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Documento BOE-A-2024-19565

Resolución de 9 de septiembre de 2024, de la Autoridad Portuaria de Valencia, por la que se publica la Adenda de prórroga al Convenio con la Universitat Politècnica de València, para la creación de la «Cátedra Valenciaport de Innovación Logístico-Portuaria».

Publicado en:
«BOE» núm. 235, de 28 de septiembre de 2024, páginas 119359 a 119361 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible
Referencia:
BOE-A-2024-19565

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 19 de julio de 2024 fue suscrita entre la Autoridad Portuaria de Valencia y la Universitat Politècnica de València, previa la tramitación correspondiente, la adenda por la que se prorroga el Convenio empresarial en actividades de interés general entre la Universitat Politècnica de València y la Autoridad Portuaria de Valencia para la creación de la «Cátedra Valenciaport de Innovación Logístico-Portuaria» (BOE n.º 236 de 3 de octubre de 2023).

En cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 8 del artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público y en la cláusula única de la referida adenda,

Esta Presidencia, ha resuelto:

Único.

Disponer la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la adenda de prórroga al convenio empresarial en actividades de interés general entre la Universitat Politècnica de València y la Autoridad Portuaria de Valencia para la creación de la «Cátedra Valenciaport de Innovación Logístico-Portuaria», adjunta a la presente resolución.

Valencia, 9 de septiembre de 2024.–La Presidenta de la Autoridad Portuaria de Valencia, Mar Chao López.

ADENDA DE PRÓRROGA AL CONVENIO EMPRESARIAL EN ACTIVIDADES DE INTERÉS GENERAL ENTRE LA UNIVERSITAT POLITÈCNICA DE VALÈNCIA Y LA AUTORIDAD PORTUARIA DE VALENCIA PARA LA CREACIÓN DE LA «CÁTEDRA VALENCIAPORT DE INNOVACIÓN LOGÍSTICO-PORTUARIA»

Valencia, 19 de julio de 2024.

REUNIDOS

De una parte, doña Mar Chao López, en nombre y representación de la Autoridad Portuaria de Valencia, con domicilio en Avda. Muelle Turia s/n, 46024 Valencia, y NIF Q46677047-G (en adelante APV u «órgano concedente»), actuando en su condición de Presidenta, en virtud de la designación efectuada por Acuerdo del 19 de septiembre de 2023, del Consell, por el cual se separa y se designa a las personas titulares de la Presidencia de la Autoridad Portuaria de València, publicado en el DOGV n.º 9690, de fecha 25 de septiembre de 2023, y en la Orden TMA/1062/2023, de 21 de septiembre, por la que se publica el nombramiento (BOE n.º 230 de 26 de septiembre de 2023), y con la facultades reconocidas en el artículo 31 y concordantes del texto refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre (BOE núm. 253 de 20 de octubre de 2011),

Y de otra parte, la Universitat Politècnica de València, con CIF Q4618002B, creada con rango de universidad en virtud del Decreto 495/1971, de 11 de marzo (BOE de 26 de marzo de 1971), con sede en el Camino de Vera, s/n de Valencia (Reino de España) y, en su nombre y representación, el Sr. Rector Magnífico don José Esteban Capilla Romá, actuando en nombre y representación de este organismo, con poderes suficientes para la celebración de este acto, en virtud del Acuerdo de 27 de abril de 2023, del Consejo de Gobierno de la Universitat Politècnica de València DOGV núm. 9589 de 5 de mayo de 2023, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 9 y 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

A partir de aquí, la Autoridad Portuaria de Valencia (en adelante, también APV) y la Universitat Politècnica de València (en adelante, también UPV) serán denominadas, conjuntamente, como las «Partes».

Las partes se declaran respectivamente, en el carácter en el que intervienen, con plena capacidad jurídica para suscribir la presente adenda de Prórroga del convenio y en el caso de representar a terceros, cada uno de los intervinientes asegura que el poder con el que actúa no ha sido revocado y que es bastante para obligar a sus representados en virtud de lo dispuesto en la misma, y a tal objeto:

EXPONEN

Primero.

Que con fecha 2 de agosto de 2023 resultó eficaz el convenio cuyo objeto consiste en el establecimiento de las condiciones que rigen la colaboración entre la UPV y la APV en relación con la creación de la «Cátedra Valenciaport de Innovación Logístico-Portuaria» (en adelante también La Cátedra) que permita la realización continua de actividades de investigación, transferencia, divulgación, docencia e innovación sobre materias relacionadas con actividades marítimas, puertos y transporte marítimo.

Segundo.

Que este convenio, suscrito entre la UPV y la APV finalizará su plazo de vigencia el 2 de agosto de 2024, de acuerdo con el párrafo segundo de la cláusula décima del convenio, si bien dicha misma cláusula prevé la posibilidad de prórroga por periodos anuales hasta un máximo de 4 años, mediante acuerdo expreso de las partes en cualquier momento antes de la finalización del referido plazo.

Con base a lo anterior, y vista la satisfacción de las partes con el desarrollo del convenio, la Comisión de Seguimiento del convenio, en su reunión de 29 de abril de 2024 acordó proponer la prórroga del convenio por el periodo de un año.

Tercero.

Que existe acuerdo unánime de las partes de prorrogar el convenio y que, conforme a lo previsto en los párrafos segundo y tercero de su cláusula décima, dicho acuerdo debe formalizarse antes de la finalización del plazo de vigencia del convenio suscrito.

Por todo ello, las partes acuerdan suscribir la presente adenda, que se regirá por las siguientes:

CLÁUSULAS

Única.

Las partes acuerdan la prórroga del «Convenio empresarial en actividades de interés general entre la Universitat Politècnica de València y la Autoridad Portuaria de Valencia para la creación de la «Cátedra Valenciaport de Innovación Logístico-Portuaria» suscrito entre la Autoridad Portuaria de Valencia y la Universitat Politècnica de València por un año, que tendrá efectos a partir del 2 de agosto de 2024, y previa inscripción de la presente adenda en el Registro electrónico estatal de órganos e instrumentos de cooperación del sector público estatal. Además, se publicará en el «Boletín Oficial del Estado». Todo ello de acuerdo con lo establecido en el artículo 48 y el apartado 2 de la disposición adicional séptima de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

Y para que conste, y en prueba de conformidad, firman electrónicamente el presente convenio, en Valencia, a fecha de la firma electrónica.–Por la Universitat Politècnica de València, el Rector Magnífico, José Esteban Capilla Romá.–Por la Autoridad Portuaria de Valencia, la Presidenta, María del Mar Chao López.

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