De conformidad con lo establecido en la Base Octava de la Orden JUS/1102/2023, de 27 de septiembre («Boletín Oficial del Estado» de 9 de octubre), del Ministerio de Justicia y de las Comunidades Autónomas transferidas, por las que se anunció concurso de traslado entre funcionarios/as de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia,
Este Ministerio acuerda lo siguiente:
Aprobar la relación de excluidos/as.
Poner a disposición de los/las interesados/as en la página web del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes (www.mjusticia.gob.es), la documentación que se indica a continuación:
– La relación de excluidos/as, con las causas de exclusión.
– El aplicativo informático a través del que podrán visualizar los Anexos III con los datos personales de los/las concursantes, la baremación realizada, el destino de origen, los puestos solicitados y la plaza adjudicada provisionalmente, en su caso.
– La relación en orden alfabético de adjudicaciones.
Los funcionarios/as interesados/as expresarán en un plazo de diez días hábiles a contar a partir del día siguiente a la publicación de esta orden en el «Boletín Oficial del Estado», su disconformidad con los datos obrantes en dicho Anexo III, para lo cual deberán solicitar su corrección mediante el Anexo IV (Modelo de Alegaciones), publicado en la Orden JUS/1102/2023, de 27 de septiembre, y en la página web del Ministerio de Justicia, aportando la prueba documental oportuna, de acuerdo con lo establecido en el artículo 73 de la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Una vez cumplimentado el Anexo IV, deberán firmarlo, acompañando la documentación que crean oportuna, en su caso. Todo ello se escaneará y se enviará en un único fichero, a través del correo electrónico concursos.admonjusticia@mjusticia.es, indicando en el mensaje, en el apartado «Asunto»: APELLIDO1_APELLIDO2_NOMBRE_ALEGACIONES.
Dichas alegaciones serán comprobadas, se resolverá lo que proceda en derecho y el resultado será reflejado en la resolución definitiva del concurso, por lo que no será notificado personalmente a los/las interesados/as.
De no reclamarse en el plazo establecido, se entenderá que muestra su conformidad y aceptación de los datos contenidos, de su baremación y el destino provisionalmente adjudicado.
Al tratarse de un concurso a resultas, los destinos provisionalmente adjudicados pueden sufrir variaciones en la resolución definitiva como consecuencia de las posibles rectificaciones que puedan producirse en la baremación de las instancias. En cualquier caso, los destinos adjudicados provisionalmente no suponen derecho o la expectativa de derecho respecto a la resolución definitiva del concurso.
Madrid, 8 de febrero de 2024.–El Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, P.D. (Orden JUS/987/2020, de 20 de octubre), la Secretaria General para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia, Sofía Puente Santiago.
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