y colaboración con empresas y entidades asociativas de los sectores agroalimentario y pesquero para facilitar su participación en ferias y exposiciones nacionales e internacionales, que será ejercida por la Subdirección General de Promoción de los Alimentos de España, según se dispone en el apartado 2.c) del mismo artículo.

2. La presencia promocional del Ministerio del MAPA en ferias internacionales del sector de frutas, hortalizas, flores y plantas vivas, se realiza desde el año 2013, consiguiendo con esta presencia, experiencia, conocimientos técnicos y de situación de mercado, que confirman la conveniencia de seguir desarrollando el trabajo iniciado en 2013 con la participación en certámenes internacionales en los años 2024 y 2025.

3. El sector productor de frutas, hortalizas, flores y plantas vivas, se encuentra asociado en la Federación Española de Asociaciones de Productores Exportadores de Frutas y Hortalizas (FEPEX), entidad sin ánimo de lucro, que en el artículo 7 de sus estatutos establece como los fines de la federación: la representación, defensa y promoción de los intereses de los asociados, siempre que tengan relación con la producción, el comercio y la promoción en los mercados nacional e internacional de las frutas, hortalizas, flores y plantas.

Es una organización sectorial constituida por treinta y una asociaciones de productores, que agrupan a más de 1.800 empresas, y tiene interés en la participación conjunta con el MAPA en diversas ferias.

4. Con el fin de sumar conocimientos técnicos y experiencia y mejorar la competitividad del sector de frutas, hortalizas, flores y plantas vivas, el MAPA y FEPEX están interesados en establecer un marco de colaboración que permita promocionar en los mercados internacionales estos productos españoles, participando de forma conjunta en ferias internacionales.

5. Dicha colaboración se instrumentaliza a través de un convenio, de los establecidos en el artículo 47.2 c) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, siéndole de aplicación el capítulo VI de su título preliminar.

Por todo ello, ambas partes acuerdan suscribir el presente convenio que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del convenio.

El objeto de este convenio es la colaboración en la promoción de la producción y de la calidad de frutas, hortalizas, flores y plantas vivas españolas en los mercados internacionales, mediante la participación conjunta en determinadas ferias y certámenes internacionales en los años 2024 y 2025.

Segunda. Actuaciones a desarrollar.

Las actuaciones programadas en las que el MAPA y FEPEX participarán conjuntamente serán las siguientes ferias y certámenes, tanto si se celebran presencial o virtualmente:

Asia Fruit Logística, 2024.

Fruit Attraction, Madrid, 2024: la participación consistirá en un Programa de compradores internacionales.

IPM Essen, Alemania 2025.

Convención de la Canadian Produce Marketing Association (CPMA), 2025.

Tercera. Obligaciones del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

Para el debido cumplimiento del objeto del presente convenio, el MAPA se compromete a realizar las siguientes actuaciones, conforme al presupuesto desglosado en el anexo I:

1. Aportar la cantidad máxima de trescientos sesenta mil euros (360.000,00 €), en la totalidad del periodo de actuaciones del presente convenio, una vez ejecutadas y justificadas las acciones programadas. El desglose por ejercicio será el siguiente:

Doscientos treinta mil euros (230.000,00 €) para el ejercicio económico de 2024.

Ciento treinta mil euros (130.000,00 €) para el ejercicio 2025.

La aportación económica del MAPA ira destinada a los gastos que se originen en la realización de las ferias: compra de suelo ferial, diseño y montaje del estand, mantenimiento y funcionamiento de este, así como las actividades promocionales desarrolladas en el marco de la feria.

A estos efectos, el MAPA, con su aportación al presente convenio, abonará los gastos que se originen por la realización de las ferias, excluyendo los gastos derivados de atenciones protocolarias, viajes, dietas, alojamiento, gastos corrientes, salarios del personal propio y compra de productos.

Sin perjuicio de ello, en el caso específico de la Feria Internacional Fruit Attraction 2024, como principal instrumento de promoción de la producción y calidad del sector español de frutas y hortalizas, la aportación económica se destinará a abonar el 50 % de los gastos que se originen por la asistencia de compradores internacionales invitados a la feria. Esto incluirá únicamente pasajes de ida y vuelta en avión, así como las noches de hotel necesarias, en función de su país de origen y de la duración de la feria. Para el pago de los desplazamientos se han establecido unos precios máximos según las áreas geográficas de origen, que se adjuntan en el anexo V.

El importe del IVA correspondiente a los gastos realizados por FEPEX en el cumplimiento de las actuaciones previstas en el presente convenio sólo será considerado gasto financiable por el MAPA cuando dicho importe no sea susceptible de recuperación o compensación por la propia FEPEX.

