Por Resolución de 25 de julio de 2019, de la Dirección General del Libro y del Fomento de la Lectura, se convocó el Premio Nacional a la Obra de un Traductor, correspondiente al año 2019.
Mediante Orden CUD/1204/2019, de 29 de noviembre, se concede dicho premio a doña María Dolors Udina Abelló (Dolors Udina).
Por Sentencia de la Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, de 8 de marzo de 2024, se anula la referida Orden por falta de motivación suficiente y ordena retrotraer el procedimiento al momento inmediatamente anterior a la concesión del premio a fin de que por el órgano competente se motive de manera suficiente la decisión que se adopte, en los términos que resultan de esta sentencia. Para dar cumplimiento al fallo de la citada Sentencia, mediante Orden CLT/590/2024, de 10 de junio, por la que se modifica la Orden CUD/951/2019, de 13 de septiembre, por la que se designan los jurados para la concesión de los Premios Nacionales a la Mejor Traducción, a la Obra de un Traductor y de Literatura en las modalidades de Literatura Infantil y Juvenil, Narrativa, Ensayo y Poesía, correspondientes al año 2019, se efectúa el nombramiento de los miembros del Jurado que lo son por razón de cargo, así como el de los representantes de la Asociación Colegial de Escritores de España (ACE) y de la Real Academia Española (RAE) por fallecimiento de los que fueron designados en 2019.
Reunido el Jurado en fecha 17 de junio de 2024, y elevado el fallo a través de la Dirección General del Libro, del Cómic y de la Lectura, de conformidad con lo dispuesto en el apartado sexto de la Orden de 22 de junio de 1995 por la que se regulan los Premios Nacionales del Ministerio de Cultura y se convocan los correspondientes al año 1995 y en el apartado quinto de la Resolución de 25 de julio de 2019, dispongo:
Conceder el Premio Nacional a la Obra de un Traductor, correspondiente a 2019, a:
– Doña María Dolors Udina Abelló (Dolors Udina).
Por la excelente calidad lingüística de la traducción y la búsqueda incesante de la palabra justa, hasta alcanzar la riqueza de los matices que implica el original, hallando en sus traducciones la misma expresividad, ambigüedad y precisión de su creador, Dolors Udina ha sabido extraer, como pocos, la esencia de la palabra del escritor.
Una dilatada carrera y continuada en el tiempo, que comenzó en la década de los 80 del siglo pasado, y en la que no se ha visto mermada una de sus características más destacadas, la pasión desbordante con la que acomete cada una de sus traducciones y que sabe trasmitir a los lectores, así como su compromiso en la defensa del colectivo de traductores.
Entre los más de doscientos títulos publicados, del inglés al catalán, del inglés al castellano o del castellano al catalán y viceversa, junto con las traducciones del francés, destacan obras de autores universales como Jane Austen, Virginia Woolf, J. R. R. Tolkien, Ralph Ellison, Toni Morrison, Raymond Carver, Isaiah Berlin, Nadine Gordimer, J.M. Coetzee, Cynthia Ozick o Alice Munro, con títulos paradigmáticos de la literatura como Diario de un mal año de J.M. Coetzee, con el que consigue, en 2008, el III Premio Esther Benítez por su traducción al catalán; en 2014 Mrs. Dalloway de Virginia Woolf, por el que recibe el Premio de Traducción Crítica Serra d’Or y la traducción al catalán de Los demonios de Loudun, d'Aldous Huxley, obra que la hizo merecedora del Premi Ciutat de Barcelona, en 2017. Textos, todos ellos, erizados de dificultades, y que, sin embargo, Udina ha sabido superar abriendo a los lectores horizontes insospechados, sólo posibles de percibir gracias a una traducción capaz de transmitir la potencia y la energía del texto original sin traicionar el estilo de su autor, contribuyendo de este modo a favorecer el hábito de la lectura.
A su relevante faceta como traductora literaria, Dolors Udina añade la de la docencia en la Facultad de Traducción e Interpretación de la Universidad Autónoma de Barcelona, desde 1998. Destaca, igualmente, su labor editorial, entre 2000 y 2005, años en los que fue editora de la versión catalana de la revista digital The Barcelona Review. Es miembro del Grupo de Estudio de Traducción Catalana Contemporánea de la UAB, de la Cátedra de Traducción de Jordi Arbonés y del jurado del Premio Jordi Domínguez de Traducción de Poesía. A lo ya citado se añade, su actividad como articulista en revistas y periódicos como La Vanguardia, Diario de Mallorca, Diari de Barcelona, El País, Revista de arqueología y Quimera.
Su extensa y brillante trayectoria la ha hecho merecedora de distinciones honoríficas, como la Creu de Sant Jordi de la Generalitat de Catalunya, concedida en 2018, lo que da cuenta de sus aportaciones sobresalientes en este ámbito.
Dolors Udina es un ejemplo en la profesionalización de la traducción literaria y un referente indiscutible para varias generaciones de traductores, que han visto en su magisterio la esencia de la traducción como el medio natural para compartir el conocimiento y transmitir la información necesaria para la supervivencia y el desarrollo cultural y material de las sociedades.
Y aunque en ningún caso la cultura puede ser mesurable, al ser ésta un bien común, y que el Premio Nacional no tiene la naturaleza jurídica análoga a la concurrencia competitiva y, por tanto, está excluido del ámbito de aplicación de la Ley General de Subvenciones, el jurado ha querido destacar que la vasta producción, la variedad de lenguas y géneros literarios, unido a lo atinado y a la alta calidad de sus traducciones ayudan al lector al mejor conocimiento del otro y, con ello, a definir una de las más bellas de sus funciones, el conocimiento y la interacción entre las diferentes culturas.
La presente orden agota la vía administrativa y contra la misma cabrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Asimismo, y con carácter previo, podrá interponerse recurso potestativo de reposición, según los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 39.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, la presente Orden tiene efectos retroactivos desde la fecha de efectos de la Orden en cuya sustitución se dicta.
Madrid, 13 de agosto de 2024.–El Ministro de Cultura, Ernest Urtasun Domènech.
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