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El 20 de septiembre de 2024 se remitió a la Inspección Fiscal de la Fiscalía General del Estado la propuesta de nombramiento de la Ilma. Sra. doña Olga Suárez Herranz, Fiscal Jefa de la Fiscalía Provincial de Cáceres, como Fiscal Delegada de Derechos Humanos y Memoria Democrática. En fecha 26 de septiembre de 2024 la Excma. Sra. Fiscal de Sala Coordinadora de Derechos Humanos y Memoria Democrática de la Fiscalía General del Estado remitió a la Inspección Fiscal escrito en el que muestra su conformidad con la propuesta efectuada.
Hechos
Con motivo del oficio remitido por la Fiscal de Sala a los Fiscales Jefes en fecha 23 de abril de 2024, la jefatura de la Fiscalía Provincial de Cáceres realizó una convocatoria pública entre todos los miembros de la plantilla a fin de proceder a la designación de un delegado provincial de la especialidad, siendo la única solicitante la Fiscal Jefa, por lo que ha elevado la propuesta a la Inspección Fiscal.
La nota interior de la Fiscal de Sala Coordinadora de Derechos Humanos y Memoria Democrática estima pertinente la propuesta formulada, al reunir la candidata la especial formación y la específica experiencia profesional requeridas para desempeñar el cargo de forma eficaz. Tampoco ha formulado objeción alguna el Consejo Fiscal [artículo 3.d) RD 437/1983, de 9 de febrero].
Fundamentos de Derecho
El Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal dispone que los fiscales decanos de las fiscalías serán nombrados y, en su caso, relevados mediante resolución dictada por el Fiscal General del Estado, a propuesta motivada del fiscal jefe respectivo. Igualmente, para la cobertura de estos cargos y con carácter previo, exige que se realice una convocatoria entre los fiscales de la plantilla, así como que a la propuesta se acompañe relación de todos los fiscales que lo hayan solicitado con aportación de los méritos alegados (art. 36.4).
La Instrucción de la FGE núm. 5/2008, de 18 de diciembre, sobre adaptación del sistema de nombramientos y estatus de los Delegados de las Secciones Especializadas de las Fiscalías y del régimen interno de comunicación y relación con las áreas de especialización delegadas tras la reforma operada por Ley 24/2007, de 9 de octubre, complementa la anterior disposición legal al aclarar que se seguirá el mismo procedimiento de designación en los casos en los que el delegado provincial de la especialidad que se propone no tenga el rango de decano.
Esta misma Instrucción precisa que los nombramientos y ceses de los delegados de la especialidad irán precedidos de un trámite de audiencia del correspondiente fiscal de sala coordinador, que podrá efectuar las consideraciones que estime pertinentes y, seguidamente, trasladará la propuesta al Fiscal General del Estado a través de la Inspección Fiscal.
El Real Decreto 305/2022, de 3 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento del Ministerio Fiscal, regula en su artículo 62.2 el nombramiento de los fiscales delegados especialistas:
«2. Los Fiscales delegados especialistas, tanto autonómicos como provinciales, serán nombrados y, en su caso, relevados, mediante decreto dictado por la persona titular de la Fiscalía General del Estado, a propuesta del Fiscal Jefe respectivo y previo informe del Fiscal de Sala Especialista o Delegado.
El Fiscal Jefe convocará la plaza de delegado especialista entre los fiscales de la plantilla. Para su cobertura se atenderá preferentemente, dentro de los méritos alegados, el haber recibido formación específica en la materia propia de la especialidad y tener experiencia práctica. En el caso de los Fiscales Delegados Especialistas autonómicos, la plaza se convocará entre los Delegados Especialistas provinciales de la comunidad autónoma.
La propuesta de nombramiento del Fiscal Jefe habrá de ser motivada y deberá ir acompañada de la relación de todos los fiscales que hayan solicitado el puesto con aportación de los méritos alegados. Una vez recibida por la Inspección Fiscal, dará traslado al respectivo Fiscal de Sala, que podrá efectuar las consideraciones que estime pertinentes, resolviendo seguidamente la persona titular de la Fiscalía General del Estado, previa audiencia del Consejo Fiscal.»
Se han cumplido, por tanto, todos los trámites establecidos para proceder al nombramiento interesado. Asimismo, la propuesta de la Fiscal Jefa de la Fiscalía Provincial de Cáceres está suficientemente motivada y avala la idoneidad de la candidata.
En consecuencia, vista la propuesta formulada, de conformidad con las previsiones del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal y haciendo propia la fundamentación de aquella, acuerdo:
1. Nombrar a la Ilma. Sra. doña Olga Suárez Herranz, Fiscal Jefa de la Fiscalía Provincial de Cáceres como Fiscal Delegada de Derechos Humanos y Memoria Democrática de la Fiscalía Provincial de Cáceres.
2. Notificar lo acordado a la Fiscal Jefa Inspectora, a la Fiscal de Sala Coordinadora de Derechos Humanos y Memoria Democrática, al Fiscal Superior de Extremadura, a la Fiscal Jefa de la Fiscalía Provincial de Cáceres, quien lo pondrá en conocimiento de todos los fiscales de la plantilla.
3. Publicar el presente decreto en el «Boletín Oficial del Estado» (art. 62.3 RMF).
Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante la Fiscalía General del Estado (C/ Fortuny, 4, Madrid 28010) en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación, en los términos establecidos en el artículo 123 y concordantes de aquella ley o, alternativamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo, según lo establecido en los artículos 12.1.b) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación, conforme a lo dispuesto en el artículo 46 de esta misma ley.
Madrid, 10 de octubre de 2024.–El Fiscal General del Estado, Álvaro García Ortiz.
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