La Resolución de 8 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Educación, sobre el procedimiento aplicable a la convocatoria excepcional de estabilización de empleo temporal de larga duración a que se refieren las disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, se dispone la publicación del citado acuerdo de cooperación interadministrativa para la aplicación coordinada de la normativa reguladora del procedimiento aplicable a la convocatoria excepcional de estabilización de empleo temporal de larga duración a que se refieren las disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre.
En virtud de ello, el entonces Ministerio de Educación y Formación Profesional y las Administraciones educativas de Andalucía, Aragón, Principado de Asturias, Illes Balears, Cantabria, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Extremadura, La Rioja, Madrid, Región de Murcia, Comunidad Foral de Navarra, Comunidad Valenciana, Ciudad Autónoma de Ceuta y Ciudad Autónoma de Melilla adoptaron el citado acuerdo de la Conferencia de Educación de 2 de noviembre de 2022.
En la disposición cuarta del citado acuerdo, se recoge que la participación de las personas que se presenten al concurso de méritos optando a las plazas convocadas por las Administraciones educativas firmantes, se realizará a través de una única instancia de participación que será presentada en la Administración educativa que haya ofertado la plaza que se solicite en primer lugar, que será la encargada de verificar los requisitos de participación de la persona aspirante y de baremar los méritos alegados. A través de esa única instancia, los participantes podrán solicitar, ordenándolas por orden de preferencia y siempre que reúnan los requisitos de participación exigidos en cada convocatoria, las plazas de la especialidad, turno de ingreso y, en su caso, idioma, a las que opten de aquellas que hayan sido convocadas por las administraciones educativas firmantes.
Así mismo, la novena disposición del mencionado acuerdo indica que los recursos contra las resoluciones definitivas de los concursos de méritos, deberán presentarse ante la Administración educativa en la que se haya presentado la solicitud de participación.
De acuerdo con esta normativa, la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional de la Comunidad Autónoma de Andalucía, por Resolución de 14 de noviembre de 2022, («Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» del 18), convocó procedimiento selectivo extraordinario de estabilización para el ingreso mediante concurso de méritos a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos de Música y Artes Escénicas, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, Maestros y Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, procedimiento en el que participó don Francisco Javier Durán Rivas.
Por Resolución de 9 de mayo de 2023 de la Secretaría General de Desarrollo Educativo de la citada Consejería de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se publican las puntuaciones definitivas del baremo de méritos de las personas aspirantes en el procedimiento selectivo extraordinario de estabilización, convocado por Orden de 14 de noviembre de 2022, en cuyo listado el señor Durán Rivas obtiene una puntuación de 8,3000 puntos.
Concluidas todas las fases del procedimiento selectivo, la citada Consejería de la Comunidad Autónoma de Andalucía, por Orden de 25 de julio de 2024 («Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» de 1 de agosto), aprueba el expediente y propone el nombramiento como funcionarios de carrera de los aspirantes seleccionados que han superado el procedimiento selectivo de ingreso, por el sistema excepcional de concurso de méritos, en los mencionados cuerpos, no figurando como seleccionado el señor Durán Rivas.
A su vez, el Departamento de Educación, Cultura y Deporte de la Comunidad Autónoma de Aragón, por Orden ECD/1651/2022 de 11 de noviembre («Boletín Oficial de Aragón» del 18), convocó procedimiento selectivo extraordinario de estabilización para el ingreso, mediante concurso de méritos a los cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, Catedráticos de Música y Artes Escénicas, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño y Maestros, para plazas del ámbito de gestión de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Por Orden ECU/1798/2023, de 23 de noviembre («Boletín Oficial de Aragón» de 12 de diciembre) del ahora Departamento de Educación, Ciencia y Universidades de la citada Comunidad Autónoma, se hace pública la relación de personal seleccionado y se aprueba el expediente del procedimiento selectivo de ingreso por el sistema excepcional de concurso de méritos, convocado por Orden ECU/1798/2023, de 23 de noviembre.
El señor Durán Rivas consignó en la solicitud de participación, en cuarto lugar, la Comunidad de Aragón. Una vez aplicados los criterios de desempate establecidos en las convocatorias realizadas por las comunidades firmantes del Acuerdo de Conferencia Sectorial de fecha 2 de noviembre de 2022, resultó seleccionado en esta Comunidad.
