Conforme a lo dispuesto en el artículo 20.1.b) y c) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; en el capítulo III del título III del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración general del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración general del Estado; en el artículo 127 del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo; y en la Orden TDF/379/2024, de 26 de abril, para la regulación de especialidades de los procedimientos de provisión de puestos del personal directivo público profesional y las herramientas para su gestión en el marco dispuesto en el Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo,
Este Ministerio convoca la provisión, por el procedimiento de libre designación, del puesto de trabajo que se relaciona en el anexo I, con arreglo a las siguientes bases:
El puesto de trabajo que se convoca podrá ser solicitado por el personal funcionario de carrera que reúna los requisitos establecidos en el anexo I para el desempeño del mismo.
Las personas interesadas dirigirán sus solicitudes, que deberán ajustarse al modelo que figura en el anexo II, a la Subdirección General de Recursos Humanos y de Inspección de Servicios de la Subsecretaría de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, dentro del plazo de diez naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
Las instancias se presentarán a través del Portal Funciona, siendo imprescindible la acreditación por medio de certificado electrónico (DNI-e o certificado de la FNMT). Dentro del Portal Funciona habrá de accederse a la siguiente ruta:
Área Personal-Mis servicios de RR.HH.(SIGP)-Convocatoria libre designación (https://www.funciona.es/public/funciona/AreaPersonal/autoservicio.html).
En el caso de que la persona interesada no pueda presentar la solicitud por este medio, podrá hacerlo con carácter excepcional, a través de los registros a los que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, debiendo en este caso, aportar documentación que acredite la imposibilidad técnica de realizar la presentación a través del Portal o de la aplicación informática correspondiente. Si no se aporta dicha justificación, la solicitud presentada en papel no será admitida.
Además de los datos personales y número de registro de personal que se consignen en la solicitud, habrá de acompañarse la siguiente documentación:
– Un curriculum vitae, en formato normalizado, en el que al menos conste la información incluida en el modelo del anexo III. Este modelo se encontrará publicado en la página web del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030: https://www.mdsocialesa2030.gob.es/servicio-a-la-ciudadania/empleo-publico/libredesignacion.htm.
Asimismo, podrán aportarse certificados de funciones expedidos por la persona titular de la unidad donde se prestaron servicios.
– Una justificación por escrito de la idoneidad de la persona candidata para el puesto al que aspira, en relación con los requisitos exigidos para el desempeño del puesto.
– Expediente personal obtenido del Portal Funciona. Quienes no presten servicios en la Administración General del Estado, deberán aportar asimismo un certificado de la administración en la que presten servicios, en el cual se hagan constar tanto el tipo de relación de servicios como los puestos desempeñados en dicha administración.
– La cumplimentación del cuestionario de autoevaluación dirigido a valorar las competencias directivas y que se incluye en el anexo IV.
La selección se realizará de acuerdo con los criterios de idoneidad, competencia profesional y experiencia, en base a la documentación presentada por la persona aspirante y mediante la realización de una entrevista.
La valoración de las competencias profesionales evaluables se hará por el órgano competente para el nombramiento, debiendo motivarse la importancia dada a cada uno de los elementos en términos de idoneidad en relación con el perfil del puesto incluido en el anexo I.
Para la valoración de las competencias profesionales evaluables, se nombrarán al menos dos personas expertas en las materias específicas de los puestos convocados o en procesos de selección de directivos públicos, que estarán presentes en las entrevistas y que deberán emitir un informe de valoración de las candidaturas presentadas.
Las entrevistas se realizarán exclusivamente a las personas candidatas que cumplan con los requisitos establecidos para ocupar el puesto de trabajo, de acuerdo con lo recogido en el anexo I.
Conforme a lo establecido en el artículo 127.2 del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo, el nombramiento tendrá una duración máxima de cinco años, que podrá ser renovable por períodos idénticos, a propuesta del órgano competente para la designación, siempre que la persona designada mantenga los requisitos para el nombramiento y no obtenga evaluaciones negativas en el desempeño de su función.
El nombramiento deberá efectuarse en el plazo máximo de un mes contado desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Dicho plazo podrá prorrogarse hasta un mes más.
De acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española y la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, la Administración Pública tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres en la provisión de los puestos de trabajo y promoción profesional del personal funcionario.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, ante el órgano que dicta el acto, conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien, directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, de acuerdo con lo previsto en el artículo 9.1.a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Madrid, 24 de octubre de 2024.–El Subsecretario de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, Rubén Baz Vicente.
