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Documento BOE-A-2024-3259

Resolución de 15 de febrero de 2024, de la Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A., por la que se publica la Adenda de prórroga al Convenio con la Plataforma Española Tecnológica y de Innovación "Biomasa para la Bioeconomía" en materia de Propiedad Industrial.

Publicado en:
«BOE» núm. 45, de 20 de febrero de 2024, páginas 20171 a 20172 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Turismo
Referencia:
BOE-A-2024-3259

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la Adenda de Prórroga al Convenio entre la Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A., y la Plataforma Tecnológica Española de la Biomasa para la Bioeconomía (BIOPLAT), en materia de propiedad industrial.

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante el órgano que dicta el acto, conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid o del correspondiente al domicilio del demandante, a elección del mismo, de acuerdo con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Madrid, 15 de febrero de 2024.–La Directora de la Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A., Aida Fernández González.

ADENDA DE PRÓRROGA AL CONVENIO ENTRE LA OFICINA ESPAÑOLA DE PATENTES Y MARCAS, O.A. Y LA PLATAFORMA TECNOLÓGICA ESPAÑOLA DE LA BIOMASA PARA LA BIOECONOMÍA (BIOPLAT) EN MATERIA DE PROPIEDAD INDUSTRIAL

REUNIDOS

De una parte, la Directora de la Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A. (OEPM), doña Aída Fernández González, nombrada por Real Decreto 827/2022, de 4 de octubre («Boletín Oficial del Estado» de 5 de octubre de 2022), actuando como representante de la misma en virtud de las facultades que le confieren la Ley 17/1975, de 2 de mayo, sobre creación del Organismo autónomo «Registro de la Propiedad Industrial», en su artículo quinto, y el Real Decreto 1270/1997, de 24 de julio, por el que se regula la Oficina Española de Patentes y Marcas en su artículo seis.

De otra parte, Plataforma Española Tecnológica y de Innovación «Biomasa para la Bioeconomía»-BIOPLAT, con domicilio en calle Cedaceros, 11 (Madrid), NIF G86662350, representada por su representante legal, doña Margarita de Gregorio Rodríguez, según figura en el Certificado de Inscripción Datos Registrales emitido por el Registro Nacional de Asociaciones el 6 de julio de 2023 para BIOPLAT, inscrita el 4 de julio de 2013 en dicho Registro, Grupo 1.º / sección 1.ª / Número Nacional: 603184.

MANIFIESTAN

I. Con fecha 7 de febrero de 2020 se suscribió un convenio entre la OEPM y BIOPLAT en materia de propiedad industrial (en adelante, el convenio), con el fin de mantener un cauce de colaboración estable que contribuya de manera decidida a facilitar, impulsar y estimular el conocimiento y la utilización de los derechos de propiedad industrial dentro del sector de la biomasa.

II. El convenio fue inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal (REOICO) con fecha 12 de febrero de 2020, y publicado en el «Boletín Oficial del Estado» (BOE) con fecha 25 de febrero de 2020.

III. En la cláusula undécima del convenio establece una vigencia de cuatro años desde su eficacia, con la posibilidad de prorrogarse por un período de hasta cuatro años adicionales.

IV. Debido al interés de las dos partes en continuar con la colaboración en los mismos términos, y estando vigente el compromiso de las partes a tal fin,

ACUERDAN

Primero. Prorrogar el convenio.

Mediante el presente acuerdo, y al amparo de lo establecido en el artículo 49.h).2.º de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el objeto de la presente adenda es prorrogar por cuatro años adicionales la vigencia del convenio.

Segundo. Permanencia inalterada del clausulado del convenio.

En todo lo no previsto ni expresamente modificado por la presente adenda, le será de aplicación el clausulado contenido en el convenio.

Tercero. Validez y eficacia de la presente adenda.

Los efectos de la presente adenda comenzarán tras su inscripción en el REOICO, sin perjuicio de su posterior publicación en el BOE.

Y en prueba de conformidad, las partes firman la presente adenda a 8 de febrero de 2024.–Por la Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A., la Directora, Aida Fernández González.–Por la Plataforma Tecnológica Española de la Biomasa para la Bioeconomía (BIOPLAT), la representante legal, Margarita de Gregorio Rodríguez.

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