El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Ferrol-San Cibrao, en sesión de fecha 3 de noviembre de 2023, ha acordado modificar las normas de gestión y funcionamiento interno de dicho órgano colegiado, para modificar el apartado «Avocación del Consejo de Administración en materia de contratación de expedientes de inversiones y gastos» del anexo de la citada norma, todo ello de conformidad con lo previsto en el artículo 30.5.d) del Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, en relación con el artículo 15.2 de la Ley Régimen Jurídico del Sector Público.
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 15.3 de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público, se procede a la publicación de la referida modificación, que figura en la presente resolución.
Ferrol, 9 de noviembre de 2023.–El Presidente de la Autoridad Portuaria de Ferrol-San Cibrao, Francisco Barea Paz.
«I. Avocación del Consejo de Administración en materia de contratación de expedientes de inversiones y gastos»
«A la vista de lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y los artículos 26.h) y 30.5.b) y ñ) del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, el Consejo de Administración se avoca:
1. La autorización de inversiones y gastos, comprendiendo los actos de aprobación económica del gasto, aprobación de pliegos, autorización de la licitación y autorización del inicio del expediente de contratación, en operaciones de importe superior a cuatro millones de euros (4.000.000 euros) (IVA excluido) en el caso de inversiones y un millón de euros (1.000.000 euros) (IVA excluido) en el caso de gastos, siempre y cuando exista partida presupuestaria en el correspondiente presupuesto de la APFSC.
2. La adjudicación de inversiones de la APFSC de importe superior a cuatro millones de euros (4.000.000 euros) (IVA excluido).
3. La adjudicación de gastos de la APFSC de importe superior a un millón de euros (1.000.000 euros) (IVA excluido).»
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