La Consejería de Administración Autonómica de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, por Orden ADM/786/2009, de 3 de abril de 2009, («Boletín Oficial de Castilla y León» del 14), publicada mediante Resolución de 15 de abril de 2009 en el «Boletín Oficial del Estado» del 22, convocó procedimiento selectivo de ingreso en el Cuerpo de Maestros y procedimiento para la adquisición de nuevas especialidades por los funcionarios del mencionado Cuerpo.
Concluidas todas las fases del citado procedimiento selectivo, la posteriormente denominada Consejería de Educación de la Comunidad de Castilla y León, por Orden EDU/1250/2010, de 6 de septiembre («Boletín Oficial de Castilla y León» del 17), declaró aptos en la fase de prácticas y aprobados en el mismo a los aspirantes seleccionados, que previamente habían sido nombrados funcionarios en prácticas por Orden EDU/1859/2009, de 6 de septiembre («Boletín Oficial de Castilla y León» del 24).
La Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, en ejecución de la sentencia 598/2016, de 28 de abril, dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, que había declarado de nulidad la Resolución de 16 de julio de 2009, por la que se anuncia la fecha de exposición de las listas de los aspirantes seleccionados en el procedimiento selectivo de ingreso en el cuerpo de maestros y de los declarados aptos en el procedimiento convocados por la Orden ADM/786/2009, de 3 de abril, respecto a la calificación atribuida a los aspirantes en la fase de oposición, procede a la revisión de oficio de dichas calificaciones, permitiendo, si procede, el paso de los candidatos a la fase de concurso, a los que se valorarían los méritos aportados en su momento.
A consecuencia de ello, mediante Orden EDU/918/2023, de 11 de julio, («Boletín Oficial de Castilla y León» del 24), la Dirección General de Recursos Humanos de la citada Consejería, en revisión de oficio iniciado a instancia de doña Felicidad Uriel Andrés, se modifica la Orden EDU/1859/2009, de 17 de septiembre, en el sentido de incorporar en el listado de seleccionados a la señora Uriel Andrés, con Documento Nacional de Identidad ***0241**, en la especialidad de Lengua Extranjera: Inglés y la nombrara, a su vez, funcionaria en prácticas durante el curso 2023/2024.
Por Orden EDU/640/2024, de 24 de junio («Boletín Oficial de Castilla y León» del 1 de julio), se modifica la Orden EDU/1250/2010, de 6 de septiembre, en el sentido de incluir en el anexo de aspirantes declarados aptos en la fase de prácticas y aprobar el expediente del procedimiento selectivo de ingreso en el Cuerpo de Maestros, en relación a doña Felicidad Uriel Andrés.
De conformidad con lo establecido en el artículo 32.1 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, modificado por Real Decreto 48/2010 de 22 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de Educación.
Vista la propuesta de la Consejería de Educación, de la Comunidad de Castilla y León.
Este Ministerio, ha dispuesto:
Nombrar funcionaria de carrera del Cuerpo de Maestros, en la especialidad de Lengua Extranjera: Inglés, a doña Felicidad Uriel Andrés con Documento Nacional de Identidad ***1024**, Número de Registro Personal ***1024*02 A0597 y una puntuación total de 5,1984 puntos.
La señora Uriel Andrés se considerará ingresada como funcionaria de carrera del Cuerpo de Maestros, con fecha de efectos de 1 de septiembre de 2010.
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o bien podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 11 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Madrid, 15 de noviembre de 2024.–La Ministra de Educación, Formación Profesional y Deportes, P.D. (Orden EFP/43/2021, de 21 de enero), el Subsecretario de Educación, Formación Profesional y Deportes, Santiago Antonio Roura Gómez.
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