2. Revisar, previamente a la ejecución de las ferias, la información que debe remitir FEPEX.

3. Participar en la preparación de las actuaciones con sus unidades técnicas y de promoción.

4. Facilitar las relaciones institucionales precisas para el desarrollo y aplicación del presente convenio.

5. Participar en la difusión y conocimiento de las actuaciones que se acuerden dentro del presente convenio.

Cuarta. Obligaciones de la Federación Española de Asociaciones de Productores Exportadores de Frutas y Hortalizas.

Para el debido cumplimiento del objeto del presente convenio, FEPEX se compromete a realizar las siguientes actuaciones:

1. Asumir la responsabilidad directa de las gestiones necesarias para el buen desarrollo de las ferias promocionales previstas, informando al MAPA de las mismas. En la contratación externa de acciones deben cumplirse los principios básicos de transparencia, no discriminación e igualdad de trato.

A estos efectos, FEPEX adelantará los fondos necesarios para el desarrollo efectivo de las actuaciones programadas.

2. Aportar la cantidad de trescientos sesenta mil euros (360.000,00 €), en la totalidad del periodo de actuaciones del presente convenio, ejercicio 2024 y 2025, de conformidad con lo indicado en el anexo I y de acuerdo al siguiente desglose:

Doscientos treinta mil euros (230.000,00 €) para el ejercicio económico de 2024.

Ciento treinta mil euros (130.000,00 €) para el ejercicio 2025.

3. Coordinar la participación de las empresas del sector en cada acto promocional. A estos efectos, el número mínimo de empresas exigido para participar en una feria a través del presente convenio será de cinco. Este requisito no afectará a la actuación de Fruit Attractión, al no realizarse un espacio conjunto, sino un programa de compradores internacionales.

4. Si las ferias se celebran en formato presencial:

4.1 Convocar a empresas especializadas, al menos a tres, para que presenten ofertas para la ejecución de las ferias, cumpliéndose los principios básicos de transparencia, no discriminación e igualdad de trato. Las empresas deberán presentar la documentación necesaria que garantice su capacidad técnica y legal para la realización del trabajo. Este requisito no afectará a la actuación de Fruit Attractión, al no realizarse un espacio conjunto, sino un programa de compradores internacionales.

4.2 Remitir al MAPA el anexo II y el proyecto de la empresa seleccionada para la ejecución de todas las ferias con una antelación de, al menos, quince días hábiles antes del inicio de cada una de ellas.

El proyecto incluirá el desarrollo de las especificaciones técnicas proporcionadas por el MAPA, de acuerdo a la normativa en vigor, las especificaciones de los productos a exponer y de los diferentes recintos feriales.

En concreto el proyecto deberá tener las siguientes características:

En el perímetro exterior se instalarán rótulos con los logotipos del Gobierno de España y del MAPA según la normativa de la imagen institucional de la Administración General del Estado, así como el de #alimentosdespaña.

Facilitar y habilitar dentro del estand un espacio o despacho para su utilización por el MAPA, en aquellas ferias en las que así lo decida el departamento.

4.3 Realizar los servicios necesarios para la instalación y mantenimiento de los pabellones feriales, así como su gestión, durante los días en que se desarrollen las ferias.

4.4 Facilitar, en tiempo y forma, al MAPA la información sobre las actuaciones promocionales, así como los programas técnicos y generales de las ferias.

4.5 Facilitar, sin coste, a los representantes del MAPA acreditaciones y pases para cada feria.

4.6 Aportar el material vegetal de exposición y decoración.

4.7 Remitir al MAPA, el primer día de la feria, material fotográfico compuesto por, al menos, 5 fotografías de alta calidad del estand.

4.8 En el caso de Fruit Attractión 2024, presentar un dosier sobre el programa de compradores internacionales, en el que se detallen el número de participantes, las actividades organizadas y las reuniones previstas.

5. Si las ferias se celebran en formato virtual, remitir un documento explicando las características de la feria, su funcionamiento, las empresas participantes y la visibilidad del Ministerio y #alimentosdespaña dentro de la plataforma.

6. Remitir al MAPA, a la Subdirección General de Promoción de los Alimentos de España, una vez finalizada cada feria, una memoria final descriptiva y económica de las actividades realizadas, así como sus correspondientes facturas justificativas y documentos de pago, en un plazo no superior a un mes desde la finalización de cada feria, de acuerdo con los anexos III y IV.

