La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del día 30 de abril de 2024, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe de fiscalización de los planes antifraude aprobados por las entidades locales que participen en la ejecución de las medidas del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, acuerda:
1. Asumir el contenido y las conclusiones comprendidas en el Informe de Fiscalización de los planes antifraude aprobados por las entidades locales que participen en la ejecución de las medidas del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
2. Instar al Gobierno a:
– Asegurar la continuidad con el proceso de coordinación entre departamentos gestores del Plan y entre estos y la autoridad responsable del Ministerio de Hacienda.
– Publicar determinada información de gestión administrativa con repercusiones económicas, como por ejemplo, las retribuciones percibidas por altos cargos, las declaraciones anuales de bienes, así como las indemnizaciones percibidas con ocasión de abandono del cargo.
– Establecer procedimientos que permitan difundir al personal y a la sociedad las distintas medidas contra el fraude, la corrupción, los conflictos de interés y la doble financiación implantadas que garanticen además su recepción y conocimiento por los destinatarios.
– Desagregar la información publicada hasta la fecha de adjudicación y reparto de los Fondos, así como se requiere de mayor transparencia debido a la importancia cualitativa y cuantitativa de la implementación. De hecho, el propio Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia así lo establece, pero nada se cumple.
3. Instar al Gobierno, comunidades autónomas y entidades locales a que los órganos de la Administración General del Estado, así como los de las administraciones autonómica y local respectivamente, convocantes de ayudas y subvenciones financiadas con cargo a fondos europeos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, hagan constar de forma expresa en las bases reguladoras de las subvenciones y/o en las convocatorias las condiciones de la participación de las entidades que resulten beneficiarias de los recursos y las obligaciones de estas, en especial, en relación con la necesidad de aprobar un plan de medidas antifraude.
4. Instar a los órganos de la Administración General del Estado, así como los de las administraciones autonómica y local, convocantes de ayudas y subvenciones financiadas con cargo a fondos europeos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, hacer constar de forma expresa en las bases reguladoras de las subvenciones y/o en las convocatorias las condiciones de la participación de las entidades que resulten beneficiarias de los recursos y las obligaciones de estas, en especial, en relación con la necesidad de aprobar un plan de medidas antifraude.
5. Instar a las Entidades Locales a:
– Remitir sus planes de medidas antifraude aprobados al Servicio Nacional de Coordinación Antifraude, al objeto de contribuir al proceso de elaboración de la Estrategia Nacional Antifraude.
– Dotarse de los medios adecuados para poder realizar estos procesos internamente, tal y como recomienda la Guía del Servicio Nacional de Coordinación Antifraude, evitando recurrir a su externalización, tanto las que aún no hayan aprobado su Plan de Medidas Antifraude y se encuentren en fase de elaboración, como en el de aquellas que procedan a la revisión de sus planes ya aprobados.
– Revisar y mantener actualizada la información publicada en sus páginas web, sedes electrónicas o portales de transparencia.
– Publicar los Planes de Medidas Antifraude aprobados en sus páginas web, sedes electrónicas o portales de transparencia.
De igual forma, las entidades que, no disponiendo aún de Plan de Medidas Antifraude, los elaboren y aprueben, deberían darles difusión a través de dichos medios para su general conocimiento, tanto por su propio personal como por la ciudadanía.
6. Instar a los Ayuntamientos a difundir entre su personal:
– Las políticas antifraude aprobadas, al objeto de incrementar la concienciación de sus trabajadores sobre la importancia de la materia.
– Los códigos éticos y/o de conducta aprobados, al objeto de facilitar su conocimiento y fomentar su cumplimiento.
– La existencia de los indicadores de riesgo para detectar señales de alerta.
– La existencia de los canales habilitados para la interposición de alertas o denuncias de fraude, al objeto de facilitar su conocimiento y utilización.
7. Instar a las entidades u órganos afectados a:
– Subsanar las salvedades y deficiencias que se incluyen en este informe de fiscalización, de acuerdo con la legislación aplicable.
– Vigilar la prevención de la doble financiación, es decir, que las entidades que participen en la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia apliquen los procedimientos que permitan asegurar el respeto a la normativa relativa a las ayudas de Estado, asegurando la ausencia de doble financiación.
– Vigilar la remisión de los Planes de Medidas Antifraude aprobados, al Servicio Nacional de Coordinación Antifraude.
– Revisar que las entidades mantengan actualizada la información publicada en su página web, sedes electrónicas y portales de transferencia.
– Colaborar con las entidades, de forma que sigan avanzando en el desarrollo de una cultura antifraude y consoliden los progresos alcanzados en esta materia, reforzando las medidas ya implantadas y poniendo en marcha las que estén pendientes.
– Extender a la totalidad del ámbito de gestión de las entidades, los principios con independencia del origen de los recursos.
– Exigir a todas las entidades locales planes antifraude, así como controles que garanticen su efectiva implantación.
– Que hagan las acciones oportunas para disponer de la información contable desde el 1 de enero de 2020 de forma mensual y detallada, pues de la revisión de la contabilidad, deberían obtenerse evidencias y ser puestas de manifiesto.
Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de abril de 2024.–El Presidente de la Comisión, Juan Francisco Serrano Martínez.–El Secretario Primero de la Comisión, Salvador de Foronda Vaquero.
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