La Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (AEBOE) es un organismo público de la Administración General del Estado, integrado en el sector público institucional y regulado en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP).
El artículo 108 ter de la Ley 40/2015, establece que las agencias estatales se rigen por esta ley y, en su marco, por el estatuto propio de cada una de ellas, y el resto de las normas de derecho administrativo general y especial que le sea de aplicación, y que su actuación se produce, con arreglo al plan de acción anual, bajo la vigencia y con arreglo al pertinente contrato plurianual de gestión.
El artículo 10.1.b) del estatuto de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, aprobado por Real Decreto 1495/2007, de 12 de noviembre, indica que corresponde al Consejo Rector la aprobación de los planes de acción anuales.
El Plan de acción de la AEBOE para el año 2024 fue aprobado por el Consejo Rector en la reunión celebrada el día 29 de julio de 2024.
El artículo 4.2.a) del estatuto de la Agencia, señala que una vez aprobado el plan de acción se publicará un resumen en el «Boletín Oficial del Estado» en el que se hará mención de la dirección de la página web de la Agencia en la que podrá ser consultado el documento completo.
En su virtud, y de acuerdo con las competencias que el artículo 11.3 del estatuto de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado atribuye al director, resuelvo:
Publicar un resumen del Plan de acción anual 2024 de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, cuyo texto se inserta a continuación como anexo.
El contenido completo del Plan de acción 2024 puede consultarse en la sede electrónica de la Agencia en la siguiente dirección: https://www.boe.es/organismo/documentos/plan_accion_aeboe_2024.pdf.
Madrid, 31 de julio de 2024.–El Director de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, Manuel Tuero Secades.
El artículo 108 ter de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP), en su redacción dada por la disposición final trigésima cuarta de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, establece que la actuación de las agencias se produce con arreglo al plan de acción anual, bajo la vigencia y con arreglo al pertinente contrato plurianual de gestión.
El Contrato de gestión de la Agencia para el periodo 2013-2016 fue aprobado por Orden PRE/454/2014, de 17 de marzo.
El Contrato de gestión, además de definir los objetivos estratégicos, determina los indicadores de gestión y de impacto que sirven para evaluar el grado de cumplimiento de dichos objetivos, sus rangos de cumplimiento, la ponderación de cada indicador, y la fórmula de cálculo del Índice General de cumplimiento de los objetivos de la Agencia (IGA) a partir del índice de cumplimiento obtenido en cada indicador y su ponderación.
Sin embargo, el Contrato de gestión únicamente estableció los indicadores de los objetivos estratégicos para los dos primeros años de su vigencia, indicando en su apartado 2.3.4 que «... los indicadores de los objetivos estratégicos para el tercer y cuarto año se aprobarán por el Consejo Rector a propuesta del Director de la Agencia, previo informe favorable del Ministerio de la Presidencia y del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas».
Por su parte, el apartado 6 del Contrato de gestión regula el procedimiento a seguir para introducir modificaciones o adaptaciones anuales en la planificación, indicando que las modificaciones o ajustes para corregir eventuales desviaciones entre lo planeado y lo ejecutado, siempre que no afecten a la estructura del Contrato de gestión, se incorporarán a través del plan de acción anual que presenta el Director de la Agencia para su aprobación por el Consejo Rector, especificando las modificaciones que deben ir acompañadas para su aprobación del informe previo del órgano competente del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, que tendrá carácter vinculante. Entre estas modificaciones se incluyen las que puedan afectar a la masa de productividad que recibe la Agencia.
De conformidad con este procedimiento, la Agencia envió la propuesta de objetivos estratégicos e indicadores de cumplimiento de la AEBOE para el año 2024 a los órganos competentes del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, del Ministerio de Hacienda y del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, para que emitiesen el correspondiente informe. La propuesta, informada favorablemente, se incorporó al Plan de Acción 2024 siendo elevada por el director de la Agencia al Consejo Rector, y aprobada en su sesión del 29 de julio de 2024.
Conforme a lo expuesto, el Plan de acción anual 2024 incorpora, además de las modificaciones y ajustes en la planificación, realizados a través de los programas y proyectos, los objetivos estratégicos y los indicadores de cumplimiento para esta anualidad, al haberse tramitado conforme al procedimiento previsto en el apartado 2.3.4 del Contrato de gestión.
1. Objetivos estratégicos e indicadores de cumplimiento
Partiendo de las competencias y funciones encomendadas por la ley a la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, y el escenario en el que se desarrollará su actividad se establecen los siguientes objetivos estratégicos:
Objetivo 1: Cumplir eficientemente y en la forma legalmente prevista, el servicio público de publicidad de las normas y de aquellas otras disposiciones o actos que el ordenamiento jurídico considera que deben ser publicados en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Boletín Oficial del Registro Mercantil».
Objetivo 2: Llevar a cabo la máxima difusión de la legislación, ofreciendo servicios singularizados que atiendan las necesidades específicas de información jurídica de los ciudadanos, profesionales, empresas y otros clientes de la Agencia, y ser fuente y motor de la actividad económica ligada a la gestión del conocimiento jurídico.
