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Documento BOE-A-2024-17873

Resolución de 29 de agosto de 2024, de la Secretaría General de Universidades, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de agosto de 2024, por el que se establece el carácter oficial de determinados títulos de Máster y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos.

Publicado en:
«BOE» núm. 215, de 5 de septiembre de 2024, páginas 111265 a 111269 (5 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades
Referencia:
BOE-A-2024-17873
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2024/08/29/(3)

TEXTO ORIGINAL

El Consejo de Ministros, en su reunión de 27 de agosto de 2024, ha aprobado el acuerdo por el que se establece el carácter oficial de determinados títulos de Máster y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos.

El Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad dispone, en su artículo 27, que los Acuerdos del Consejo de Ministros por los que se establezca el carácter oficial de los títulos universitarios serán publicados en el «Boletín Oficial del Estado».

En cumplimiento del citado precepto, esta Secretaría General de Universidades ha resuelto disponer la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado acuerdo, como anexo a la presente resolución.

Madrid, 29 de agosto de 2024.–El Secretario General de Universidades, Francisco García Pascual.

ANEXO
Acuerdo por el que se establece el carácter oficial de determinados Títulos de Máster y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos

El Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad, en su artículo 5.3, determina que los planes de estudios de las enseñanzas universitarias oficiales serán elaborados por las universidades, de acuerdo con la normativa vigente y aprobados por sus órganos de gobierno, y formarán parte de la memoria que las universidades presenten para su verificación.

Dichos planes de estudios habrán de ser verificados por el Consejo de Universidades y autorizados en su implantación por las correspondientes Comunidades Autónomas, de conformidad con lo establecido en el artículo 8.2 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario.

Por otra parte, de acuerdo con las previsiones contenidas en la disposición adicional cuarta del referido real decreto, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional cuarta de la citada ley orgánica, el reconocimiento a efectos civiles de los estudios universitarios de ciencias no eclesiásticas, realizados en las universidades de la Iglesia Católica establecidas en España con anterioridad al Acuerdo de 3 de enero de 1979 sobre enseñanza y asuntos culturales, suscrito entre el Estado Español y la Santa Sede en virtud de lo establecido en el Convenio entre la Santa Sede y el Estado Español de 5 de abril de 1962, mantienen sus procedimientos especiales en tanto en cuanto no opten por transformarse en universidades privadas. No obstante, a los efectos de hacer efectivos dichos procedimientos, los planes de estudios también habrán de ser verificados con arreglo a las condiciones establecidas en el real decreto.

En virtud de lo anterior, determinadas universidades han elaborado los planes de estudios de enseñanzas que conducirán a la obtención de diversos títulos de Máster. Estos planes de estudios han obtenido resolución de verificación positiva del Consejo de Universidades y, salvo en los casos de los correspondientes a las universidades de la Iglesia Católica, que no la precisan, autorización para su implantación de la correspondiente comunidad autónoma.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 27 del Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, procede elevar al Consejo de Ministros el acuerdo de establecimiento del carácter oficial de los títulos y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT).

En su virtud, a propuesta de la Ministra de Ciencia, Innovación y Universidades, el Consejo de Ministros, en su reunión del día 27 de agosto de 2024, acuerda:

Primero. Establecimiento del carácter oficial de los títulos.

De conformidad con lo establecido en el artículo 27.1 del Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad, se declara el carácter oficial de los títulos de Máster que se relacionan en el anexo del acuerdo.

Estos títulos tienen carácter oficial y son válidos en España, cuentan con efectos académicos y administrativos, y en el caso de que así resulte de la normativa aplicable, habilitan para el ejercicio de determinadas profesiones reguladas.

Segundo. Inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos.

Los títulos a los que se refiere el presente acuerdo serán inscritos en el Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT). Dicha inscripción llevará aparejada la consideración inicial de título acreditado a los efectos legal y reglamentariamente establecidos.

Tercero. Publicación del plan de estudios.

De conformidad con el artículo 27.4 del Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, el Rector o la Rectora de la respectiva universidad ordenará la publicación de los planes de estudios conducentes a la obtención de los títulos incluidos en el referido anexo, en el «Boletín Oficial del Estado» y en el diario oficial de la comunidad autónoma que corresponda.

Cuarto. Renovación de la acreditación de los títulos.

Los títulos universitarios oficiales objeto del acuerdo, a fin de mantener su acreditación, deberán someterse al procedimiento de renovación de la misma previsto en el Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre.

Quinto. Expedición del título.

Los títulos serán expedidos en nombre del Rey por la Rectora o el Rector de la universidad correspondiente, de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente, con expresa mención del presente acuerdo.

Sexto. Habilitación para la adopción de medidas para la aplicación del acuerdo.

Por la Ministra de Ciencia, Innovación y Universidades, en el ámbito de sus competencias, se adoptarán las medidas necesarias para la aplicación del presente acuerdo.

ANEXO
I. Universidades civiles. Relación de títulos universitarios oficiales de Máster ordenados por universidades

Universidad Católica de Valencia San Vicente Mártir

4318197 Máster Universitario en Competencias Profesionales Avanzadas para Maestros.

Universidad Católica San Antonio

3500270 Máster Universitario en Enfermería y Salud Escolar.

Universidad de Alicante

4318581 Máster Universitario en Nuevas Tecnologías y Eficiencia Energética en Edificación.

4318433 Máster Universitario en Prevención de la Violencia de Género e Intervención desde un Enfoque Interdisciplinar.

Universidad de Almería

3500218 Máster Universitario en Enseñanza de la Lengua y la Literatura Española para Profesorado de Español como Lengua Extranjera.

