Visto el expediente iniciado a instancia de doña María Josep Pascual Sabaté, en calidad de directora del centro educativo «Sant Ermengol», con domicilio en la calle Roc de Sant Pere, sin número, de Andorra la Vella (Principado de Andorra), solicitando la modificación de la autorización del centro para la implantación de una línea correspondiente a la modalidad del Bachillerato de Artes, vía de Artes Plásticas, Imagen y Diseño.
El Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes ha dispuesto:
Modificar la autorización del centro docente español de titularidad privada en el exterior «Sant Ermengol» de Andorra la Vella (Principado de Andorra), para la implantación de la modalidad de Bachillerato de Artes, vía de Artes Plásticas, Imagen y Diseño con capacidad para dos unidades y 70 puestos escolares.
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, el interesado podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de acuerdo con lo establecido en los artículos 25 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Asimismo, podrá ser recurrida potestativamente en reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, 11 de septiembre de 2024.–La Ministra de Educación, Formación Profesional y Deportes, P. D. (Orden EFP/43/2021, de 21 de enero), el Secretario de Estado de Educación, Abelardo de la Rosa Díaz.
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