De conformidad con la propuesta de la comisión nombrada para juzgar el concurso para la provisión de plazas de los cuerpos docentes universitarios, convocado mediante resolución de la Universidad Rovira i Virgili y el Instituto Catalán de Salud (BOE 111, de 7 de mayo de 2024) y tras cumplir los requisitos establecidos en las bases de la convocatoria,
Este rectorado, en uso de las atribuciones conferidas con lo dispuesto por la Ley Orgánica 2/2023 del sistema universitario, de 22 de marzo; la Ley 1/2003, de 19 de febrero, de Universidades de Cataluña y en el Real Decreto 1313/2007 de 5 de octubre; el acuerdo de Gobierno de la Generalidad de Cataluña GOV/40/2022, de 8 de marzo, por el cual se aprueba el Estatuto de la Universidad Rovira i Virgili y se dispone la publicación de su texto íntegro; y de acuerdo con la normativa para la contratación de profesorado, aprobada por el Consejo de Gobierno de 30 de abril de 2009 y posteriormente modificada, resuelvo:
Nombrar profesor Titular de Universidad al Dr. Alejandro Hugo Rodríguez Oviedo, en el área de conocimiento de Farmacología, del Departamento de Ciencias Médicas Básicas de esta Universidad con plaza vinculada de facultativo especialista.
La persona candidata deberá tomar posesión de la plaza en el plazo máximo de veinte días a partir del día siguiente a la publicación de su nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado».
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en el artículo 38.4 de la Ley Orgánica 2/2023 de 22 de marzo, del sistema universitario, cabe interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado», delante de la Jurisdicción contenciosa Administrativa.
No obstante, la persona interesada podrá optar por interponer contra esta resolución recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante este órgano, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso contencioso administrativo anteriormente citado en tanto recaiga resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Tarragona, 25 de julio de 2024.–El Rector, Josep Pallarès Marzal.
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