El Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía y la Fundación ONCE, han suscrito, con fecha 22 de enero de 2024, una Adenda de modificación parcial del convenio para el mecenazgo del programa de accesibilidad e inclusión del museo, por lo que, conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 22 de enero de 2024.–El Director del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, Manuel Segade Lodeiro.
En Madrid, 22 de enero de 2024.
REUNIDOS
Don Manuel Segade Lodeiro, Director del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, nombrado por Real Decreto 436/2023, de 6 de junio (BOE núm. 135, de 7 de junio), actuando en virtud de las competencias atribuidas por el artículo 11 de la Ley 34/2011, de 4 de octubre, reguladora del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía (BOE núm. 240, de 5 de octubre), y el artículo 9.2.c) del Real Decreto 188/2013, de 15 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía (BOE núm. 86, de 6 de abril).
Y, de otra parte, don José Luis Martínez Donoso, en nombre y representación de la Fundación ONCE para la Cooperación e Inclusión Social de Personas con Discapacidad (en adelante, Fundación ONCE), entidad con domicilio en calle Sebastián Herrera, n.° 15, Madrid (Madrid), y con NIF G-78661923. Actúa en su condición de Director General de la misma, en virtud de las facultades que le fueron conferidas mediante escritura de elevación a público de acuerdos sociales otorgada ante el Notario de Madrid don Federico Garayalde Niño en fecha 11 de abril de 2019 con el n.º 845 de orden de su protocolo.
Ambas partes comparecientes, en la calidad en que cada uno interviene, se reconocen mutua y recíprocamente legitimidad y capacidad suficiente para suscribir la presente Adenda, y a tal efecto,
EXPONEN
I. Que el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía (en adelante MNCARS) y la Fundación ONCE para la Cooperación e Inclusión Social de Personas con Discapacidad (en adelante la Fundación ONCE) suscribieron, con fecha de 27 de septiembre de 2023, un Convenio para el mecenazgo del programa de accesibilidad e inclusión del museo. El Convenio fue inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación –REOICO– con la misma fecha y número de inscripción CUD 0017/2023 y número de expediente RCN-CUD202300171, siendo publicado en el «Boletín Oficial del Estado» con fecha de 6 de octubre de 2023 (BOE Núm. 239 de 2023).
II. Que la cláusula octava del Convenio citado dispone que «El presente Convenio constituye la manifestación expresa de la voluntad de las partes en relación con la materia aquí contenida. Cualquier modificación de los términos del mismo deberá ser hecha por escrito y firmada por ambas partes, y requerirá acuerdo unánime de los firmantes, de acuerdo con el artículo 49.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público».
III. Que, en el seno de la Comisión de Seguimiento prevista en la Cláusula Novena del Convenio, las partes firmantes han manifestado su voluntad compartida de modificar parcialmente el contenido del Convenio en lo tocante al régimen de pagos a realizar por parte de la Fundación ONCE, en concepto de Colaborador principal, al MNCARS para la materialización de la aportación total valorada en 150.000 euros (ciento cincuenta mil euros) en especie, para el desarrollo y ejecución del Programa ACAI.
En razón a cuanto antecede, ambas partes acuerdan suscribir la presente Adenda de modificación parcial del Convenio para el mecenazgo del programa de accesibilidad e inclusión del museo, con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
La presente Adenda tiene por objeto modificar las cláusulas pertinentes del Convenio suscrito con fecha 27 de septiembre de 2023 entre el MNCARS y la Fundación ONCE para el mecenazgo del programa de accesibilidad e inclusión del museo, en relación con el nuevo régimen de pagos que se establece para que la Fundación ONCE pueda materializar, en concepto de Colaborador principal, la aportación total a la que se refiere la cláusula segunda del Convenio.
De conformidad con lo previsto en la cláusula octava del convenio, en consonancia con lo indicado en el artículo 49. g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, las partes firmantes del convenio acuerdan la modificación del apartado primero de la cláusula segunda (2.1) del convenio, referido al desarrollo y ejecución del Programa ACAI, quedando su redacción como sigue:
«Para el desarrollo y ejecución del Programa ACAI, la Fundación ONCE realizará una aportación en especie al MNCARS valorada en un total de 150.000 euros (ciento cincuenta mil euros), en concepto de Colaborador principal del Proyecto. La aportación se realizará por parte de la Fundación ONCE durante los ejercicios 2023, 2024 y 2025 de acuerdo con la siguiente distribución:
– 15.625 euros (quince mil seiscientos veinticinco mil euros) durante el ejercicio 2023.
– 75.000 euros (setenta y cinco mil euros) durante el ejercicio 2024.
– 59.375 euros (cincuenta y nueve mil trescientos setenta y cinco euros) durante el ejercicio 2025».
De conformidad con lo previsto en la cláusula octava del convenio, en consonancia con lo indicado en el artículo 49. g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, las partes firmantes del convenio acuerdan la modificación de la cláusula quinta del convenio, referida a la vigencia del convenio, quedando su redacción como sigue:
«El presente Convenio tendrá efectos a partir de que, una vez firmado, se inscriba en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal. Asimismo, será publicado en el plazo de 10 días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado», según se establece en el art. 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. El MNCARS se compromete a informar al colaborador de estos hechos tan pronto ocurran. El plazo de vigencia del Convenio se prolongará hasta el 27 de septiembre de 2025. Las partes podrán acordar expresamente y por escrito su prórroga, mediante adenda y previa sustanciación de los trámites previstos normativamente, conforme a lo dispuesto en el artículo 49.h) 2.º de la citada Ley 40/2015. Dicha adenda de prórroga surtirá efectos con su inscripción en REOICO antes de la fecha de extinción del convenio. Asimismo, la adenda será publicada en el «Boletín Oficial del Estado».
El resto del Convenio permanecerá con el mismo contenido.
De conformidad con lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, esta Adenda se perfeccionará con la firma de las partes y resultará eficaz una vez que se inscriba en el REOICO. También será objeto de publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
La presente Adenda ha sido informada favorablemente por la Abogacía del Estado coordinadora del Convenio de Asistencia Jurídica MNCARS-Abogacía General del Estado con fecha 3 de enero de 2024 y autorizada por el Ministerio de Hacienda con fecha 11 de enero de 2024.
Y conformes las Partes con cuanto antecede, firman la presente Adenda, en dos ejemplares y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.–Por el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, el Director, Manuel Segade Lodeiro.–Por la Fundación ONCE, el Director General, José Luis Martínez Donoso.
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