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Documento BOE-A-2024-21025

Resolución de 7 de octubre de 2024, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se publica la convocatoria para la provisión de puesto de trabajo reservado al personal funcionario de administración local con habilitación de carácter nacional, por el sistema de libre designación.

Publicado en:
«BOE» núm. 249, de 15 de octubre de 2024, páginas 132279 a 132280 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública
Referencia:
BOE-A-2024-21025

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo dispuesto en el apartado sexto del artículo 92 bis de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, así como en el artículo 46 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico del personal funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, y en uso de las competencias conferidas en el Real Decreto 210/2024, de 27 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, esta Dirección General acuerda publicar, en extracto, la convocatoria para la provisión por el sistema de libre designación del puesto de Vicesecretario/aria y director/a de la Secretaría de la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Palma, convocado por la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas de la Comunidad Autónoma de Illes Balears, reservado a personal funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional y relacionado en el anexo, con arreglo a las siguientes bases:

Primera.

El puesto de trabajo que se anuncia podrá ser solicitado por el personal funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, perteneciente a la Subescala, y en su caso categoría, a que está reservado.

No podrá concurrir a la convocatoria el personal funcionario que se encuentren en las situaciones previstas en el artículo 36.2 a), b) y c) del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico del personal funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Segunda.

Los interesados dirigirán su solicitud a la Corporación convocante, dentro de los quince días hábiles a partir del siguiente al de la publicación de la presente resolución en el «Boletín Oficial del Estado», acompañando a la solicitud la documentación acreditativa de reunir los requisitos para su desempeño, en los términos que figuren en la convocatoria.

Tercera.

Los aspirantes deberán sujetarse a las bases de la convocatoria publicadas íntegramente en el diario oficial indicado en el anexo.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente, recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante esta Dirección General, o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como en los artículos 10.1 i) y 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, y sin perjuicio de cualquier otro recurso que se pudiera interponer.

Madrid, 7 de octubre de 2024.–La Directora General de la Función Pública, María Isabel Borrel Roncalés.

ANEXO

Corporación: Ayuntamiento de Palma.

Denominación del puesto: Vicesecretario/aria y director/a de la Secretaría de la Junta de Gobierno.

Complemento específico anual: 59.004,82 euros.

Requisitos de los aspirantes: Pertenecer a la Escala de Funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, de la Subescala de Secretaría, Categoría Superior.

Publicación íntegra de la convocatoria: Resolución de la Consejera de Presidencia y Administraciones Públicas de 17 de septiembre de 2024 Publicada en «Boletin Oficial de las Illes Balears», núm. 125, de 24 de septiembre de 2024.

Conocimiento de la lengua propia de la Comunidad Autónoma: De acuerdo con lo establecido en el artículo 4 del Decreto 2/2017, de 13 de enero, de exigencia del conocimiento de la lengua catalana en los procedimientos de provisión de puestos de trabajo de las entidades locales de las Illes Balears reservados a personal funcionario de la Administración Local con habilitación de carácter nacional, estar en posesión del certificado de conocimientos de catalán del nivel B2 o equivalente.

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