El Consejo de Administración del Patrimonio Nacional (en lo sucesivo, CAPN) es una entidad de derecho público, adscrita a la Presidencia del Gobierno y que se regula por la Ley 23/1982, de 16 de junio (modificada por la disposición final primera de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público) y por su Reglamento de desarrollo, aprobado por Real Decreto 496/1987, de 18 de marzo que, a su vez, ha sido modificado por última vez por el Real Decreto 214/2014, de 18 de marzo.
El CAPN tiene como fin la gestión y administración de los bienes y derechos de titularidad del Estado afectados al uso y servicio del Rey y de los miembros de la Real Familia para el ejercicio de la alta representación que la Constitución y las leyes les atribuyen y, en cuanto sea compatible con esa afectación, promover su uso con fines culturales, científicos y docentes.
En consecuencia, conforme a lo previsto en el artículo 13.4 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y de acuerdo con lo dispuesto en la disposición adicional única del Real Decreto 496/1987, de 18 de marzo, por la presente se convoca proceso selectivo para proveer el puesto de trabajo de Director/Directora de las Colecciones Reales-Director/Directora de la Galería de las Colecciones Reales, con arreglo a las siguientes bases y siguiendo los criterios recogidos en el Código de buenas prácticas de museos y centros de arte:
I. Funciones del Director/Directora de las Colecciones Reales.
Le corresponde el ejercicio de las siguientes funciones:
a) La gestión integral de los bienes muebles de carácter histórico-artístico que constituyen las Colecciones Reales, las bibliotecas reales y los archivos históricos adscritos al Patrimonio Nacional, así como la actualización permanente del inventario de dichos bienes.
b) La dirección científica, técnica y de gestión de la Galería de las Colecciones Reales.
c) La conservación y restauración de los bienes contenidos en el apartado a).
d) La investigación histórica, artística y cultural de todos los bienes integrantes del Patrimonio Nacional y la catalogación y documentación de los bienes contenidos en el apartado a).
e) La presentación y exposición pública de los bienes contenidos en el apartado a).
f) La dirección y programación de las exposiciones temporales.
g) La gestión de los préstamos para exposiciones y los depósitos de obras solicitados por otras instituciones.
h) La dirección científica y coordinación de los proyectos de investigación y las publicaciones de contenido histórico y artístico sobre las Colecciones Reales y los Reales Sitios.
i) La elaboración de los contenidos científicos, educativos y de difusión de carácter histórico y artístico relacionados con las Colecciones Reales y los Reales Sitios.
j) La propuesta de adquisición y/o aceptación de donaciones de bienes muebles, fondos documentales y fondos bibliográficos de interés histórico o artístico.
II. Régimen de contratación.
La persona seleccionada para ocupar el puesto que se convoca estará sometida a la relación laboral de alta dirección, con sujeción a lo dispuesto en el Real Decreto 1382/1985, de 1 de agosto, por el que se regula la relación laboral de carácter especial del personal de alta dirección, el Real Decreto 451/2012, de 5 de marzo, por el que se regula el régimen retributivo de los máximos responsables y directivos en el sector público empresarial y otras entidades y la disposición adicional octava del Real Decreto-ley 3/2012, de 10 de febrero, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral.
III. Requisitos y méritos de las personas aspirantes.
III.A Requisitos de las personas aspirantes.
Las personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Nacionalidad:
a. Tener la nacionalidad española.
b. Ser nacional de los Estados miembros de la Unión Europea.
c. Cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge que vivan a su cargo, menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
d. Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
e. Los extranjeros que no estando incluidos en los párrafos anteriores se encuentren con residencia legal en España.
b) Las personas aspirantes deberán estar en posesión del título de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Grado o tener cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o en su caso del correspondiente certificado de equivalencia.
c) Compatibilidad funcional: Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
d) Habilitación: No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
III.B Méritos de los candidatos.
Para la valoración de las candidaturas, se tendrán en cuenta los siguientes méritos:
a) Haber tenido una trayectoria y experiencia significativas en el desempeño de puestos de responsabilidad en la dirección y gestión en el ámbito de la cultura y el patrimonio, en museos o centros de arte, o en la conservación de colecciones de bienes o monumentos.
b) Poseer habilidades de liderazgo, así como dotes para la comunicación y negociación, planificación, determinación de prioridades, toma de decisiones, solución de conflictos y evaluación de la eficiencia y eficacia organizativas.
c) Experiencia en la coordinación y dirección de equipos de trabajo multidisciplinares, así como en la coordinación de gestión económico-administrativa y de personal.
d) Poseer un conocimiento de idiomas extranjeros que permita garantizar su comunicación fluida con colegas de otros países y la representación del organismo en los foros internacionales pertinentes.
e) Se valorará el conocimiento del sector y la capacidad de representar a la Galería y, en su caso, a Patrimonio Nacional en el más amplio espectro de ámbitos, y para construir y desarrollar redes de relaciones tanto internas como externas.
