De conformidad con lo establecido en el artículo 108.6 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, la Presidencia de la Junta Electoral Central, en el ejercicio de la delegación de la propia Junta acordada en sesión de 21 de diciembre de 2023, ordena la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de los resultados habidos en cada uno de los municipios y entidades locales menores en que se han celebrado elecciones locales parciales el día 26 de noviembre de 2023, convocadas mediante Real Decreto 758/2023, de 2 de octubre y decretos aprobados por los Gobiernos de las comunidades autónomas de Castilla y León, Cantabria y Navarra.
Respecto de cada municipio, y siguiendo el orden alfabético de provincias y dentro de ellas el mismo orden por juntas electorales de zona, se especifica –de acuerdo con las actas de proclamación de electos por estas juntas remitidas a la central– el número de electores, el de votantes, el de votos a candidaturas, en blanco, válidos y nulos, y, por último, los votos obtenidos por cada candidatura y, en su caso, los concejales electos.
Respecto de las entidades locales menores, siguiendo el orden alfabético de comunidades autónomas y dentro de ellas el mismo orden por provincias y juntas electorales de zona, se especifica –de acuerdo con las actas de proclamación de electos por estas juntas remitidas a la central– el número de electores, el de votantes, el de votos a candidaturas, en blanco, válidos y nulos, y, por último, los votos obtenidos por cada candidatura y, en su caso, los proclamados electos.
Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de diciembre de 2023.–El Presidente de la Junta Electoral Central, Miguel Colmenero Menéndez de Luarca.
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