De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la adenda de modificación y prórroga del convenio entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y las entidades asociativas representativas del sector pesquero y acuícola, colaboradoras en la gestión y pago de las ayudas previstas en el Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, que figura como anexo a la presente resolución.
Madrid, 18 de octubre de 2024.–La Secretaria General de Pesca, María Isabel Artime García.
En Madrid, 15 de octubre de 2024.
REUNIDOS
De una parte, doña María Isabel Artime García, Secretaria General de Pesca en virtud del Real Decreto 86/2023, de 8 de febrero, por el que se dispone su nombramiento, y actuando, en nombre y representación del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) por delegación del titular del Departamento de acuerdo con la Orden APA/21/2019, de 10 de enero, de fijación de límites para administrar ciertos gastos y de delegación de competencias en el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
Y de otra parte:
– La entidad organización de productores de pesca ANACEF con NIF G35337575, domiciliada en Las Palmas de Gran Canaria, calle Luis Morote, 6.º-6.ª, puerta 3, CP 35007, representada en este acto por Juan Carlos Martín Fragueiro, según acredita mediante los poderes presentados.
– La entidad asociación nacional de armadores de buques atuneros congeladores (ANABAC) con NIF G48092662, domiciliada en Bermeo, Bizkaia, calle Txibitxiaga, 24.º, puerta entreplanta, CP 48370, representada en este acto por Anertz Muniategi Bilbao, según acredita mediante los poderes presentados.
– La entidad asociación empresarial de acuicultura de España (APROMAR) con NIF G78295748, domiciliada en Chiclana de la Frontera, Cádiz, calle Leche Santa, 2.º, CP 11130, representada en este acto por Francisco Javier Ojeda González-Posada, según acredita mediante los poderes presentados.
– La entidad organización de palangreros guardeses (OR.PA.GU.) con NIF G36261881, domiciliada en A Guarda, Pontevedra, calle Manuel Álvarez, 16.º, puerta Bajo, CP 36780, representada en este acto por Joaquín Cadilla Castro, según acredita mediante los poderes presentados.
– La entidad organización de productores de buques congeladores de merlúcidos, cefalópodos y especies varias (OPPC3) con NIF G36643070, domiciliada en Vigo, Pontevedra, Porto Pesqueiro, Edificio Ramiro Gordejuela, CP 36202, según acreditan los poderes presentados.
– La entidad organización de productores de pesca fresca del puerto de Vigo con NIF G36643088, domiciliada en Vigo, Pontevedra, Porto Pesqueiro, Edificio Armadores, CP 36202, representada en este acto por Edelmiro Ulloa Alonso, según acredita mediante los poderes presentados.
– La entidad organización de productores asociados de grandes atuneros congeladores con NIF G78234374, domiciliada en Madrid, Madrid, calle Ayala, 54.º, puerta 2A, CP 28001, representada en este acto por Julio Morón Ayala, según acredita mediante los poderes presentados.
– La entidad organización de productores nacional de palangreros de altura (OPNAPA) OPP-88 con NIF G02980480, domiciliada en Vigo, Pontevedra, calle Porto Pesqueiro, Edificio Armadores, CP 36202, representada en este acto por Edelmiro Ulloa Alonso, según acredita mediante los poderes presentados.
– La entidad organización de productores pesqueros artesanales de la lonja de Conil (OPP-72) con NIF G72180805, domiciliada en Conil de la Frontera, Cádiz, calle Puerta de Cádiz, 5.º, CP 11140, representada en este acto por Nicolás Fernández Muñoz, según acredita mediante los poderes presentados.
– La entidad organización de productores pesqueros de Almería (OPP-71) con NIF B04701793, domiciliada en Almería, Almería, Puerto Pesquero, Lonja Pescados, CP 04002, representada en este acto por José María Gallart García, según acredita mediante los poderes presentados.
– La entidad asociación empresarios de la pesca Almería (ASOPESCA) con NIF G04302907, domiciliada en Almería, Almería, Puerto Pesquero, Lonja Pescados, CP 04002, representada en este acto por María Ángeles Cayuela Campoy, según acredita mediante los poderes presentados.
– La entidad organización de productores de pesca puerto y ría de Marín con NIF G36044790, domiciliada en Marin, Pontevedra, Puerto Pesquero, Anexo Lonja, CP 36900, representada en este acto por Francisco Javier Teijeira González, según acredita mediante los poderes presentados.