Objetivo 3: Mantener operativo el Portal de subastas judiciales, notariales y administrativas que facilite la ejecución de los procedimientos de subastas, incremente su difusión y proporcione transparencia y seguridad en el procedimiento.
Los doce indicadores de cumplimiento de los objetivos estratégicos para el año 2024, con sus valores de referencia, equivalentes a un índice de cumplimiento del 100 % y del 0 %, y la ponderación de cada uno de ellos en el IGA se incluyen en el siguiente cuadro.
Indicadores |
Valor cumplimiento 100 % |
Valor cumplimiento 0 % |
Ponderación |
---|---|---|---|
1.1 Minutos de retraso al año en publicar el diario «Boletín Oficial del Estado» en la sede electrónica de la Agencia, más tarde de las 8 horas, todos los días del año, excepto los domingos. | 0 minutos | 720 minutos | 25 |
1.2 Minutos de retraso al año en publicar el diario «Boletín Oficial del Registro Mercantil» en la sede electrónica de la Agencia, más tarde de las 8 horas, todos los días del año excepto sábados, domingos y festivos en la localidad de Madrid. | 0 minutos | 720 minutos | 10 |
1.3 Porcentaje de anuncios publicados en las Secciones IV y V del BOE y en el BORME el primer día del plazo establecido de 3 a 6 días. | 100 % | 75 % | 12 |
1.4 Porcentaje de correcciones de erratas en publicadas en el BOE respecto al número de disposiciones y anuncios publicados. | 0,00 % | 0,20 % | 4 |
2.1 Número de accesos a las bases de datos de la Agencia (millones). | 550 | 400 | 3 |
2.2 Promedio de días hábiles en actualizar las normas consolidadas, contados desde la publicación de la norma que la modifica hasta que se incorpora consolidada a las bases de datos de la Agencia. | 0,30 | 3 | 15 |
2.3 Número de suscriptores de los servicios de Alertas al finalizar el año. | 630.000 | 530.000 | 6 |
2.4 Número de códigos electrónicos disponibles en la web al finalizar el año. | 395 | 360 | 8 |
2.5 Número de títulos publicados en edición y coedición. | 75 | 25 | 5 |
2.6 Promedio de días hábiles en entregar los encargos de impresión de códigos electrónicos, contados desde que se realiza el encargo hasta su entrega en la unidad peticionaria. | 1,25 | 3 | 3 |
2.7 Porcentaje de peticiones de información escrita contestadas, a través de tickets, en uno o menos días. | 100 % | 90 % | 4 |
3.1 Número de días al año en los que se ha producido alguna incidencia en el Portal de Subastas, atribuible a la Agencia, que haya impedido la celebración de al menos una subasta. | 0 | 15 | 5 |
El cuadro con los objetivos estratégicos, los valores de los indicadores de cumplimiento, la ponderación de cada indicador, y la fórmula de cálculo del Índice General de cumplimiento de los objetivos de la Agencia (IGA) está incluido como anexo 1 del Plan de acción anual.
2. Programas y proyectos
Para alcanzar los objetivos estratégicos el Contrato de gestión contempla trece planes de actuación, en los que se agrupa la totalidad de la actividad de la Agencia, que a su vez contienen una serie de programas y/o proyectos.
Los programas y proyectos integran el conjunto de actividades necesarias para la consecución de los objetivos de la Agencia para esta anualidad. Cada programa o proyecto tiene definido su objetivo o meta anual, el plazo de realización y las unidades administrativas responsables de su ejecución. Asimismo, cada programa y/o proyecto tiene asociado un indicador que permite medir el grado de consecución de su objetivo o meta anual.
El Plan de acción del año 2024 contiene un total de 51 programas y/o proyectos. Los programas y proyectos aprobados están incluidos en el anexo 2 del Plan de acción anual.
Por último, en el Contrato de gestión se establece que, para cada departamento de la Agencia, se elaborará anualmente un índice de cumplimiento de los objetivos de gestión, calculado ponderando el grado de cumplimiento de cada uno de los proyectos o programas en los que el departamento participa, por el porcentaje de ocupación que sobre toda la actividad de dicho departamento se haya dado a cada uno de los citados proyectos o programas en el plan de acción anual. Las ponderaciones aprobadas están incluidas en el anexo 3 del Plan de acción anual.
3. Recursos humanos y presupuestarios
Para cumplir los objetivos y realizar las actuaciones previstas en el Plan de acción anual, la Agencia dispone de una plantilla que, a 1 de enero de 2024, es de 288 efectivos, de los cuales 195 laborales y 93 funcionarios, estando previsto que a lo largo del año se produzcan 16 bajas por jubilación, 6 bajas por procedimientos normales de provisión y 13 nuevas incorporaciones, 8 procedentes de OEP y 5 por procedimientos de provisión de puestos.
Para la ejecución de este Plan de acción anual, la Agencia tiene aprobado un presupuesto de 33,77 millones de euros.
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