Está Vd. en

Documento BOE-A-2024-20433

Decreto de 30 de septiembre de 2024, del Fiscal General del Estado, por el que se nombra Fiscal Delegado de Derechos Humanos y Memoria Democrática en la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Cantabria a don Carlos Yáñez Martínez.

Publicado en:
«BOE» núm. 244, de 9 de octubre de 2024, páginas 127114 a 127115 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - A. Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio Fiscal
Referencia:
BOE-A-2024-20433

TEXTO ORIGINAL

El 22 de julio de 2024, la Fiscal Superior de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Cantabria remitió a la Inspección Fiscal propuesta de nombramiento del fiscal, Ilmo. Sr. Don Carlos Yáñez Martínez, como Delegado de Derechos Humanos y Memoria Democrática en la citada Fiscalía.

La Inspección Fiscal de conformidad con lo establecido en el artículo 62 del Reglamento de la Carrera Fiscal solicitó la práctica de determinadas diligencias que tuvieron respuesta el día 1 de agosto de 2024.

Hechos

Con motivo del oficio remitido por la Fiscal de Sala Coordinadora de Derechos Humanos y Memoria Democrática a los Fiscales Jefes en fecha 23 de abril de 2024, la Fiscal Superior de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Cantabria realizó una convocatoria pública entre todos los miembros de la plantilla a fin de proceder a la designación de un delegado de la especialidad.

El cargo fue solicitado por don Carlos Yáñez Martínez y por don Jesús Dacio Arteaga Quintana, ambos tienen acreditada experiencia y formación para asumir la delegación.

El 19 de julio de 2024, la Fiscal Superior formuló propuesta de designación en favor de don Carlos Yáñez Martínez, en atención a su formación jurídica y mayor experiencia, destacando igualmente la profesionalidad del otro candidato.

Mediante informe de fecha 20 de septiembre de 2024, la Fiscal de Sala Coordinadora de la Unidad Especializada de Derechos Humanos y Memoria Democrática de la Fiscalía General del Estado no formuló objeción a su designación, informando en el mismo sentido el Consejo Fiscal (artículo 3.4 Real Decreto 437/1983).

Fundamentos de Derecho

Primero.

El Reglamento del Ministerio Fiscal aprobado por Real Decreto 305/2022, de 3 de mayo, establece que los Fiscales delegados, tanto autonómicos como provinciales, serán nombrados y, en su caso, relevados, mediante Decreto dictado por la persona titular de la Fiscalía General del Estado, a propuesta del Fiscal Jefe respectivo y previo informe del Fiscal de Sala Especialista o Delegado (artículo 62.2).

La misma norma prevé a los efectos referidos, que el Fiscal Jefe convocará la plaza de delegado especialista entre los fiscales de la plantilla, y que para su cobertura se atenderá preferentemente, dentro de los méritos alegados, el haber recibido formación específica en la materia propia de la especialidad y tener experiencia práctica.

La propuesta de nombramiento del Fiscal Jefe habrá de ser motivada y deberá ir acompañada de la relación de todos los fiscales que hayan solicitado el puesto con aportación de los méritos alegados. Una vez recibida en la Inspección Fiscal, se dará traslado al respectivo Fiscal de Sala, que podrá efectuar las consideraciones que estime pertinentes, resolviendo seguidamente la persona titular de la Fiscalía General del Estado, previa audiencia del Consejo Fiscal.

Finalmente se dispone que el nombramiento y cese de los Fiscales Delegados Especialistas, se publicará, a instancia de la persona titular de la Fiscalía General del Estado, en el «Boletín Oficial del Estado» (artículo 62.3).

Segundo.

Se han cumplido, por tanto, todos los trámites establecidos para proceder al nombramiento interesado. Asimismo, la propuesta de la Fiscal Superior de la Comunidad Autónoma de Cantabria está suficientemente motivada y avala la idoneidad del candidato.

En consecuencia, vista la propuesta formulada, de conformidad con las previsiones del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal y haciendo propia la fundamentación de la propuesta, se acuerda:

1. Nombrar al Ilmo. Sr. don Carlos Yáñez Martínez, Fiscal Delegado de Derechos Humanos y Memoria Democrática en la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

2. Notifíquese lo acordado a la Fiscal Jefa Inspectora, a la Fiscal Sala Coordinadora de Derechos Humanos y Memoria Democrática, a la Fiscal Superior de la Fiscalía Autónoma de Cantabria, que trasladará copia del presente decreto a los Fiscales interesados, poniéndolo en conocimiento de todos los Fiscales de la plantilla.

3. Publicar el presente Decreto en el «Boletín Oficial del Estado».

4. Poner de manifiesto que contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cabe interponer en el plazo de un mes recurso potestativo de reposición, a contar desde el día siguiente a su notificación, ante la Fiscalía General del Estado (C/ Fortuny n.º 4, Madrid 28010) en los términos establecidos por el artículo 123 y concordantes de aquella ley o, alternativamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, según lo establecido en los artículos 12.1.b) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación, conforme a lo dispuesto en el artículo 46 de esta misma ley.

Madrid, 30 de septiembre de 2024.–El Fiscal General del Estado, Álvaro García Ortiz.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid