El 26 de septiembre de 2024, previa tramitación reglamentaria, se suscribió la adenda al citado convenio entre el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana y el Consejero de Economía y Hacienda de la Comunidad de Castilla y León, para la ejecución del Programa de Impulso a la Rehabilitación de Edificios Públicos.
Por ello, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del texto de la referida adenda, que figura como anexo a la presente resolución.
Madrid, 30 de septiembre de 2024.–La Directora General de Agenda Urbana y Arquitectura, María Teresa Verdú Martínez.
En Madrid, 26 de septiembre de 2024.
REUNIDOS
De una parte, don David Lucas Parrón, Secretario de Estado de Vivienda y Agenda Urbana, de acuerdo con el Real Decreto 976/2023, de 28 de noviembre, por el que se dispone su nombramiento; la disposición final 1.ª y el artículo 14.2 del RD 829/2023, de 20 de noviembre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, se suprime la Secretaría de Estado de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y se crea el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana como departamento encargado de la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de vivienda, agenda urbana, calidad de la edificación y suelo; el Real Decreto 208/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, y, actuando por delegación de la Ministra de Vivienda y Agenda Urbana, al amparo de lo dispuesto en la Orden VAU/717/2024, de 5 de julio, sobre delegación de competencias y sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos.
Y, de otra parte, Sr. Carlos Javier Fernández Carriedo, consejero de Economía y Hacienda de la Comunidad de Castilla y León, en virtud del Acuerdo 6/2022 de 19 de abril, del presidente de la Junta de Castilla y León (BOCYL de 20 de abril 2022).
Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir y
MANIFIESTAN
I. Que con fecha 29 de diciembre de 2021 se formalizó el Convenio entre el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (ahora Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana) y la Comunidad Autónoma de Castilla y León para la ejecución del Programa de Impulso a la Rehabilitación de Edificios Públicos.
II. El anexo I. Listado de Actuaciones de la Comunidad Autónoma de Castilla y León que acompaña al Convenio suscrito por la Comunidad Autónoma de Castilla y León recoge como actuaciones comprometidas por dicha Comunidad para el cumplimiento del objetivo CID, objeto del convenio, en fase 1 las siguientes actuaciones:
– 8F1-1 Estación Autobuses Soria.
– 8F1-2 Reforma Centro de Salud Rondilla I y II, Valladolid.
– 8F1-3 Estación Autobuses Ciudad Rodrigo, Salamanca.
En definitiva, la Comunidad Autónoma de Castilla y León, en virtud del convenio suscrito adquirió el compromiso particular de contribuir al objetivo CID36 de la Unión Europea, definido en dicho convenio, con la rehabilitación de 6.930 metros cuadrados, todos ellos en fase 1.
No obstante, para asegurar el cumplimiento de su compromiso particular incorporó al convenio un total de 9.558 metros cuadrados a rehabilitar.
Los metros cuadrados rehabilitados que excedan del objetivo CID particular asignado a la Comunidad Autónoma de Castilla y León en virtud de este convenio contribuirán, de igual modo, a incrementar el número de metros cuadrados rehabilitados del objetivo CID global comprometido con la Unión Europea.
III. En cuanto al plazo establecido en el convenio para la ejecución de las actuaciones que esta Comunidad tiene previstas en fase 1, en aras a su contribución al CID36, la cláusula sexta «Financiación y plazos», dispone al respecto:
«Las actuaciones financiables se deben ejecutar en el periodo de tiempo comprendido entre el 1 de febrero de 2020 y el 30 de septiembre de 2024 para las actuaciones adscritas sólo a la fase 1 o, hasta el 31 de marzo de 2026, para las de fase 2. Se recuerda que tiene la consideración de obra finalizada aquella que disponga de un Acta de recepción, la cual en ningún caso podrá ser posterior a la fecha límite señalada en este párrafo.»
IV. Ahora bien, las circunstancias sobrevenidas explicadas más abajo han hecho necesario que la Comunidad Autónoma de Castilla y León solicite modificación del plazo inicial previsto para las actuaciones de fase 1 por parte de esta, acordada por ambas partes en comisión bilateral de fecha de 27 de junio de 2024.
En concreto, esta Comunidad justifica su solicitud teniendo en cuenta las siguientes consideraciones:
«Si bien esta Comunidad de Castilla y León está en condiciones ya en el día de hoy de considerar cumplido el objetivo de haber finalizado las actuaciones consideradas como de fase 1, y por tanto de haber rehabilitado los 6.930 m2 asignados en el convenio para esa primera fase, en una de estas actuaciones se están llevando a cabo intervenciones complementarias que permitirían ampliar la superficie rehabilitada del edificio, con pleno cumplimiento de la mejora de eficiencia energética del edificio.
Estas intervenciones están actualmente en curso y, aunque se prevé concluyan antes del 30 de septiembre, se considera conveniente para garantizar su elegibilidad como actuación de fase 1, la modificación del clausulado del convenio ampliando hasta el 31 de diciembre de 2024 la fecha límite para ejecutar las actuaciones adscritas en el anexo I del convenio a esa primera fase. Esta fecha, 31 de diciembre de 2024, es compatible con el término recogido en la Decisión de Ejecución del Consejo o Council Implementing Decision (CID) para el objetivo 36.»
Todo ello ha determinado la tramitación de esta adenda al objeto de dar curso a la modificación del plazo inicial para las actuaciones de fase 1, estableciéndose como fecha máxima de terminación de las obras de fase 1 la de 31 de diciembre de 2024, manteniéndose vigentes el resto de los requisitos establecidos en el convenio para la justificación de las actuaciones dentro del marco del PIREP.
V. La modificación que esta adenda incorpora al convenio suscrito por parte de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, queda justificada por la necesidad de dar cumplimiento al compromiso adquirido por dicha Comunidad con la suscripción del referido convenio.
A tal efecto, se propone la modificación del plazo de terminación de las actuaciones de fase 1 referido al convenio entre el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (ahora Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana) y la Comunidad Autónoma de Castilla y León para la ejecución del Programa de Impulso a la Rehabilitación de Edificios Públicos.
En virtud de lo cual, las partes en la representación que ostentan, se reconocen la capacidad para otorgar el presente acuerdo expreso de modificación y
ACUERDAN
Modificar, de mutuo acuerdo, el plazo de finalización de las actuaciones de fase 1 que contribuyen al CID 36, estableciéndose como fecha máxima de terminación de las obras de fase 1 la de 31 de diciembre de 2024, sustituyendo así a la de 30 de septiembre de 2024 prevista en la cláusula sexta, «Financiación y plazos», del Convenio suscrito el 29 de diciembre de 2021 entre el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (ahora Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana) y la Comunidad Autónoma de Castilla y León para la ejecución del Programa de Impulso a la Rehabilitación de Edificios Públicos.
Y para que así conste a los efectos oportunos y, en prueba de conformidad, las partes firman la presente Adenda al Convenio entre el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (ahora Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana) y la Comunidad Autónoma de Castilla y León para la ejecución del Programa de Impulso a la Rehabilitación de Edificios Públicos, en el lugar y fechas indicados en el encabezamiento.–Por el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, la Ministra de Vivienda y Agenda Urbana, P. D. (Orden VAU/717/2024, de 5 de julio, artículo 7), el Secretario de Estado de Vivienda y Agenda Urbana, Fdo. electrónicamente: David Lucas Parrón.–Por la Comunidad Autónoma de Castilla y León, el Consejero de Economía, Hacienda de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, Fdo. electrónicamente: Carlos Javier Fernández Carriedo.
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