El 1 de julio de 2024 la ilustrísima señora Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Cuenca remitió a la Inspección Fiscal escrito en el que formula propuesta de nombramiento como Fiscal Delegado de Derechos Humanos y Memoria Democrática de la Fiscalía Provincial de Cuenca al ilustrísimo señor Andrés Hernández Cofrades.
Hechos
Con motivo de la necesidad de nombrar delegado de esta área especializada en la Fiscalía Provincial de Cuenca, la Fiscal Jefe abrió convocatoria entre los miembros de su plantilla, sin que se formulara petición alguna. Planteada la cuestión en Junta de Fiscales, la ilustrísima señora Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Cuenca decidió designar para tal materia, y tomando en cuenta criterios de antigüedad, competencia y carga de trabajo, al ilustrísimo señor Andrés Hernández Cofrades.
Mediante escrito de fecha 17 de julio de 2024, la excelentísima señora Fiscal de Sala Coordinadora de Derechos Humanos y Memoria Democrática de la Fiscalía General del Estado informó que considera pertinente el nombramiento del ilustrísimo señor Andrés Hernández Cofrades, informando en el mismo sentido el Consejo Fiscal (artículo 3.4. Real Decreto 437/1983).
Fundamentos
El Reglamento del Ministerio Fiscal establece para la cobertura del cargo de Fiscal delegado especialista, tanto autonómicos como provinciales, que serán nombrados y, en su caso, relevados, mediante Decreto dictado por la persona titular de la Fiscalía General del Estado, a propuesta del Fiscal Jefe respectivo, y previo informe del Fiscal de Sala Especialista o Delegado (artículo 62.2 RMF).
Con carácter previo, exige que se realice una convocatoria entre los Fiscales de la plantilla, señalando que para su cobertura se atenderá preferentemente, dentro de los méritos alegados, el haber recibido formación específica en la materia propia de la especialidad y tener experiencia práctica.
La propuesta de nombramiento del Fiscal Jefe habrá de ser motivada y deberá ir acompañada de la relación de todos los fiscales que hayan solicitado el puesto con aportación de los méritos alegados. Una vez recibida por la Inspección Fiscal, dará traslado al respectivo Fiscal de Sala, que podrá efectuar las consideraciones que estime pertinentes, resolviendo seguidamente la persona titular de la Fiscalía General del Estado, previa audiencia del Consejo Fiscal (artículo 62.2 RMF).
Asimismo, el nombramiento y cese debe publicarse en el «Boletín Oficial del Estado» (artículo 62.3 RMF).
Se han cumplido, por tanto, todos los trámites establecidos para proceder al nombramiento interesado. Asimismo, la propuesta de la Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Cuenca está suficientemente motivada.
En consecuencia, de conformidad con las previsiones del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal y de su Reglamento y haciendo propia la fundamentación de la propuesta, se acuerda:
1. Nombrar al ilustrísimo señor Andrés Hernández Cofrades como Fiscal Delegado en materia de Derechos Humanos y Memoria Democrática de la Fiscalía Provincial de Cuenca.
2. Notifíquese lo acordado a la excelentísima señora Fiscal Jefe Inspectora, a la excelentísima señora Fiscal de Sala Coordinadora de Derechos Humanos y Memoria Democrática, al Excmo. Sr. Fiscal Superior de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha y a la ilustrísima señora Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Cuenca, que trasladará copia del presente Decreto al Fiscal interesado, poniéndolo en conocimiento de todas/os los Fiscales de la plantilla.
3. Publíquese el nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado».
4. Contra el presente Decreto, que pone fin a la vía administrativa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cabe interponer en el plazo de un mes recurso potestativo de reposición, a contar desde el día siguiente a su notificación, ante la Fiscalía General del Estado (calle Fortuny número 4 Madrid 28010) en los términos establecidos por el artículo 123 y concordantes de aquella ley o, alternativamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo, según lo establecido en el artículo 12, 1, b) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación, conforme a lo dispuesto en el artículo 46 de esta misma ley.
Madrid, 29 de julio de 2024.–El Fiscal General del Estado, Álvaro García Ortiz.
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