La Consejería de Educación y Formación Profesional de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, por Resolución de la Dirección General de Personal Docente de 5 de diciembre de 2022 («Boletín Oficial de las Illes Balears» del 13), publicada mediante Resolución de 9 de enero de 2023, de la Dirección General de Personal Docente, en el «Boletín Oficial del Estado» del 16, convocó pruebas selectivas para el acceso al cuerpo de Inspectores de Educación en las Illes Balears.
Concluidas todas las fases de procedimiento selectivo, la ahora Consejería de Educación y Universidades de la citada Comunidad Autónoma, por Resolución de 16 de mayo de 2024 («Boletín Oficial de las Illes Balears» del 21), declara aptos en la fase de prácticas y aprobados en los mismos, a los aspirantes seleccionados, nombrados funcionarios en prácticas por Resolución de la Dirección General de Personal Docente de 3 de julio de 2023 («Boletín Oficial de las Illes Balears» de 6 de julio).
De conformidad con lo establecido en el artículo 32.1 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada ley.
Vista la propuesta de la Consejería de Educación y Universidades de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears,
Este Ministerio ha dispuesto:
Nombrar funcionarios de carrera del Cuerpo de Inspectores de Educación a los seleccionados en las pruebas selectivas convocadas por Resolución de 5 de diciembre de 2022, que aparecen relacionados en el anexo a esta Orden, con indicación del Documento Nacional de Identidad, Número de Registro Personal, turno y puntuación que les corresponde.
Los nombrados a través de la presente Orden se considerarán ingresados como funcionarios de carrera del Cuerpo de Inspectores de Educación, con fecha de efectos de 1 de septiembre de 2024.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o bien podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 11 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Madrid, 26 de agosto de 2024.–La Ministra de Educación, Formación Profesional y Deportes, P.D. (Orden EFP/43/2021, de 21 de enero), el Subsecretario de Educación, Formación Profesional y Deportes, Santiago Antonio Roura Gómez.
NRP | Apellidos y nombre | DNI/NIE | Turno | Puntuación |
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CUERPO: 0510 INSPECTORES DE EDUCACIÓN | ||||
***4819*35 A0510 | REY PORCA, JUAN JOSÉ. | ***4819** | 01 | 7,6400 |
***8110*02 A0510 | CARDELL ORTUS, ARTURO JAVIER. | ***8110** | 01 | 6,6667 |
***9418*02 A0510 | SALAS SÁNCHEZ, MARÍA ISABEL. | ***9418** | 01 | 4,7147 |
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