De conformidad con las letras b) y c) del artículo 20.1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, y del artículo 52 del Reglamento General de Ingreso de Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración del Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, esta Subsecretaría, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 63 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, acuerda convocar la provisión, por el procedimiento de libre designación, de los puestos de trabajo que se relacionan en el anexo I de esta resolución, con arreglo a las siguientes bases:
El puesto de trabajo que se convocan podrá ser solicitado por el personal funcionario de carrera que reúna los requisitos establecidos para su desempeño y que se relacionan en el anexo I de la presente resolución.
Las solicitudes se presentarán, preferentemente por medios electrónicos, en el modelo de instancia que figura como anexo II, y se dirigirán a la Sra. Subsecretaria de Política Territorial, por cualquiera de las formas que establece el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En caso de su presentación electrónica, se encaminarán al código EA0020007 perteneciente a la Subdirección General de Recursos Humanos e Inspección de Servicios.
Asimismo, el personal con destino en la Administración General del Estado podrá presentar las instancias a través del Portal Funciona, siendo imprescindible la acreditación por medio de certificado electrónico (DNI-e o certificado de la FNMT). Dentro del Portal Funciona habrá de accederse a la siguiente ruta: Espacio SIGP -> Mis servicios de RR. HH. -> Convocatoria libre designación.
El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado».
Además de los datos personales y Número de Registro de Personal, que se consignen en la solicitud, habrá de acompañarse el currículum vitae, en el que consten títulos académicos, años de servicio, puestos de trabajo desempeñados en la Administración, estudios y cursos realizados, y otros méritos que se estime oportuno poner de manifiesto, y harán constar detalladamente las características del puesto que vinieran desempeñando.
Quienes no presten servicios en la Administración General del Estado, deberán aportar asimismo un certificado de la Administración en la que presten servicios, en el cual se hagan constar tanto el tipo de relación de servicios como los puestos desempeñados en dicha Administración.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación, ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid o del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma donde tenga su domicilio, a elección del interesado, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 10.1.i) y 14.1.segunda de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Madrid, 26 de enero de 2024.–La Subsecretaria de Política Territorial y Memoria Democrática, Berta Pérez Hernández.
N.º orden | Centro directivo-Unidad. Puesto de trabajo | Provincia-Localidad | Nivel | CE | GR/SB | Admón. | Título req. | Funciones | Méritos | Observaciones |
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SECRETARIA SECR. DE ESTADO | ||||||||||
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