Universidad de Cádiz

3500277 Máster Universitario en Ciencias del Lenguaje y sus Aplicaciones.

Universidad de Castilla-La Mancha

3500383 Máster Universitario en Dirección Estratégica en Tecnologías de la Información.

3500314 Máster Universitario en Transformaciones del Trabajo y Gestión de Personas en la Era Digital.

Universidad de Córdoba

3500150 Máster Universitario en Investigación e Innovación en Educación Física.

Universidad de Huelva

3500225 Máster Universitario en Turismo: Dirección de Empresas Turísticas y Gestión de Recursos Turísticos.

Universidad de Murcia

3500006 Máster Universitario en Inteligencia Artificial / Master in Artificial Intelligence.

Universidad de Sevilla

3500287 Máster Universitario en Prevención de Riesgos Laborales en Construcción.

Universidad de Zaragoza

3500352 Máster Universitario en Ingeniería de Telecomunicación.

3500349 Máster Universitario en Ingeniería Mecánica.

3500339 Máster Universitario en Paleontología.

Universidad Europea de Canarias

4318610 Máster Universitario en Sistemas Integrados de Gestión.

Universidad Europea de Valencia

4318587 Máster Universitario en Auditoría de Cuentas.

4318623 Máster Universitario en Dirección y Administración de Empresas-MBA.

4318528 Máster Universitario en Dirección y Gestión de Recursos Humanos.

4318529 Máster Universitario en Fisioterapia Deportiva.

4318604 Máster Universitario en Psicología Jurídica y Forense.

Universidad Internacional Menéndez Pelayo

3500361 Máster Universitario en Enseñanza del Español como Lengua Extranjera.

Universidad Loyola Andalucía

4318474 Máster Universitario en Cuidados de Enfermería en el Bloque Quirúrgico y Unidad del Dolor.

3500180 Máster Universitario en Neurorrehabilitación.

3500154 Máster Universitario en Psicopedagogía.

Universidad Pública de Navarra

3500105 Máster Universitario en Ciberseguridad.

4318568 Máster Universitario en Investigación e Innovación en Biotecnología.

Universidad San Jorge

3500394 Máster Universitario en Psicología General Sanitaria.

Universitat de València (Estudi General)

3500179 Máster Universitario en Gestión de la Calidad.

3500184 Máster Universitario en Sociedad Digital.

Universitat Internacional Valenciana

3500148 Máster Universitario en Comunicación y Narrativa en el Discurso Digital.

3500135 Máster Universitario en Didáctica de las Matemáticas.

3500371 Máster Universitario en Fiscalidad Internacional.

4318391 Máster Universitario en Fisioterapia Neurológica.

3500133 Máster Universitario en Gestión de las Tecnologías de la Información y la Comunicación.

3500137 Máster Universitario en Ingeniería de Organización Industrial.

4318343 Máster Universitario en Ingeniería Industrial.

4318591 Máster Universitario en Metodologías Activas y Digitales.

4318349 Máster Universitario en Psicología en Infancia y Adolescencia.

4318390 Máster Universitario en Robótica y Automatización de Procesos.

Universitat Politècnica de València

3500182 Máster Universitario en Profesor/a de Educación Secundaria.

3500158 Máster Universitario en Rehabilitación y Sostenibilidad en Edificación.

II. Universidades de la Iglesia Católica. Relación de títulos universitarios oficiales de Máster ordenados por universidades

Universidad Pontificia Comillas

3500319 Máster Universitario en Big Data.

3500379 Máster Universitario en Producción y Gestión de la Agricultura Ecológica.

Universidad Pontificia de Salamanca

3500233 Máster Universitario en Atención Temprana en Logopedia.

III. Relación de títulos universitarios oficiales de Máster organizados conjuntamente por distintas universidades

3500250 Máster Universitario en Actividad Física para la Salud por la Universidad Internacional de Andalucía y la Universidad Pablo de Olavide.

3500355 Máster Universitario en Análisis de Negocio/Master in Business Analytics por la Universidad de Deusto y la Universidad Pontificia Comillas.

3500462 Máster Universitario en Ciberseguridad y Ciberinteligencia Internacional/Master in International Cybersecurity and Cyberintelligence por la Universidad de Granada, Universidade do Minho (Portugal), Università degli Studi di Padova (Italia) y Vilniaus Universitetas-Vilnius University (Lituania).

3500226 Máster Universitario en Especialización en Gestión Cultural: Investigación y Ejercicio Profesional Avanzados por la Universidad de Almería, la Universidad de Córdoba y la Universidad de Huelva.

3500261 Máster Universitario en Migraciones por la Universitat de València (Estudi General), Le Conservatoire National des Arts et Métiers – Paris (Francia), Università della Calabria (Italia) y Université Catholique de Lille (Fupl) (Francia).

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 29/08/2024
  • Fecha de publicación: 05/09/2024
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 27 del Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre (Ref. BOE-A-2021-15781).
Materias
  • Enseñanza Universitaria
  • Enseñanza Universitaria de Posgrado
  • Registros administrativos
  • Títulos académicos y profesionales
  • Universidades

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