7. Asegurar que en ninguna de las actuaciones realizadas conjuntamente se produzca doble financiación.

Quinta. Financiación y forma de pago.

El presupuesto total que conlleva la organización y celebración de las actuaciones programadas objeto del convenio, asciende a setecientos veinte mil euros (720.000.00 €) de acuerdo con el presupuesto que se adjunta como anexo I.

El MAPA participará en las acciones objeto de este convenio con un presupuesto máximo de trescientos sesenta mil euros (360.000,00 €):

Doscientos treinta mil euros (230.000,00 €) para el ejercicio económico de 2024 con cargo a la aplicación presupuestaria 21.07.413A.640.08.

Ciento treinta mil euros (130.000,00 €) para el ejercicio 2025, con cargo a la aplicación presupuestaria 21.07.413A.640.08 o la que pueda sustituirla en el ejercicio económico su correspondiente.

Una vez concluida la presencia en cada una de las ferias o certámenes citados en la cláusula segunda, y previo al pago, FEPEX deberá justificar la ejecución de cada actividad, aportando una memoria final descriptiva y económica de las actividades realizadas, así como sus correspondientes facturas justificativas y certificados bancarios de pago de acuerdo con los anexos III y IV. Dicha cantidad se abonará en la cuenta n.º ES17 0075 0111 9106 0103 1782 en el Banco Santander.

La financiación restante, por un importe de trescientos sesenta mil euros (360.000,00 €) será asumida por FEPEX, de acuerdo con lo previsto en la cláusula cuarta del presente convenio.

Sexta. Comisión de seguimiento.

A los efectos de garantizar el cumplimiento del presente convenio se crea una comisión de seguimiento para un mejor desarrollo de las actuaciones a realizar, con la siguiente composición:

Por parte del MAPA, dos representantes de la Subdirección General de Promoción de los Alimentos de España. El funcionario de mayor rango de esta Subdirección presidirá la comisión.

Por parte de FEPEX, dos representantes de la federación.

La comisión de seguimiento se reunirá cuantas veces se estime necesario a petición de una de las partes, con al menos diez días hábiles de antelación. Los acuerdos de la comisión de seguimiento se adoptarán por unanimidad de sus miembros, todos ellos tienen derecho a voz y voto, y de sus reuniones se levantará la correspondiente acta.

Tendrá encomendadas las siguientes actuaciones:

Impulsar y desarrollar el presente convenio.

El seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y de los compromisos adquiridos por los firmantes.

La resolución de problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantarse respecto a la ejecución del convenio.

El presidente de la comisión de seguimiento será el responsable de emitir el certificado exigido en el apartado segundo 4.2.3 a) del Acuerdo del Consejo de Ministros de 15 de junio de 2021, por el que se da aplicación a la previsión de los artículos 152 y 147 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, respecto al ejercicio de la función interventora en régimen de requisitos básicos en el ámbito de convenios y trasferencias a comunidades autónomas realizadas de conformidad con el artículo 86 de la Ley General Presupuestaria.

Séptima. Publicidad.

En toda publicidad que se haga de las acciones objeto de este convenio en cualquier medio de difusión deberá de constar de modo expreso, visible y fácilmente legible la actuación conjunta MAPA-FEPEX y que dichas actividades cuentan con la financiación del MAPA.

Octava. Eficacia y duración del convenio.

El presente convenio surtirá efectos desde el momento de su inscripción en el Registro electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación (REOICO) del sector público estatal. Asimismo, será publicado en el «Boletín Oficial del Estado», según dispone el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

Su duración se extiende hasta el 30 de junio de 2025. En cualquier momento antes de la finalización de este plazo, los firmantes del convenio podrán acordar unánimemente su prórroga, mediante la correspondiente adenda.

Novena. Modificación, extinción e incumplimiento del convenio.

La modificación del presente convenio requerirá del acuerdo unánime de los firmantes. La correspondiente adenda deberá ser suscrita antes de la finalización de su duración.

El presente convenio se extingue por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución.

Son causas de resolución:

a) El transcurso del plazo de vigencia del convenio sin haberse acordado la prórroga del mismo.

b) El acuerdo unánime de todos los firmantes.

c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes.

d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.

e) Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista legalmente.

En los casos de incumplimiento, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado al presidente de la comisión de seguimiento.

Si trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a la otra parte la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio.

Décima. Confidencialidad, titularidad y uso de los resultados y protección de datos.

Sin perjuicio de las líneas de actuación en materia de difusión de la información, y de la publicidad que las partes den a este convenio o a las actuaciones derivadas del mismo, las partes velarán por la debida confidencialidad de la información que se genere entre ambas.

