La Resolución de 8 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Educación, sobre el procedimiento aplicable a la convocatoria excepcional de estabilización de empleo temporal de larga duración a que se refieren las disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, se dispone la publicación del citado Acuerdo de cooperación interadministrativa para la aplicación coordinada de la normativa reguladora del procedimiento aplicable a la convocatoria excepcional de estabilización de empleo temporal de larga duración a que se refieren las disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre.
En virtud de ello, el Ministerio de Educación y Formación Profesional y las Administraciones educativas de Andalucía, Aragón, Principado de Asturias, Illes Balears, Cantabria, Castilla y León, Castilla la Mancha, Extremadura, La Rioja, Madrid, Región de Murcia, Comunidad Foral de Navarra, Comunidad Valenciana, Ciudad Autónoma de Ceuta y Ciudad Autónoma de Melilla adoptaron el citado acuerdo de la Conferencia de Educación de 2 de noviembre de 2022.
En la disposición cuarta del citado acuerdo, se recoge que la participación de las personas que se presenten al concurso de méritos optando a las plazas convocadas por las Administraciones educativas firmantes, se realizará a través de una única instancia de participación que será presentada en la Administración educativa que haya ofertado la plaza que se solicite en primer lugar, que será la encargada de verificar los requisitos de participación de la persona aspirante y de baremar los méritos alegados. A través de esa única instancia, los participantes podrán solicitar, ordenándolas por orden de preferencia y siempre que reúnan los requisitos de participación exigidos en cada convocatoria, las plazas de la especialidad, turno de ingreso y, en su caso, idioma, a las que opten de aquellas que hayan sido convocadas por las administraciones educativas firmantes.
Así mismo, la novena disposición del mencionado acuerdo indica que los recursos contra las resoluciones definitivas de los concursos de méritos, deberán presentarse ante la Administración educativa en la que se haya presentado la solicitud de participación.
De acuerdo con esta normativa, la Consejería de Educación, Cultura y Deporte de la Comunidad Autónoma de la Rioja, por Resolución 166/2022, de 15 de noviembre (BORM del 17), convocó procedimientos selectivos extraordinarios de estabilización para el ingreso mediante concurso de méritos a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño y Maestros, procedimiento en el que participó doña Yolanda Lozano Cano.
Por Resolución de 10 de mayo de 2023 del Director General de Gestión Educativa de la citada Comunidad Autónoma, se aprueban las puntuaciones definitivas del baremo de méritos de los aspirantes en los procedimientos selectivos extraordinarios de estabilización, convocados por la citada Resolución 166/2022, de 15 de noviembre.
Mediante Resolución de 27 de noviembre de 2023, de la Consejería de Educación y Empleo de la Comunidad Autónoma de La Rioja, se estima el recurso de alzada interpuesto por doña Yolanda Lozano Cano, contra las puntuaciones definitivas del baremo de méritos de los aspirantes en los procedimientos selectivos extraordinarios de estabilización, convocados por Resolución 166/2022, de 15 de noviembre, en el sentido de modificar el baremo de la candidata pasando la puntuación definitiva de la señora Lozano Cano, a ser de 10,4452 puntos totales.
En este escenario de colaboración coordinada entre Administraciones, la Consejería de Educación y Empleo de la Comunidad Autónoma de la Rioja traslada a la Comunidad de Madrid, la citada resolución puesto que la señora Lozano Cano consignó en la solicitud de participación en segundo lugar la Comunidad de Madrid. Una vez aplicados los criterios de desempate establecidos en las convocatorias realizadas por las comunidades firmantes del Acuerdo de Conferencia Sectorial de fecha 2 de noviembre de 2022, le corresponde adjudicación como seleccionada en esta Comunidad.
Por su parte, la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades de la Comunidad de Madrid, por Resolución de 11 de noviembre de 2022 (BOCM del 18), había convocado procedimientos selectivos de ingreso, por el sistema excepcional de concurso de méritos, en los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos de Música y Artes Escénicas, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño y Profesores Especialistas en Sectores singulares de Formación Profesional, a plazas del ámbito de gestión de la Administración de la Comunidad de Madrid.
Por Resolución de 7 de junio de 2023 (BOCM del 15) de la citada Consejería de la Comunidad de Madrid, hace pública la relación de personal seleccionado en el procedimiento selectivo, y por Resolución de 31 de agosto de la ahora Consejería de Educación, Ciencia y Universidades (BOCM del 14 de septiembre), se aprueba el expediente de los procedimientos selectivos extraordinarios, declarando a los aspirantes como aptos y seleccionados en los mismos.
Por cuanto antecede y en estimación del citado recurso, la Dirección General de Recursos Humanos de la mencionada Consejería de la Comunidad de Madrid, publica la Resolución de 10 de julio de 2024 (BOCM del 19), por la que se modifica la lista definitiva de aspirantes seleccionados en la Resolución de 7 de junio de 2023, en el sentido de incluir en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, en la especialidad Tecnología, a doña Yolanda Lozano Cano, con una puntuación de 10,4452 puntos.
De conformidad con lo establecido en el artículo 32.1 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada ley.
Vista la propuesta de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades de la Comunidad de Madrid,
Este Ministerio ha dispuesto:
Nombrar funcionaria de carrera del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, especialidad Tecnología, a doña Yolanda Lozano Cano, con documento nacional de identidad ***8573**, número de registro personal ****8573* A0590 y una puntuación total de 10,4452 puntos.
La señora Lozano Cano se considerará ingresada, como funcionaria de carrera del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, con fecha de efectos de 1 de septiembre de 2023.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o bien podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 11 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Madrid, 12 de septiembre de 2024.–La Ministra de Educación, Formación Profesional y Deportes, P. D. (Orden EFP/43/2021, de 21 de enero), el Subsecretario de Educación, Formación Profesional y Deportes, Santiago Antonio Roura Gómez.
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