En el recurso contencioso-administrativo número 878/2023, la Sala Tercera (Sección Cuarta) del Tribunal Supremo ha dictado auto de rectificación de error material con fecha 9 de julio de 2024 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
PARTE DISPOSITIVA
La Sala acuerda:
1.º Rectificar el error material en el dispositivo 1.º de la parte dispositiva de la sentencia que quedará redactado en estos términos: «1.º) Estimar en parte el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación procesal de Avite, Asociación de Víctimas de la Talidomida en España, contra el Real Decreto 574/2023, de 4 de julio, por el que se regula el procedimiento de concesión de ayudas a las personas afectadas por la talidomida en España durante el período 1950-1985, anulando los artículos 2, c); 6.1.h) y 8.2. en la medida en que prevén su aplicación a personas que en el pasado fueron regularmente reconocidas por cualquier Administración como afectados por la talidomida».
2.º Desestimar la petición de complemento de la sentencia.
3.º No se hace imposición de las costas.
Así se acuerda y firma. Los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen. D. Pablo Lucas Murillo de la Cueva, presidente; D. Luis María Díez-Picazo Giménez; D.ª María del Pilar Teso Gamella; D. Antonio Jesús Fonseca-Herrero Raimundo; D. José Luis Requero Ibáñez. Firmado.
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