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Documento BOE-A-2024-4321

Resolución de 26 de febrero de 2024, de la Universidad de Oviedo, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre, de plaza de personal laboral con la categoría de Técnico Superior Universitario para Taller de Motores, Turbinas y Sistemas Auxiliares de Buques, Grupo I.

Publicado en:
«BOE» núm. 57, de 5 de marzo de 2024, páginas 26615 a 26627 (13 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2024-4321

TEXTO ORIGINAL

Conforme a los artículos 14 y 18 del primer convenio colectivo del personal laboral de la Universidad de Oviedo, publicado en el BOPA de fecha 13 de febrero de 2013, por Resolución de 4 de febrero de 2013, de la Consejería de Economía y Empleo del Principado de Asturias, para la provisión de vacantes de personal laboral fijo han de seguirse una serie de fases que son, por este orden, el reingreso de excedentes voluntarios y de otros trabajadores con derecho preferente de reingreso, el concurso de traslado, el concurso oposición restringido y el concurso oposición libre. Resueltas las tres primeras fases sin que se haya producido la provisión del puesto, procede poner en marcha la última fase de provisión, es decir, el concurso oposición libre objeto de esta convocatoria.

Así pues, vacante en la plantilla del personal laboral de esta Universidad una plaza perteneciente al Grupo Retributivo I, con la categoría de Técnico Superior Universitario para Taller de Motores, Turbinas y Sistemas Auxiliares de Buques, que se encuentra incluida en la oferta de empleo público de la Universidad de Oviedo para el ejercicio 2022, aprobada mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de 23 de diciembre de 2022 (BOPA 30 de diciembre de 2022), y siendo necesaria su provisión,

Este Rector, en ejercicio de las competencias que le atribuyen el artículo 50 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, en relación con el artículo 3.2.j) del mismo texto legal, así como el artículo 60 de los Estatutos de esta Universidad, aprobados por el Decreto 12/2010, de 3 de febrero, del Principado de Asturias, resuelve convocar la cuarta y última fase del proceso de provisión de una plaza de Técnico Superior Universitario para Taller de Motores, Turbinas y Sistemas Auxiliares de Buques, Grupo I, con destino en el Departamento de Ciencia y Tecnología Náutica de la Universidad de Oviedo, mediante este concurso oposición libre, con sujeción a las bases que a continuación se reproducen, que han sido elaboradas por la Gerencia, previo acuerdo con el Comité de Empresa.

Bases de la convocatoria

Primera. Normas de aplicación.

Las presentes pruebas selectivas se someterán a lo previsto en el primer convenio colectivo del personal laboral de la Universidad de Oviedo, publicado en el BOPA de fecha 13 de febrero de 2013, por Resolución de 4 de febrero de 2013, de la Consejería de Economía y Empleo del Principado de Asturias, en los Estatutos de la Universidad de Oviedo, aprobados por Decreto 12/2010, de 3 de febrero, en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

Segunda. Puesto y funciones a desarrollar.

Características de la plaza:

Plaza de personal laboral.

Grupo retributivo I.

Puesto con número de orden 463 en la actual RPT de Personal Laboral.

Categoría: Técnico Superior Universitario para Taller de Motores, Turbinas y Sistemas Auxiliares de Buques.

Retribuciones complementarias: complemento de peligrosidad, penosidad y/o toxicidad. Destino: Departamento de Ciencia y Tecnología Náutica.

Localidad: Gijón.

Funciones a desarrollar:

Generales:

– Supervisión del cumplimiento de las normas de Seguridad e Higiene fijadas en cada uno de los laboratorios (taller de motores y simulador de cámaras de máquinas, Aula Daniel Ponte), así como control del adecuado estado de los equipos de protección si los hubiese.

– Reparación y gestión de las reparaciones de los equipos e instrumentos, optimizando los medios y recursos disponibles.

– Recepción de equipamiento y materiales, así como el traslado de cargas en los laboratorios con los medios adecuados.

– Provisión y adquisición de materiales.

– Gestión de residuos en los laboratorios.

– Gestión y control del propio local del laboratorio (accesos, alumbrado, fontanería, etc.).

– Detección de anomalías en las instalaciones comunes de espacios o laboratorios usados por el personal adscrito al Departamento de Ciencia y Tecnología Náutica, y que pudieran afectar al correcto desarrollo de su actividad, dando parte, si fuese el caso, a mantenimiento.