– La entidad asociación de armadores de palangre de Riveira y Aguiño con NIF G15341704, domiciliada en Riveira, A Coruña, Avenida Malecon, 38.º, puerta entresuelo C, CP 15960, representada en este acto por José Antonio González Lijo, según acredita mediante los poderes presentados.
– La entidad pescadores de carboneras SCA (OPP-66) con NIF F04158762, domiciliada en Carboneras, Almería, calle Bailen, 3.º, puerta B, CP 04140, representada en este acto por Juan Belmonte Hernández, según acredita mediante los poderes presentados.
– La entidad organización de productores artesanales de Cantabria (OPACAN) con NIF G39553607, domiciliada en Santander, Cantabria, calle Andrés del Río, 7.º, puerta 2 Bajo, CP 39004, representada en este acto por César Nates Fernández, según acredita mediante los poderes presentados.
– La entidad asociación nacional de armadores de buques congeladores de pesca de marisco (ANAMAR) con NIF G21013164, domiciliada en Huelva, Huelva, calle Lentisco, 1.º, puerta 11, CP 21001, representada en este acto por Francisco Guil Arreciado, según acredita mediante los poderes presentados.
– La entidad organización de productores de mejillón de Galicia (OPMEGA) OPP-18 con NIF G36041234, domiciliada en Vilagarcía de Arousa, Pontevedra, Avenida de la Marina, Edificio Mejillón de Galicia, 25.º, CP 36600, representada en este acto por Ricardo Manuel Herbón González, según acredita mediante los poderes presentados.
– La entidad organización de productores pesqueros de Burela (OPP-07) con NIF G27031368, domiciliada en Burela, Lugo, Muelle Pesquero, CP 27880, representada en este acto por Juan José Otero Fernández, según acredita mediante los poderes presentados.
– La entidad confederación española de pesca (CEPESCA) con NIF V85109445, domiciliada en Madrid, Madrid, calle Núñez de Balboa, 49.º, puerta 3 izquierda, CP 28001, representada en este acto por Javier Garat Pérez, según acredita mediante los poderes presentados.
– La entidad federación de cofradías de pescadores del principado de Asturias (FECOPPAS) con NIF V33033457, domiciliada en Gijón, Asturias, Área Servicios Logísticos, Aptado. 7, Puerto de El Musel, CP 33212, representada en este acto por Adolfo García Méndez, según acredita mediante los poderes presentados.
– La entidad federació balear de confraries de pescadors con NIF V07103591, domiciliada en Palma, Illes Balears, calle Moll Vell, 17.º, puerta 1, CP 07012, representada en este acto por Domingo Bonnin Bautista, según acredita mediante los poderes presentados.
– La entidad federación nacional de cofradías de pescadores (FNCP) con NIF V28615789, domiciliada en Madrid, Madrid, plaza Puerta del Sol, 6.º, puerta 4 izqda., CP 28013, representada en este acto por José Basilio Otero Rodríguez, según acredita mediante los poderes presentados.
– La entidad federación provincial de cofradías de pescadores de Alicante con NIF V03082427, domiciliada en Alicante, Alicante, calle Pintor Aparicio, 3.º, puerta entresuelo, CP 03003, representada en este acto por Pedro Angel Carmona Pérez, según acredita mediante los poderes presentados.
– La entidad federación provincial de cofradías de pescadores de Lugo con NIF V27017284, domiciliada en Burela, Lugo, Porto Pesqueiro, CP 27880, representada en este acto por José Basilio Otero Rodríguez, según acredita mediante los poderes presentados.
– La entidad federación provincial de cofradías de pescadores de Tarragona con NIF V43290501, domiciliada en Tarragona, Tarragona, calle Nou de Sant Pau, 3.º, puerta 1-3, CP 43004, representada en este acto por Eusebio Francisco Rosales Pepiol, según acredita mediante los poderes presentados.
– La entidad federación de cofradías de pescadores de Gipuzkoa con NIF G20062956, domiciliada en Donostia, Gipuzkoa, calle Zuatzu, Edificio Ulia, 1.º, puerta 4-Bj, CP 20018, representada en este acto por María Antonia Garmendia Ceberio, según acredita mediante los poderes presentados.
