El Departamento de Educación de la Comunidad Autónoma de Cataluña, por Resolución EDU/1/2019, de 2 de enero («Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya» del 7), publicada por Resolución de 10 de enero de 2019 en el «Boletín Oficial del Estado» de 16, convocó concurso oposición para el ingreso y acceso a la función pública docente y para la adquisición de nuevas especialidades.
Concluidas todas las fases del citado proceso selectivo, el Departamento de Educación de la Comunidad Autónoma de Cataluña, por Resolución EDU/2811/2023, de 31 de julio («Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya» de 2 de agosto), declara aptas en la fase de prácticas y aprobadas en los mismas, a determinadas aspirantes que, por tener concedido aplazamiento para la realización de la fase de prácticas, o por otras causas, no habían sido evaluados con el resto de los seleccionados, y habían sido nombrados funcionarios en prácticas por Resolución EDU/2018/2020, de 5 de agosto («Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya» del 10).
De conformidad con lo establecido en el artículo 32.1 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada ley.
Vista la propuesta del Departamento de Educación de la Comunidad Autónoma de Cataluña,
Este Ministerio ha dispuesto:
Nombrar funcionarias de carrera del Cuerpo de Maestros a las seleccionadas en el procedimiento selectivo convocado por Resolución EDU/1/2019, de 2 de enero, que aparecen relacionadas en el anexo a esta orden, con indicación del Documento Nacional de Identidad, Número de Registro Personal, turno, especialidad y puntuación que les corresponde.
Las nombradas a través de la presente orden se considerarán ingresadas como funcionarias de carrera, del cuerpo docente por el que han superado el proceso selectivo, con fecha de efectos de 1 de septiembre de 2023.
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o bien podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 11 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Madrid, 26 de agosto de 2024.–La Ministra de Educación, Formación Profesional y Deportes, P.D. (Orden EFP/43/2021, de 21 de enero), el Subsecretario de Educación, Formación Profesional y Deportes, Santiago Antonio Roura Gómez.
NRP | Apellidos y nombre | DNI/NIE | Turno | Puntuación | |||
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CUERPO: 0597 MAESTROS | |||||||
ESPECIALIDAD: 31 EDUCACIÓN INFANTIL | |||||||
***1823*57 A0597 | JORGE VALLS, SOFíA. | ***1823** | 1 | 7,1410 | |||
***8041*35 A0597 | ROMERO VIÑALS, LAURA. | ***8041** | 1 | 6,9228 | |||
ESPECIALIDAD: 38 EDUCACIÓN PRIMARIA | |||||||
***0288*02 A0597 | CARULLA VILÁ, MONSERRAT. | ***0288** | 1 | 9,1300 | |||
***7846*13 A0597 | BEY GONZÁLEZ, ALEJANDRA. | ***7846** | 1 | 4,5986 |
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