Por Orden HFP/1386/2023, de 26 de diciembre (BOE núm. 310, de 28 de diciembre de 2023) se nombra, entre otros, a don Enrique Salvador Company, con DNI ***9698**, funcionario de carrera de la escala de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, subescala Intervención-Tesorería, categoría de Entrada, por haber superado el proceso selectivo convocado por Orden HFP/1074/2022, de 4 de noviembre, por la que se convocan las pruebas selectivas para el acceso, por promoción interna, a la subescala de Intervención-Tesorería, categoría de Entrada, de la escala de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional (BOE número 271, de 11 de noviembre de 2022) y se le asigna un primer destino.
En el apartado primero de la citada Orden se acuerda:
«Nombrar funcionarios y funcionarias de carrera de la escala de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, subescala Intervención-Tesorería, categoría de Entrada, a los y las aspirantes que se relacionan en los anexos I y II de esta orden, de acuerdo con las bases Tercera y Cuarta de la Resolución de 19 de diciembre de 2023.
Los funcionarios y funcionarias incluidos en el anexo I han optado por seguir en el destino actual, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 21.3 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, y en consecuencia, los efectos correspondientes a su ingreso en la subescala de Intervención-Tesorería, categoría de Entrada, se producirán tras la toma de posesión en un puesto de la misma.
A los funcionarios y funcionarias incluidos en el anexo II, se les asigna un puesto como primer destino, de acuerdo con lo establecido en el artículo 22 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo. Este destino tiene carácter definitivo y en él se deberá permanecer un mínimo de dos años para volver a concursar u obtener un nombramiento provisional.»
Todo ello, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22. f) del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.
Don Enrique Salvador Company opta por un puesto en primer destino en la subescala en la que accede y cesa en unidad de acto, incumpliendo lo dispuesto en el apartado f) del artículo 22 del Real Decreto 128/2018. No perfecciona la condición de funcionario de carrera en la subescala de intervención-tesorería, categoría de entrada, al incumplir el requisito de toma de posesión exigido en el artículo 62 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, que lleva aparejada la permanencia en el puesto durante un periodo de dos años establecido conforme exige la propia Orden de nombramiento.
El interesado realiza una toma de posesión y cese en unidad de acto en el primer destino asignado, continuando en situación de servicio activo sin interrupción de alta en seguridad social en el destino que venía ocupando en la subescala de secretaría-intervención, evidenciando que la toma de posesión realizada en el primer destino asignado no fue efectiva.
Este Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 19.3 y 22 f) del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, constatado el no perfeccionamiento de la condición de funcionario de carrera conforme a lo dispuesto en el artículo 62 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y en concordancia con el artículo 92 bis.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, resuelve:
Dejar sin efecto el nombramiento como funcionario de carrera en la Escala de Administración Local con habilitación de carácter nacional, subescala Intervención-Tesorería, categoría de Entrada, otorgado a don Enrique Salvador Company, con DNI ***9698**, al no haber perfeccionado su condición en la referida escala incumpliendo el requisito de toma de posesión y permanencia en el puesto asignado, perdiendo todos los derechos inherentes al mismo.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante esta Secretaría de Estado de Función Pública en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11.1.a) de la Ley 29/1998, 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Madrid, 26 de julio de 2024.–El Ministro para la Transformación Digital y de la Función Pública, P. D. (Orden HFP/1500/2021, de 29 de diciembre), la Secretaría de Estado de Función Pública, Clara Mapelli Marchena.
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