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Documento BOE-A-2024-24087

Resolución de 11 de noviembre de 2024, del Organismo Autónomo Parques Nacionales, por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio con la Sociedad Agraria de Transformación n.º 4.172 Encomienda de Mudela, para el desarrollo de programas de actuaciones para la conservación, vigilancia y seguimiento de las especies cinegéticas en la finca Encomienda de Mudela (Ciudad Real).

Publicado en:
«BOE» núm. 279, de 19 de noviembre de 2024, páginas 152554 a 152557 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-A-2024-24087

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y una vez suscrito por las partes el 8 de noviembre de 2024, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la adenda que figura como anexo de esta resolución.

Madrid, 11 de noviembre de 2024.–El Presidente del Organismo Autónomo Parques Nacionales, P. D. (Orden APM/126/2018, de 5 de febrero), el Director de Parques Nacionales, Javier Pantoja Trigueros.

ANEXO
Adenda de modificación del Convenio entre la Sociedad Agraria de Transformación n.º 4.172 Encomienda de Mudela y el Organismo Autónomo Parques Nacionales para el desarrollo de programas de actuaciones para la conservación, vigilancia y seguimiento de las especies cinegéticas en la Finca Encomienda de Mudela (Ciudad Real)

En Madrid, a 8 de noviembre de 2024.

REUNIDOS

De una parte, don José Luis Pradas Tellez, Presidente de la Sociedad Agraria de Transformación número 4.172, Encomienda de Mudela, nombrado por Acuerdo de la Asamblea general en fecha 17 de septiembre de 2023, actuando en nombre y representación de la misma, en virtud de las facultades conferidas por los Estatutos de la sociedad, aprobados en fecha 22 de abril de 1987.

Y, de otra parte, don Javier Pantoja Trigueros, director del Organismo Autónomo Parques Nacionales, nombrado el día 30 de marzo de 2022 por acuerdo del Subsecretario para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, actuando en nombre y representación del organismo, en virtud de la Orden ministerial APM/126/2018, de 5 de febrero, sobre delegación de competencias en el Organismo Autónomo Parques Nacionales, y con domicilio a efectos de este convenio en la Calle Hernani, 59, 28020, Madrid.

Ambas partes, en la calidad en que intervienen en este acto, se reconocen recíprocamente capacidad legal y legitimación para obligarse y otorgar la presente adenda, a cuyo efecto

EXPONEN

Primero.

Que con fecha 26 de octubre de 2023, se suscribió el convenio entre la Sociedad Agraria de Transformación n.º 4.172 Encomienda de Mudela y el Organismo Autónomo Parques Nacionales para el desarrollo de programas de actuaciones para la conservación, vigilancia y seguimiento de las especies cinegéticas en la Finca Encomienda de Mudela (Ciudad Real), habiendo sido inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e instrumentos de Cooperación del sector público estatal con fecha 27 de octubre de 2023 y publicado en el «Boletín Oficial del Estado» con fecha 7 de noviembre de 2023.

La duración del convenio se estableció por cuatro años, finalizando, por tanto, su vigencia el 27 de octubre de 2027.

Segundo.

Que la cláusula Séptima del convenio recoge la posibilidad de modificar su contenido, siempre y cuando se pacte unánimemente por los firmantes y se formalice adenda modificativa.

Tercero.

Que es necesario realizar una modificación relativa a la aportación económica del OAPN y descrita en la cláusula cuarta y anexo del convenio.

Cuarto.

Que las partes manifiestan su satisfacción con la colaboración desarrollada hasta la fecha, considerando necesario modificar el convenio suscrito.

Por todo lo expuesto, ambas partes suscriben la presente adenda al convenio, al amparo de los establecido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y de acuerdo con las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Modificación del convenio.

Uno. Se modifica la cláusula Cuarta, relativa al régimen de financiación, quedando su redacción como sigue:

«Cuarta. Régimen de financiación.

Para el cumplimiento de las obligaciones asumidas por el OAPN en la cláusula tercera 3.d), el OAPN habilitará en su presupuesto, una partida máxima de cien mil euros (100.000,00 €) para el 2025, una partida máxima de cincuenta mil euros (50.000,00 €) para el 2026 y una partida máxima de treinta mil euros (30.000,00 €) para el 2027. El gasto se imputará a la aplicación presupuestaria 23.101.456C.6, como figura en la previsión del plan de actuaciones adjunto (anexo II).

Los compromisos asumidos por el OAPN en la cláusula tercera 3.f) consistentes en el reembolso de impuestos a la SAT. 4.172, no superarán los mil seiscientos euros (1.600,00 €) anuales durante el periodo de vigencia del convenio para las anualidades 2024, 2025 y 2026. En el año 2027 se imputarán 300,00 euros a la aplicación presupuestaria 23.101.456C.225.01 y otros 300,00 euros a la aplicación presupuestaria 23.101.456C.225.02.

El resto de las actuaciones incluidas en la planificación de cada una de las partes, serán llevadas a cabo mediante los medios propios disponibles. Será en exclusiva de cada una de las partes la responsabilidad que pudiera derivarse de estas actuaciones.»

Dos. Se modifica el anexo II, respecto al Plan de actuaciones y presupuesto estimado, debiendo reflejarse la siguiente tabla:

«ANEXO II
Plan de actuaciones y presupuesto estimado

Mantenimiento de las infraestructuras cinegéticas

Anualidad Actuación

Cuantía

Euros

2025 Mantenimiento de edificaciones, caminos, puntos de agua y señalización. 100.000,00
2026 Mantenimiento de edificaciones. 30.000,00
Mantenimiento de querencias. 20.000,00
2027 Mantenimiento de cortafuegos. 15.000,00
Mantenimiento de señalización. 15.000,00
  Total. 180.000,00

Reembolso a la SAT 4.172 de los impuestos en materia de caza

Anualidad

Cuantía

Euros

2024 1.600,00
2025 1.600,00
2026 1.600,00
2027 600,00
  Total. 5.400,00

Total presupuesto por anualidad

Anualidad

Cuantía

Euros

2024 1.600,00
2025 101.600,00
2026 51.600,00
2027 30.600,00
  Total. 185.400,00.»
Segunda. Eficacia.

La presente adenda de modificación surtirá efectos tras su suscripción e inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación antes de la fecha de extinción del convenio, tal y como se deriva del artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre y del apartado 2 de la disposición adicional séptima de la citada ley.

Adicionalmente será publicada en el «Boletín Oficial del Estado».

El Presidente de la Sociedad Agraria de Transformación número 4.172 Encomienda de Mudela, José Luis Pradas Tellez.–El Presidente del Organismo Autónomo Parques Nacionales, P. D. (Orden APM/126/2018, de 5 de febrero), el Director del Organismo Autónomo Parques Nacionales, Javier Pantoja Trigueros.

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