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Documento BOE-A-2024-20377

Resolución de 24 de septiembre de 2024, de la Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A., por la que se publica la Adenda de prórroga del Convenio con la Consejería de Sanidad y el Servicio Madrileño de Salud, en materia de propiedad industrial.

Publicado en:
«BOE» núm. 243, de 8 de octubre de 2024, páginas 125995 a 125997 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Turismo
Referencia:
BOE-A-2024-20377

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrita en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de la Adenda de prórroga del Convenio entre la Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A. y la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad y el Servicio Madrileño de Salud, en materia de propiedad industrial.

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición, en el plazo de un mes ante el órgano que dicta el acto, conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid o del correspondiente al domicilio del demandante, a elección del mismo, de acuerdo con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Madrid, 24 de septiembre de 2024.–La Directora de la Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A., Elisa Rodríguez Ortiz.

ADENDA DE PRÓRROGA DEL CONVENIO ENTRE LA OFICINA ESPAÑOLA DE PATENTES Y MARCAS, O.A. Y LA COMUNIDAD DE MADRID A TRAVÉS DE LA CONSEJERÍA DE SANIDAD Y EL SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD, EN MATERIA DE PROPIEDAD INDUSTRIAL

Madrid, 19 de septiembre de 2024.

REUNIDOS

De una parte, la Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A. (en adelante, OEPM) representada por doña Elisa Rodríguez Ortiz, Directora de la OEPM, nombrada por Real Decreto 556/2024, de 11 de junio, actuando como representante de la misma en virtud de las facultades que le confieren la Ley 17/1975, de 2 de mayo, sobre creación del Organismo Autónomo Registro de la Propiedad Industrial en su artículo quinto, y el Real Decreto 1270/1997, de 24 de julio, por el que se regula la Oficina Española de Patentes y Marcas en su artículo seis.

De otra parte, la Comunidad de Madrid, a través de la CONSEJERÍA DE SANIDAD, (en adelante, Consejería) representada por doña Fátima Matute Teresa, Consejera de Sanidad de la Comunidad de Madrid, nombrada por Decreto 44/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, y en virtud de las competencias que le otorga el artículo 4.3.a) de la Ley 8/1999, de 9 de abril, de adecuación a la Normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley Estatal 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada por la Ley 1/2001, de 29 de marzo, por la que se establece la duración máxima y el régimen de silencio administrativo de determinados procedimientos y el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid.

Y, de otra parte, el Servicio Madrileño de Salud (en adelante, SERMAS), representado por doña Laura Gutiérrez Barreno, Viceconsejera de Sanidad, nombrada por Decreto 257/2023, de 22 de noviembre, del Consejo de Gobierno, y Directora General del SERMAS, de acuerdo con el Decreto 76/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno, en nombre y representación del Servicio Madrileño de Salud, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 23.2 del Decreto 24/2008, de 3 de abril, por el que se establece el régimen jurídico y de funcionamiento del Servicio Madrileño de Salud, y en uso de la facultad establecida en el artículo 4.3.b) de la Ley 8/1999, de 9 de abril, de adecuación de la normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley Estatal 4/1999, de 13 de enero, en la redacción dada por la Ley 1/2001, de 29 de marzo, y el Acuerdo del Consejo de Administración del Servicio Madrileño de Salud de 9 de mayo de 2008, ratificado en su reunión de 17 de junio de 2020, por el que se delega en el titular de la Viceconsejería, la competencia en materia de convenios.

Las partes se reconocen recíprocamente capacidad legal suficiente y vigencia de las respectivas facultades con las que actúan, para suscribir el presente acuerdo y, a tal efecto,

EXPONEN

Primero.

Que con fecha 1 de julio de 2020, la OEPM, la Consejería, y el SERMAS, firmaron un convenio con el fin de facilitar, impulsar y estimular el conocimiento y la utilización de los derechos de propiedad industrial en materia de investigación e innovación, con una duración de cuatro años. El convenio fue inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal (REOICO), el 22 de septiembre de 2020, publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM), con fecha 3 de septiembre 2020, y en el «Boletín Oficial del Estado» (BOE), el 23 de septiembre de 2020, fecha en la que entró en vigor el convenio según la cláusula décima del mismo y la redacción que tenía en aquella fecha el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Segundo.

Que la cláusula décima del convenio, contempla la posibilidad de prórroga del mismo por un periodo máximo de otros cuatro años, de acuerdo con lo previsto en el artículo 49.h) 2.º de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, siempre que las partes acuerden por unanimidad su renovación.

Tercero.

Que, estando todas las partes de acuerdo en la procedencia de la prórroga, y permaneciendo el interés en continuar la colaboración con el fin de facilitar, impulsar y estimular el conocimiento y la utilización de los derechos de propiedad industrial en materia de investigación e innovación, por la presente adenda, se prorroga la duración del convenio por un plazo de otros cuatro años.

CLÁUSULAS

Primera. Prórroga.

Se acuerda la prórroga del convenio suscrito entre la OEPM, la CONSEJERÍA y el SERMAS, en materia de propiedad industrial, por un periodo de cuatro años de duración, es decir, hasta el 23 de septiembre de 2028.

Segunda. Permanencia inalterada del resto del convenio.

En todo lo no previsto ni expresamente modificado por la presente adenda, le será de aplicación el clausulado contenido en el convenio.

Tercera. Validez y eficacia de la presente adenda.

Los efectos de la presente adenda comenzarán tras su inscripción en el REOICO, sin perjuicio de su posterior publicación en el BOE y en el BOCM, de acuerdo con lo prescrito por el artículo 13 del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.

Y, en prueba de conformidad, y para la debida constancia de todo lo convenido, los intervinientes firman la presente adenda en Madrid, en la fecha indicada al principio de la adenda, tomándose como fecha de formalización del presente documento la fecha del último firmante.–Por la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, la Consejera de Sanidad, Fátima Matute Teresa.–Por el Servicio Madrileño de Salud, la Viceconsejera de Sanidad y Directora General del SERMAS, Laura Gutiérrez Barreno.–Por la Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A., la Directora, Elisa Rodríguez Ortiz.

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