Para la valoración de dichos méritos los candidatos al puesto de Dirección deberán presentar la siguiente documentación:
1. Documentación acreditativa de su formación y desempeños laborales.
2. Currículo completo que exponga sus méritos y su experiencia.
3. Una Memoria donde se expongan las líneas principales de su propuesta para la gestión de las colecciones reales y la operación integral de la Galería de las Colecciones Reales en los próximos años, de extensión no superior a las 8.000 palabras. En esa memoria el candidato/a habrá de pronunciarse sobre las siguientes cuestiones:
– Propuesta para el posicionamiento de la Galería y los Reales Sitios en la red cultural nacional e internacional.
– Enfoque propuesto y prioridades de gestión para la Dirección de Colecciones Reales y la Galería, entendiendo ésta como espacio de difusión y divulgación, así como de referencia e investigación tanto para el sector cultural como para la ciudadanía.
IV. Presentación de candidaturas.
De conformidad con lo establecido en la disposición adicional primera del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del Sector Público por medios electrónicos, la presentación de solicitudes y su documentación relacionada se realizará exclusivamente a través de medios electrónicos.
Quienes deseen participar deberán cumplimentar el modelo de Solicitud de Participación que estará disponible en la sección de Empleo Público de la página web de Patrimonio Nacional (www.patrimonionacional.es/empleo-publico).
La presentación de solicitudes y documentación se realizará en el plazo de diez días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», a través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do), sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, para las solicitudes que se cursen desde el extranjero.
Las solicitudes, así como la documentación adjunta, se dirigirán a la Gerencia del Consejo de Administración de Patrimonio Nacional. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión de la persona aspirante.
V. Comisión de Asesoramiento.
La selección del Director/Directora de Colecciones Reales corresponde a la titular de la Presidencia del CAPN.
La idoneidad de los/las aspirantes será evaluada de acuerdo con los principios de mérito y capacidad en relación con las características y necesidades del puesto de trabajo a desempeñar.
En esa labor contará con el asesoramiento de una comisión compuesta por personalidades de reconocido prestigio en los sectores interesados (producción artística, discurso y difusión del arte, gestión del patrimonio y CAPN), que examine con total independencia las candidaturas y formule la propuesta de un máximo de tres candidatos.
Esta comisión estará presidida por doña Ana María Arias de Cossío, vocal del CAPN y estará compuesta por siete vocales más un secretario:
– Sr. don Alejandro Nuevo, Director del Museo Nacional de Escultura de Valladolid.
– Sr. don Manuel Segade, Director del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía.
– Sr. don Miguel Falomir, Director del Museo Nacional del Prado.
– Sra. doña Carmen Iglesias Cano, Directora de la Real Academia de la Historia.
– Sra. don Isaac Sastre de Diego, Director General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes.
– Sra. doña Soledad Gil de los Reyes, Directora del Museo Arqueológico de Sevilla.
– Sr. don Evelio Acevedo, Director Gerente del Museo Nacional Thyssen-Bornemisza.
Serán Suplentes:
– Sr. don Miguel Zugaza, Director del Museo de Bellas Artes de Bilbao.
– Sr. don Tomás Marco, Director de la Real Academia de las Bellas Artes.
Actuará como Secretaria, con voz y voto, la Gerente del Consejo de Administración de Patrimonio Nacional, doña María Dolores Menéndez Company.
La comisión de asesoramiento comprobará el cumplimiento de los requisitos de participación y evaluará el proyecto y los méritos del candidato o candidata; posteriormente, la comisión de asesoramiento realizará una propuesta de candidato o candidatos a la Presidencia del CAPN, tras la que se podrá realizar una entrevista para la designación definitiva.
VI. Ampliación de información.
Las personas interesadas pueden obtener más información de esta convocatoria dirigiéndose, si fuera necesario, a la Gerencia del Consejo de Administración de Patrimonio Nacional, en el correo electrónico: gerencia@patrimonionacional.es.
VII. Confidencialidad.
El CAPN garantiza la absoluta confidencialidad de todos los datos personales y profesionales de los candidatos, asegurando que la participación de los no seleccionados se mantendrá en el estricto ámbito del conocimiento y valoración del Comisión de Asesoramiento. Se hará público, exclusivamente, el nombre del candidato que resulte seleccionado.
Finalizado el proceso de selección, los candidatos que no resulten elegidos, disponen de un plazo de tres meses, para retirar la documentación presentada; el CAPN procederá a destruir la documentación presentada por los candidatos que no se hubiera retirado en el plazo indicado.
VIII. Principio de igualdad.
La presente convocatoria se rige por los principios de igualdad de trato y de oportunidades y no discriminación por razón de sexo por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y el Acuerdo del Consejo de Ministros, de 9 de diciembre de 2020, por el que se aprueba el III Plan para la Igualdad de género en la Administración General del Estado y en los Organismos Públicos vinculados o dependientes de ella.
Asimismo, la convocatoria se ajusta a lo dispuesto en la Orden TDF/379/2024, de 26 de abril, para la regulación de especialidades de los procedimientos de provisión de puestos del personal directivo público profesional y las herramientas para su gestión en el marco de lo dispuesto en el Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo.
Contra la presente convocatoria podrán interponerse, con carácter potestativo, los recursos que procedan con arreglo a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien demanda ante los Juzgados de lo Social de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.2 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social.
Madrid, 17 de octubre de 2024.–El Subsecretario de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, P.D. (Orden PJC/1062/2024, de 3 de octubre), la Gerente del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional, María Dolores Menéndez Company.
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