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Documento BOE-A-2024-4293

Decreto de 22 de febrero de 2024, del Fiscal General del Estado, por el que se nombra Fiscal Delegada de la Fiscalía Especial Antidroga en la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia a doña Verónica Celdrán Ruiz.

Publicado en:
«BOE» núm. 57, de 5 de marzo de 2024, páginas 26458 a 26459 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - A. Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio Fiscal
Referencia:
BOE-A-2024-4293

TEXTO ORIGINAL

Primero.

El 2 de enero de 2024, la Excma. Sra. Fiscal Jefa de la Fiscalía Antidroga remitió a la Inspección Fiscal un informe favorable al nombramiento de la Ilma. Sra. Fiscal doña Verónica Celdrán Ruiz como delegada de la Fiscalía Especial Antidroga en la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. La propuesta se hace en régimen de exclusividad.

El escrito ha sido complementado con la justificación de que el Fiscal Superior ha comunicado a toda la plantilla la oferta de la plaza, a la que ha concurrido una sola interesada. El informe favorable del Fiscal Superior se acompaña también de la solicitud de doña Verónica y su currículo profesional, mostrando el parecer favorable a su designación, ponderando los méritos que posee la candidata para desempeñar el cargo.

Segundo.

Con motivo de la renuncia a su cargo de la anterior fiscal delegada de la especialidad en la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, el Fiscal Superior comunicó a todos los miembros de la plantilla que quien estuviera interesado debía formular la correspondiente solicitud. La única solicitante ha aportado su curriculum vitae y tiene acreditada suficiente experiencia y formación, por lo que el Fiscal Superior propone a doña Verónica Celdrán Ruiz, justificando la decisión. La solicitud ha sido elevada (con su informe favorable al nombramiento) a la Excma. Sra. Fiscal Jefa de la Fiscalía Especial Antidroga, y por esta una propuesta favorable remitida a la Inspección de la Fiscalía General del Estado, destacando los méritos que hacen a doña Verónica idónea para desempeñar el cargo. La propuesta de la Fiscal de Sala y el informe del Fiscal Superior se formulan con dedicación exclusiva.

Por tanto, constan el informe favorable y la propuesta de la Excma. Sra. Fiscal de Sala, informando en el mismo sentido el Consejo Fiscal [artículo 3.d) del RD 437/1983].

Fundamentos de Derecho

Primero.

El Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal dispone que los fiscales decanos de las Fiscalías serán nombrados mediante resolución dictada por el Fiscal General del Estado, a propuesta motivada del Fiscal Jefe respectivo. El mismo precepto exige que, para la cobertura de estos cargos y con carácter previo, se realice una convocatoria entre los fiscales de la plantilla, así como que la propuesta se acompañe de una relación de todos los que lo hayan solicitado, con aportación de los méritos alegados (artículo 36.4).

Por su parte, el artículo 62.1 del Reglamento del Ministerio Fiscal (RD 305/2022, de 3 de mayo), establece que los fiscales delegados de las Fiscalías Especiales serán nombrados, tras convocatoria pública, mediante Decreto de la persona titular de la Fiscalía General del Estado previa propuesta motivada, acompañada del correspondiente informe del Fiscal de Sala Jefe de la Fiscalía Especial, e informe del Fiscal Jefe de la Fiscalía correspondiente, oído el Consejo Fiscal. En las solicitudes informadas, los solicitantes tendrán que acreditar la formación específica y la experiencia práctica en la materia propia de la Fiscalía Especial, valorándose especialmente el tiempo que se haya formado parte de la sección especializada en la misma o distinta Fiscalía, los cursos de especialización, las publicaciones y la docencia impartida sobre la misma. Todo ello ha sido cumplido en este expediente, destacando los méritos de la peticionaria como idónea para esta plaza.

Segundo.

La Instrucción de 1 de agosto de 2008, de la Inspección de la Fiscalía General del Estado, establece reglas para unificar criterios en las propuestas, con especificaciones para los delegados provinciales de las Fiscalías Anticorrupción y Antidroga. Establece que los nombramientos y ceses de los delegados provinciales de la especialidad irán precedidos de un trámite de audiencia del correspondiente Fiscal de Sala Coordinador, que podrá efectuar las consideraciones que estime pertinentes y, seguidamente se trasladará la propuesta al Fiscal General del Estado a través de la Inspección Fiscal.

Tercero.

Se han llevado a cabo, por tanto, todos los trámites previstos para proceder al nombramiento interesado. Asimismo, la propuesta de la Fiscal Jefa Antidroga está suficientemente motivada y avala la idoneidad de la candidata propuesta, al igual que el informe previo del Fiscal Superior.

En consecuencia, vista la propuesta formulada, de conformidad con las previsiones del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal y del RMF, y haciendo propia la fundamentación de la propuesta, acuerdo:

1. Nombrar, con dedicación exclusiva, a la Ilma. Sra. doña Verónica Celdrán Ruiz como fiscal delegada de la Fiscalía Especial Antidroga en la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

2. Notificar el presente Decreto a la Excma. Sra. Fiscal Jefa Antidroga, al Excmo. Sr. Fiscal Superior de Fiscalía de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, que lo trasladará a la fiscal interesada, y al Ministerio de Justicia, con entrega de copias de la resolución.

3. Publíquese el presente nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado».

4. Contra el presente Decreto, que pone fin a la vía administrativa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cabe interponer en el plazo de un mes recurso potestativo de reposición, a contar desde el día siguiente a su publicación ante la Fiscalía General del Estado (calle Fortuny núm. 4 Madrid 28010) en los términos establecidos por el artículo 123 y concordantes de aquella ley o, alternativamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo, según lo establecido en el artículo 12.1.b) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación, conforme a lo dispuesto en el artículo 46 de esa misma ley.

Madrid, 22 de febrero de 2024.–El Fiscal General del Estado, Álvaro García Ortiz.

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