Advertido error en la Resolución de 19 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Justicia y Autogobierno, de la Consellería de Justicia e Interior por la que se convoca la provisión de puestos de trabajo por el sistema de libre designación en los Servicios Comunes Procesales de Asuntos Generales y en las Oficinas Fiscales de la Comunitat Valenciana (BOE de 1 de octubre de 2024 y DOGV de 30 de septiembre de 2024), y según lo establecido en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
En la base primera de la citada resolución:
Donde dice:
«1.1 Los puestos de trabajo que se convocan podrán ser solicitados por el personal funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, que se encuentre en situación de servicio activo o en cualquier otra situación administrativa no excluida que comporte reserva de puesto de trabajo y que cumplan los requisitos de participación en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 del Reglamento de ingreso, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional del personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia, aprobado por Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre.»
Debe decir:
«1.1 Los puestos de trabajo que se convocan podrán ser solicitados por el personal funcionario de carrera perteneciente al Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa cualquiera que sea su situación administrativa, con excepción de los que se encuentren en alguna de las situaciones previstas en el apartado 2 del artículo 43 del Reglamento de ingreso, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional del personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia, aprobado por Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, siempre que reúnan las condiciones generales exigidas y los requisitos determinados en esta convocatoria en la fecha en que termine el plazo de presentación de las solicitudes de participación y las mantengan hasta la resolución definitiva de la convocatoria.»
Teniendo presente que el plazo de presentación de solicitudes ha concluido, se procede a otorgar un nuevo plazo de presentación de solicitudes de diez días hábiles a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución en el «Boletín Oficial del Estado» y el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana». Si dicha simultaneidad no fuese posible, dicho plazo se contará a partir de la publicación en el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana».
València, 16 de octubre de 2024.–La Directora General de Justicia y Autogobierno, María José Adalid Hinarejos.
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