Habiéndose renunciado por la interesada a la interposición de recurso en vía administrativa y deviniendo, en consecuencia, firme en dicha vía la sanción impuesta a Riva y García Gestión, SGIIC, SA por la comisión de una infracción muy grave tipificada en el artículo 80 p) de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva, se procede a publicar, conforme a lo establecido en el artículo 94 bis 1 de la citada ley, la sanción impuesta mediante Resolución del Consejo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores de fecha 24 de septiembre de 2024 que, tras la exposición de hechos y fundamentos jurídicos, concluye con el siguiente acuerdo:
– Imponer a Riva y García Gestión, SGIIC, SA, por la comisión de una infracción muy grave tipificada en el artículo 80 p) de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva, por el incumplimiento de la obligación establecida en el artículo 43.1.e) de la misma norma, en relación con los artículos 100 y 102 del Real Decreto 1082/2012, de 13 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de instituciones de inversión colectiva, por el mantenimiento sostenido durante un período superior a seis meses de unos recursos propios inferiores a los exigidos por la normativa, sin invertir los mismos en activos líquidos o fácilmente convertibles en efectivo, multa por importe de 140.000 euros (ciento cuarenta mil euros).
Habiéndose renunciado por la interesada a la interposición de recurso en vía administrativa, la resolución que impone la sanción, antes citada, únicamente ha devenido firme en dicha vía, siendo susceptible de revisión jurisdiccional por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.
Madrid, 18 de octubre de 2024.–El Presidente de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, Rodrigo Buenaventura Canino.
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