– La entidad federación de cofradías de pescadores de Bizkaia con NIF V48094692, domiciliada en Bilbao, Bizkaia, calle Bailén, 7.º, puerta Bajo, CP 48003, representada en este acto por Aurelio Bilbao Barandica, según acredita mediante los poderes presentados.
– La entidad federación provincial de cofradías de pescadores de Castellón con NIF V12029443, domiciliada en Grao Castellón, Castellón, Puerto Pesquero Castellón, Muelle de Costa, CP 12100, representada en este acto por Mateo Fresquet Mercant, según acredita mediante los poderes presentados.
– La entidad federación de cofradías de pescadores de Cádiz con NIF V11402716, domiciliada en Conil de La Frontera, Cádiz, calle Puerta de Cádiz, 1.º, CP 11140, representada en este acto por Nicolás Fernández Muñoz, según acredita mediante los poderes presentados.
Todas las partes se reconocen capacidad jurídica suficiente para suscribir la presente adenda de modificación y prórroga y, a tal efecto,
EXPONEN
El MAPA y las entidades señaladas firmaron con fecha 18 de octubre de 2022 un convenio de colaboración para la gestión y pago de las ayudas previstas en los artículos 34 y 35 del Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania. Dicho acuerdo fue inscrito en el Registro de Convenios de Colaboración y Encomiendas de Gestión del Sector Público Estatal (RCESPE) el 18 de octubre de 2022, fecha a partir de la cual el convenio adquirió eficacia, y se publicó en el «Boletín Oficial del Estado» de 13 de febrero de 2023.
Posteriormente se publicó la Orden APA/986/2022, de 17 de octubre (BOE de 20 de octubre), por la que se concretan y modifican determinados requisitos y condiciones relativos al procedimiento de concesión de las ayudas recogidas en los artículos 34 y 35 del Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, y por la que se convocan dichas ayudas para el año 2022.
Al MAPA le corresponden y ejerce a través de la Dirección General de Ordenación Pesquera y Acuicultura, dependiente de la Secretaría General de Pesca, las competencias propias del Departamento sobre planificación y ejecución de la política en materia de pesca marítima en aguas exteriores y acuicultura, de ordenación básica del sector pesquero, de control e inspección y la lucha contra la pesca ilegal, la gestión y la coordinación de los fondos comunitarios destinados a la pesca y la acuicultura, la planificación de la actividad económica y orientación de mercado en materia de comercialización y transformación de los productos pesqueros y acuícolas, y la participación en la planificación y ejecución de la política de investigación en materia de pesca y acuicultura. Todo ello de conformidad con el Real Decreto 717/2024, de 23 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, que viene a sustituir al Real Decreto 430/2020, de 3 de marzo, ya derogado.
Conforme a lo dispuesto en la cláusula tercera del citado convenio, éste podrá modificarse y prorrogarse por mutuo acuerdo de las partes antes de su finalización, mediante la correspondiente adenda, sin que la duración total del convenio pueda exceder la duración prevista en el artículo 16.2 de la Ley General de Subvenciones.
No habiendo finalizado las entidades colaboradoras la totalidad de las actuaciones relativas a la gestión y pago de las ayudas para las que se firmó el convenio de 18 de octubre de 2022, y teniendo en cuenta las obligaciones asumidas por las mismas, que son las que establece el artículo 15 de la Ley 38/2033, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, procede prorrogarlo, en los mismos términos, por un nuevo periodo de dos años.
Procede la modificación del texto del convenio para introducir en la cláusula segunda la regulación de la Orden APA/986/2022, de 17 de octubre.
Por todo ello, todas las partes acuerdan suscribir la presente adenda de prórroga y modificación al convenio, que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
La presenta adenda tiene como objeto prorrogar por dos años el convenio suscrito el 18 de octubre de 2022 entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y las entidades asociativas representativas del sector pesquero y acuícola, colaboradoras en la gestión y pago de las ayudas previstas en el Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo.
En segundo lugar, esta adenda tiene asimismo por objeto actualizar en el clausulado las normas por las que se rigen estas ayudas.
El primer párrafo de la cláusula segunda queda redactado como sigue:
«Las partes se comprometen, cada una en su ámbito de actuación, a respetar lo previsto en el Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, y en la Orden APA/986/2022, de 17 de octubre (BOE de 20 de octubre), por la que se concretan y modifican determinados requisitos y condiciones relativos al procedimiento de concesión de las ayudas recogidas en los artículos 34 y 35 del Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, y por la que se convocan dichas ayudas para el año 2022.»