La Orden EFD/293/2024, de 22 de marzo («Boletín Oficial del Estado» de 5 de abril), a propuesta del Departamento de Educación, Ciencia y Universidades de la Comunidad Autónoma de Aragón, nombra personal funcionario de carrera de los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, de Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, de Catedráticos de Música y Artes Escénicas, de Profesores de Música y Artes Escénicas, de Profesores de Artes Plásticas y Diseño, de Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño y de Maestros, a las personas seleccionadas en los procedimientos selectivos extraordinarios de estabilización convocados por Orden ECD/1651/2022, de 11 de noviembre. En el anexo a esta orden, aparece relacionado don Francisco Javier Durán Rivas, con DNI número ****8858, en el cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, especialidad Instalación y Mantenimiento de Equipos Térmicos y de fluidos.
Con anterioridad a la publicación de la Orden EFD/293/2024, de 22 de marzo, don Francisco Javier Durán Rivas, interpuso recurso de alzada contra la citada Resolución de 9 de mayo de 2023 de la Secretaría General de Desarrollo Educativo de la citada Consejería de la Comunidad Autónoma de Andalucía, que determinaba los baremos definitivos, al considerar que existía error en la baremación de los méritos presentados en el procedimiento selectivo convocado por Resolución de 14 de noviembre de 2022.
Mediante Resolución de 27 de mayo de 2024, de la Secretaría General de Desarrollo Educativo de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en su Anexo I, publica modificaciones realizadas en las puntuaciones del baremo definitivo de méritos, tras las estimaciones de los recursos de reposición interpuestos por los aspirantes en el procedimiento selectivo extraordinario de estabilización, contra la Resolución de 9 de mayo. En el mencionado anexo se incluye la modificación del baremo realizada a don Francisco Javier Durán Rivas, en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, especialidad Instalación y Mantenimiento de Equipos Térmicos y de Fluidos, que pasa de 8,3000 a ser de 9,0000 puntos, resultando el señor Durán Rivas seleccionado en el procedimiento, por la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Teniendo en cuenta que el nombramiento como funcionario de carrera en un mismo cuerpo docente debe ser único, se debe proceder a la modificación del anexo de la Orden EFD/122/2024, de 8 de febrero, en el sentido de excluir al señor Durán Rivas, para proceder a su nombramiento como funcionario de carrera, por la administración educativa de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Por todo lo que antecede, mediante Orden ECD/1201/2024, de 2 de octubre («Boletín Oficial de Aragón» del 10), el Departamento de Educación, Ciencia y Universidades de la Comunidad Autónoma de Aragón, modifica la Orden ECU/1798/2023, de 23 de noviembre, en el sentido de excluir a don Francisco Javier Durán Rivas, puesto que se ha procedido a realizar su nombramiento, con la correspondiente fecha de efectos, por la administración educativa a la que pertenece, en este caso, la Comunidad Autónoma de Andalucía.
En virtud de ello, este Ministerio ha dispuesto:
Proceder a la modificación, con fecha de efectos de 1 de septiembre de 2023, del anexo de la Orden EFD/293/2024, de 22 de marzo, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» de 5 de abril, por la que, a propuesta del Departamento de Educación, Ciencia y Universidades de la Comunidad Autónoma de Aragón, se nombra personal funcionario de carrera de los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, de Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, de Catedráticos de Música y Artes Escénicas, de Profesores de Música y Artes Escénicas, de Profesores de Artes Plásticas y Diseño, de Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño y de Maestros, a las personas seleccionadas en los procedimientos selectivos extraordinarios de estabilización convocados por Orden ECD/1651/2022, de 11 de noviembre, eliminando del listado lo siguiente:
En la página 38445, en la Especialidad: 0205 Instalación y Mantenimiento de Equipos Térmicos y de Fluidos:
«**885802 A0590 DURAN RIVAS, FRANCISCO JAVIER. *****8858 01 8,3000».
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o bien podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 11 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Madrid, 11 de noviembre de 2024.–La Ministra de Educación, Formación Profesional y Deportes, P.D. (Orden EFP/43/2021, de 21 de enero), el Subsecretario de Educación, Formación Profesional y Deportes, Santiago Antonio Roura Gómez.
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