Si de las actuaciones realizadas al amparo del presente convenio se derivaran derechos de propiedad industrial, intelectual u otros de análoga naturaleza, serán propiedad en partes iguales del MAPA y FEPEX.

Asimismo, ambas partes en el ejercicio de las funciones previstas en el presente convenio adecuarán sus actuaciones a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. En cumplimiento de la normativa aplicable en materia de protección de datos, las partes se comprometen a utilizar los datos personales recopilados exclusivamente para el cumplimiento de las actuaciones previstas en este convenio.

Se garantizará que todas las personas autorizadas para el tratamiento de estos datos hayan contraído un compromiso de confidencialidad y que dichos datos no se comunicarán a terceros, salvo que sea estrictamente necesario para el cumplimiento del objeto del presente convenio. En este caso los terceros deberán contraer el correspondiente compromiso de confidencialidad.

Undécima. Resolución de conflictos.

Los conflictos a que pueda dar lugar la interpretación, modificación, efectos o resolución del presente convenio, que no hayan sido resueltos por la comisión de seguimiento prevista en la cláusula sexta, quedarán sometidos al conocimiento y resolución de la jurisdicción contencioso-administrativa, de conformidad con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la citada jurisdicción.

Y en prueba de conformidad, las partes firman el presente documento electrónicamente.–El Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación P. D. (Orden APA/21/2019, de 10 de enero), el Secretario General de Agricultura y Alimentación, Fernando Miranda Sotillos.–El Director general de FEPEX, José M.ª Pozancos Gómez-Escolar.

ANEXO I
Actuaciones a desarrollar y presupuesto desglosado

La valoración económica de las acciones promocionales tiene un coste máximo de setecientos veinte mil euros (720.000,00 €), que se desglosan de la siguiente manera:

Ferias

MAPA

Euros

FEPEX

Euros

Total

Euros

Asia Fruit Logística (2024). Todos los gastos excepto los especificados en la cláusula tercera *. 50.000,00 50.000,00 100.000,00
Fruit Attraction (2024).

Todos los gastos excepto los especificados en la cláusula tercera *.

Se incluyen gastos de viaje de los compradores internacionales.

180.000,00 180.000,00 360.000,00
 Total año 2024. 230.000,00 230.000,00 460.000,00
IPM Essen (2025). Todos los gastos excepto los especificados en la cláusula tercera *. 120.000,00 120.000,00 240.000,00
Convención de la Canadian Produce Marketing Association (CPMA) (2025). Todos los gastos excepto los especificados en la cláusula tercera *. 10.000,00 10.000,00 20.000,00
 Total pago año 2025. 130.000,00 130.000,00 260.000,00
  Total años 2024 y 2025. 360.000,00 360.000,00 720.000,00

* Gastos excluidos: atenciones protocolarias, viajes, dietas, alojamiento gastos corrientes, salarios del personal propio y compra de productos.

ANEXO II
Descripción de la actividad y cronograma

Documento A

Selección de la empresa especializada

Propuestas recibidas y empresas invitadas (al menos tres).

Empresa seleccionada y criterio de selección.

Propuesta del stand ganador.

Documento B

Información de la actividad

Nombre de la feria.

Fecha y localización de esta.

Breve descripción de la feria y del mercado.

Datos de contacto del responsable de la organización (nombre, apellidos, teléfono, mail).

Diseño del estand final.

Empresas participantes.

Cronograma inicial de la actividad.

Cronograma y descripción de las actividades paralelas.

Información adicional.

ANEXO III
Memoria final descriptiva

Valoración final de las actividades realizadas, indicando el grado de consecución de los objetivos iniciales y grado de satisfacción.

Deberá contener el siguiente índice:

Feria programada. Descripción y datos de participación. Cronograma final.

Nombre de las empresas del sector participantes y su valoración económico-empresarial de su asistencia a la feria.

Conclusiones.

ANEXO IV
Informe económico

La información contenida en el informe económico a presentar estará soportada por las correspondientes relaciones de gastos justificados de cada una de las actuaciones promocionales ejecutadas.

Feria MAPA FEPEX Total ejecutado
Concepto del gasto Importe según convenio Importe ejecutado Concepto del gasto Importe según convenio Importe ejecutado
               
ANEXO V
Precios máximos para el pago de los desplazamientos según las áreas geográficas de origen

Máximos reembolso según origen

  Euros
Europa. 350
Europa Este. 420
América. 1.225
Norte de África. 400
Resto de África. 1.100
Asia. 885
Oriente Próximo. 710
Oceanía. 1.100

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