El 13 de mayo de 2024 el Ilmo. Sr. Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de A Coruña remitió a la Inspección Fiscal Decreto de 13 de mayo del presente año proponiendo el nombramiento del Fiscal don Antonio Roma Valdés como Fiscal Delegado de Cooperación Internacional en dicha Fiscalía.
Hechos
Para cubrir referido puesto, se abrió convocatoria para solicitud de la mencionada delegación de la especialidad mediante decreto dictado el 22 de abril de 2024 en el EG 32/2024 de la Fiscalía Provincial, conforme a lo establecido en la Instrucción 5/2008 de la Fiscalía General del Estado y artículo 62.2 del Reglamento del Ministerio Fiscal.
Durante el plazo de quince días concedido para solicitar la oportuna designación, se presentó única solicitud para asumir dicha delegación por parte del Ilmo. Sr. don Antonio Roma Valdés, cuyo nombramiento propone el Ilmo. Sr. Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de A Coruña, al estimar su idoneidad en atención a los méritos y currículum aportados.
Dado traslado de la propuesta al Excmo. Sr. Fiscal de Sala de la Unidad de Cooperación Internacional de la Fiscalía General del Estado, este con fecha 2 de agosto de 2024 remitió informe favorable al nombramiento de don Antonio Roma Valdés como Fiscal Delegado de Cooperación Internacional en la Fiscalía Provincial de A Coruña.
Fundamentos
El Reglamento del Ministerio Fiscal establece para la cobertura del cargo de Fiscal delegada/o especialista, tanto autonómicos como provinciales, que serán nombrados y, en su caso, relevados, mediante Decreto dictado por la persona titular de la Fiscalía General del Estado, a propuesta del Fiscal Jefe/a respectivo y previo informe del Fiscal de Sala Especialista o Delegado/a (artículo 62.2).
Con carácter previo, exige que se realice una convocatoria entre las/os Fiscales de la plantilla, señalando que para su cobertura se atenderá preferentemente, dentro de los méritos alegados, el haber recibido formación específica en la materia propia de la especialidad y tener experiencia práctica.
La propuesta de nombramiento del Fiscal Jefe/a habrá de ser motivada y deberá ir acompañada de la relación de todas/os los fiscales que hayan solicitado el puesto con aportación de los méritos alegados. Una vez recibida por la Inspección Fiscal, dará traslado al respectivo Fiscal de Sala, que podrá efectuar las consideraciones que estime pertinentes, resolviendo seguidamente la persona titular de la Fiscalía General del Estado, previa audiencia del Consejo Fiscal (artículo 62.2 RMF).
Asimismo, el nombramiento y cese debe publicarse en el «Boletín Oficial del Estado» (artículo 62.3 RMF).
Se han cumplido, por tanto, todos los tramites establecidos para proceder al nombramiento interesado. Igualmente, la propuesta del Ilmo. Sr. Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de A Coruña está suficientemente motivada y avala la idoneidad del Fiscal.
En consecuencia, de conformidad con las previsiones del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal y de su Reglamento y haciendo propia la fundamentación de la propuesta, se acuerda:
1. Nombrar al Ilmo. Sr. don Antonio Roma Valdés, como Delegado de Cooperación Internacional en la Fiscalía Provincial de A Coruña.
2. Notifíquese lo acordado a la Excma. Fiscal Jefa Inspectora, al Excmo. Sr. Fiscal de Sala de Cooperación Internacional, al Excmo. Sr. Fiscal Superior de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Galicia y al Ilmo. Sr. Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de A Coruña, que trasladara copia del presente Decreto al Fiscal interesado, poniéndolo en conocimiento de toda/os los Fiscales de la plantilla.
3. Publíquese el presente nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado».
4. Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas, cabe interponer en el plazo de un mes recurso potestativo de reposición, a contar desde el día siguiente a su notificación, ante la Fiscalía General del Estado (calle Fortuny, 4 Madrid 28010) en los términos establecidos por el articulo 123 y concordantes de aquella ley o, alternativamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, según lo establecido en el artículo 12, 1, b) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación, conforme a lo dispuesto en el artículo 46 de esta misma ley.
Madrid, 6 de septiembre de 2024.–El Fiscal General del Estado, Álvaro García Ortiz.
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