N.º orden | Centro directivo - Unidad puesto de trabajo | Provincia - Localidad | Nivel | CE | GR/SB | Admon. | Tit. req. | Funciones | Méritos | Observaciones |
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1 |
SUBSECRETARIA DER.SOC.,CON. Y AGENDA 2030. SECRETARIA GENERAL TECNICA. S.G. DE NORMATIVA, ATENCION A LA CIUDADANIA Y PUBLICACIONES. SUBDIRECTOR/SUBDIRECTORA GENERAL (3999240). |
MADRID - MADRID. | 30 | 29112.02 | A1 | AE |
1. La coordinación en la elaboración, seguimiento y ejecución del plan normativo del Departamento en colaboración con los demás órganos directivos. 2. La participación en el procedimiento de elaboración de los anteproyectos de ley y restantes proyectos normativos iniciados en el ámbito del Departamento, así como su tramitación administrativa. 3. La emisión del informe preceptivo de los anteproyectos de ley y de los restantes proyectos normativos del Ministerio, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 50/1997, de 27 de noviembre. 4. La coordinación del Ministerio con otros Departamentos y organismos de la Administración General del Estado y órganos consultivos, en la elaboración, tramitación e informe de los proyectos normativos. 5.El impulso y coordinación de la transposición de la normativa europea cuya incorporación al ordenamiento español sea responsabilidad del Departamento, y el seguimiento y coordinación de los procedimientos de infracción en el ámbito de la Unión Europea. 6. La elaboración del programa editorial del Departamento y la gestión, en coordinación con los organismos adscritos al ministerio, de la edición, distribución y venta, en su caso, de las publicaciones oficiales. 7. La dirección de la biblioteca general y la gestión del archivo central del Departamento. 8. El establecimiento y gestión de los sistemas de información del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 dirigidos a la ciudadanía. 9. La atención a la ciudadanía sobre el modo de acceso a los servicios, procedimientos, ayudas y subvenciones de la competencia del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030. 10. La realización de acciones informativas y divulgativas en materias propias del Departamento, sin perjuicio de las atribuidas expresamente a otro órgano. |
1. Experiencia en el procedimiento de elaboración de los anteproyectos de ley y restantes proyectos normativos, así como su tramitación administrativa, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno. 2. Experiencia en la coordinación con otros Departamentos y organismos de la Administración General del Estado y órganos consultivos en la elaboración, tramitación e informe de los proyectos normativos. 3. Experiencia en el seguimiento y coordinación de procedimientos de transposición de directivas de la Unión Europea, así como de procedimientos de infracción de normas comunitarias. 4. Experiencia en puestos de coordinación de la actividad editorial y archivística. 5. Experiencia en la coordinación de la Oficina de Información y Atención a la Ciudadanía. 6. Experiencia en la coordinación del programa de quejas y sugerencias de conformidad con el Real Decreto 951/2005, de 29 de julio, por el que se establece el marco general para la mejora de la calidad en la Administración General del Estado. |
– Se exige en este proceso de selección antigüedad mínima como funcionario de carrera del subgrupo A1 de 8 años. – Los méritos 1), 3), 4), 5) y 6) se valorarán en base a los certificados y otros documentos que puedan ser aportados por las personas candidatas y se valorarán según la base cuarta de esta convocatoria. – El mérito 2) se valorará en la entrevista establecida en la base cuarta. |
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Cuerpos o escalas: Adscripción a Administraciones Públicas (AD): * AE: Administración del Estado. Titulaciones: |
Área competencial/Competencia | |
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I. Liderazgo transformador | |
1. Liderar, con la participación de los miembros del equipo, la consecución de los objetivos de la organización. | ☐ |
2. Motivar, comunicar efectivamente y gestionar adecuadamente equipos. | ☐ |
3. Incorporar procesos de innovación en la gestión pública. | ☐ |
4. Cooperar eficazmente con otros actores. | ☐ |
5. Manifestar equilibrio emocional ante situaciones de presión o dificultades. | ☐ |
II. Gestión estratégica de proyectos | |
1. Planificar y tener visión estratégica. | ☐ |
2. Conocer el contexto, especialmente los entornos digitales. | ☐ |
3. Tener inteligencia contextual para lograr apoyos institucionales. | ☐ |
4. Ser capaz de diseñar, planificar, ejecutar y evaluar políticas y programas públicos. | ☐ |
5. Gestionar recursos materiales, tecnológicos y económico-presupuestarios. | ☐ |
III. Comunicación y relaciones interpersonales | |
1. Ser capaz de negociar y resolver conflictos. | ☐ |
2. Tener habilidad para influir mediante la comunicación y las relaciones interpersonales en el equipo, en los pares y en los niveles superiores. | ☐ |
3. Ser capaz de realizar una comunicación efectiva 360° (vertical, horizontal y transversal). | ☐ |
4. Ser capaz de representar a la organización en el ámbito nacional e internacional. | ☐ |
IV. Adaptabilidad y toma de decisiones | |
1. Tener flexibilidad y capacidad de adaptación a los cambios. | ☐ |
2. Tomar decisiones de forma proactiva y ajustadas al entorno. | ☐ |
3. Resolver problemas complejos, afrontar las crisis y prever los riesgos. | ☐ |
4. Tener capacidad de análisis y sistematización de la información. | ☐ |
V. Compromiso con el servicio público y ética profesional | |
1. Priorizar el interés general en la toma de decisiones y centrar las mismas en la ciudadanía y el servicio público. | ☐ |
2. Mejorar la eficacia y eficiencia de la gestión pública mediante un aprendizaje continuo y la orientación a la calidad. | ☐ |
3. Aplicar los principios y valores de la administración pública a las responsabilidades directivas y a la organización. | ☐ |
4. Actuar con ética profesional e integridad pública. | ☐ |
5. Promover la integridad pública en la organización y en los equipos. | ☐ |
* Se deberán marcar las competencias directivas que se consideren. |
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