Las partes acuerdan prorrogar hasta el día 19 de octubre de 2026 la duración del convenio, desde la finalización de la vigencia inicialmente acordada para el mismo.
La presente adenda se perfeccionará por la prestación del consentimiento de las partes y resultará eficaz una vez inscrita en el Registro de Convenios de Colaboración y Encomiendas de Gestión del Sector Público Estatal (RCESPE). No obstante, el inicio de la eficacia quedará demorada en los términos previstos en la cláusula anterior. Asimismo, será publicado en el plazo de diez días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado».
Y en prueba de conformidad, así como para la debida constancia de cuanto queda convenido, se firma la presente adenda, en el lugar y fecha en el inicio indicados.–El Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, P.D. (Orden APA/21/2019, de 10 de enero, modificada por Orden APA/102/2023, de 30 de enero), la Secretaria General de Pesca, María Isabel Artime García.–El representante de la entidad organización de productores de pesca ANACEF, Juan Carlos Martín Fragueiro.–El representante de la entidad asociación nacional de armadores de buques atuneros congeladores (ANABAC), Anertz Muniategi Bilbao.–El representante de la entidad asociación empresarial de acuicultura de España (APROMAR), Francisco Javier Ojeda González-Posada.–El representante de la entidad organización de palangreros guardeses (OR.PA.GU.), Joaquín Cadilla Castro.–El representante de la entidad organización de productores de buques congeladores de merlúcidos, cefalópodos y especies varias (OPPC3), Edelmiro Ulloa Alonso.–El representante de la entidad organización de productores de pesca fresca del puerto de Vigo, Edelmiro Ulloa Alonso.–El representante de la entidad organización de productores asociados de grandes atuneros congeladores, Julio Morón Ayala.–El representante de la entidad organización de productores nacional de palangreros de altura (OPNAPA), Juan José Sampedro Rego.–El representante de la entidad organización de productores pesqueros artesanales de la lonja de Conil (OPP-72), Nicolás Fernández Muñoz.–El representante de la entidad organización de productores pesqueros de Almería (OPP-71), José María Gallart García.–La representante de la entidad asociación empresarios de la pesca Almería (ASOPESCA), María Ángeles Cayuela Campoy.–El representante de la entidad organización de productores de pesca puerto y ría de Marín, Francisco Javier Teijeira González.–El representante de la entidad asociación de armadores de palangre de Riveira y Aguiño, José Antonio González Lijo.–El representante de la entidad pescadores de carboneras SCA (OPP-66), Francisco Hernández Alarcón.–El representante de la entidad organización de productores artesanales de Cantabria (OPACAN), César Nates Fernández.–El representante de la entidad asociación nacional de armadores de buques congeladores de pesca de marisco (ANAMAR), Francisco Guil Arreciado.–El representante de la entidad organización de productores de mejillón de Galicia (OPMEGA) OPP-18, Ricardo Manuel Herbón González.–El representante de la entidad organización de productores pesqueros de Burela (OPP-07), Juan José Otero Fernández.–El representante de la entidad confederación española de pesca (CEPESCA), Javier Garat Pérez.–El representante de la entidad federación de cofradías de pescadores del principado de Asturias (FECOPPAS), Adolfo García Méndez.–El representante de la entidad federació balear de confraries de pescadors con NIF V07103591, Domingo Bonnin Bautista.–El representante de la entidad federación nacional de cofradías de pescadores (FNCP), José Basilio Otero Rodríguez.–El representante de la entidad federación provincial de cofradías de pescadores de Alicante, Francisco Miguel Soler Delgado.–El representante de la entidad federación provincial de cofradías de pescadores de Lugo, José Basilio Otero Rodríguez.–El representante de la entidad federación provincial de cofradías de pescadores de Tarragona, Eusebio Francisco Rosales Pepiol.–La representante de la entidad federación de cofradías de pescadores de Gipuzkoa, María Antonia Garmendia Ceberio.–El representante de la entidad federación de cofradías de pescadores de Bizkaia, Aurelio Bilbao Barandica.–El representante de la entidad federación provincial de cofradías de pescadores de Castellón, Sergio Albiol Zurita.–El representante de la entidad federación de cofradías de pescadores de Cádiz, Nicolás Fernández Muñoz.
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