Concluido el proceso selectivo, por el sistema de concurso oposición, para la provisión, por el turno de promoción interna, de dos plazas vacantes de personal laboral fijo del Tribunal de Cuentas, de grupo/subgrupo profesional 4.3, categoría profesional Oficial de Gestión y Servicios Comunes, puesto de trabajo Oficial de 1.ª, convocado por Resolución de 22 de diciembre de 2023, de la Presidencia del Tribunal de Cuentas (BOE núm. 310, de 28 de diciembre de 2023), y elevada por la Comisión de Selección la relación de personas aspirantes aprobadas, de conformidad con lo establecido en el artículo 22 del Reglamento General de ingreso, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, y en la base 8.2 del apartado segundo de la convocatoria por la que se rige dicho proceso selectivo,
Esta Presidencia resuelve:
Aprobar y hacer pública la relación definitiva de personas aspirantes aprobadas en el proceso selectivo que han obtenido plaza en el mismo, con arreglo a la puntuación final obtenida, que figura como anexo.
De conformidad con lo preceptuado en la base 6 de la convocatoria, las personas aspirantes aprobadas deberán presentar, dentro del plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente resolución en el «Boletín Oficial del Estado», y en caso de no haberla aportado con anterioridad durante el proceso selectivo, la titulación exigida como requisito habilitante para la participación en el proceso selectivo, así como, en su caso, la acreditación de las circunstancias que resulten imprescindibles para su nombramiento en la categoría de que se trate.
Finalizado el proceso selectivo y presentada por las personas aspirantes seleccionadas la documentación referida, y siempre que cumplan los requisitos establecidos en la convocatoria, se procederá a la formalización de los correspondientes contratos de trabajo. Hasta tanto se formalicen dichos contratos y se incorporen a su puesto de trabajo, las personas candidatas seleccionadas no tendrán derecho a las percepciones económicas derivadas del presente proceso selectivo.
En caso de no presentar la documentación señalada o de no cumplirse los citados requisitos, las personas aspirantes que hubiera sido seleccionadas no podrán ser contratadas, quedando anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiera podido incurrirse.
Contra la presente resolución y los actos derivados de ella, podrá interponerse recurso de alzada ante el Pleno del Tribunal de Cuentas en el plazo de un mes, de conformidad con lo establecido en el artículo 21.3.c) de la Ley 2/1982, de 12 de mayo, Orgánica del Tribunal de Cuentas, y en el 3.j) y disposición adicional primera, 1 y 4, de la Ley 7/1988, de 5 de abril, de Funcionamiento del Tribunal, en relación con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, 1 de octubre de 2024.–La Presidenta del Tribunal de Cuentas, Enriqueta Chicano Jávega.
Número de orden | Apellidos y nombre | DNI | Puntuación final |
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1.º | Herranz Latorre, Julián | ***4439** | 65,50 |
2.º | García López, María Gema | ***2624** | 63,76 |
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