– Manejo y mantenimiento de motores de combustión interna, turbomáquinas y sus equipos auxiliares (bombas, autómatas, válvulas, vapor, etc.).

– Manejo y mantenimiento (hardware) de simuladores de cámara de máquinas (simuladores de motores de combustión interna, turbomáquinas y equipos auxiliares).

– Cualquier otra función acorde con la categoría profesional.

De apoyo a la docencia:

– Diseño, montaje y puesta a punto de las clases prácticas.

– Comprobación del correcto estado de funcionamiento del material, equipos a utilizar en la impartición de las clases prácticas de laboratorio.

– Comprobación de la existencia del material apropiado, en cantidad y en estado de funcionamiento, para el desarrollo de las prácticas de laboratorio.

– Custodia del material de prácticas disponible y realización de propuestas de reposición de consumibles y material inservible. Petición de ofertas a suministradores.

– Recabar y organizar información de técnicas, equipos y materiales del laboratorio (catálogos, folletos, especificaciones…).

– Asistencia a las prácticas para la subsanación de los problemas que puedan acontecer en el desarrollo de las mismas, respetando la jornada y horario.

– Comprobación de los equipos de prácticas una vez realizadas, con el objeto de reparar las posibles averías o solicitar recambios, si fuera necesario.

De apoyo a la investigación:

– Diseño y montaje de técnicas analíticas y realización de ensayos en banco de pruebas de motores de C.I.

– Manejo, puesta a punto, conservación y mantenimiento de equipos de medida e investigación vinculados a motores de C.I. y sus sistemas asociados.

– Gestión de la reserva de uso, para actividades investigadoras, tanto de equipos como de espacios específicos.

Tercera. Requisitos de los aspirantes.

Para ser admitido a las presentes pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad española o ser nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se halle definida en el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea.

b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

c) Tener capacidad para contratar la prestación de su trabajo, conforme con lo establecido en el artículo 7 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

d) No padecer enfermedad ni limitaciones físicas o psíquicas incompatibles con el normal desempeño de las tareas o funciones correspondientes. Quienes tengan la condición de personas con discapacidad reconocida por el órgano competente, deberán acreditar la compatibilidad de sus limitaciones en la actividad con las funciones de las plazas a las que aspiran.

e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas por sentencia judicial firme.

f) Estar en posesión del Título de Arquitecto, Ingeniero, Licenciado o Grado más Máster, o titulación equivalente y el Título profesional de Jefe de Máquinas. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.

Todos los requisitos anteriormente reseñados deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta la firma del contrato.

Cuarta. Solicitudes.

4.1  La presentación de solicitudes se hará en el Registro General de la Universidad de Oviedo (plaza de Riego, n.º 4, Oviedo), en los Registros Auxiliares cuyas sedes se encuentran ubicadas en el Servicio Administrativo del Campus de Mieres, en el Servicio Administrativo del Campus de Gijón, en el Servicio de Administración del Campus del Milán, en el Campus del Cristo «A» de Oviedo (Aulario de Ciencias Jurídico-Sociales, Planta Baja, c/ Catedrático Valentín Andrés Álvarez) y en el Centro de Servicios Universitarios en Avilés (c/ La Ferrería, n.º 7-9), y, electrónicamente, sólo a través del tramitador electrónico de la Universidad de Oviedo (dirigiéndolo a la Unidad de Convocatorias del Servicio de Gestión de Personal), así como en los lugares a que se refiere el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de 20 días naturales contados a partir del siguiente al de la fecha de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», y se dirigirán al Sr. Rector Magfco. de la Universidad de Oviedo. Los sucesivos actos y resoluciones serán publicados en la página web de la Universidad de Oviedo. La instancia se facilitará gratuitamente en el Registro General de la Universidad de Oviedo. De igual modo, el modelo de solicitud se encontrará disponible en la página web de la Universidad de Oviedo (http.//www.uniovi.es/pas/convocatorias/laboral/libre).

En supuestos de discapacidad, se hará constar en la instancia dicha condición, el tipo de discapacidad, así como el grado reconocido por las autoridades competentes.

Para quienes hayan prestado servicios en la Universidad de Oviedo, el Servicio de Gestión de Personal adjuntará de oficio a la instancia la correspondiente hoja de servicios. Dicha certificación podrá ser verificada individualmente por los interesados a través del portal del empleado, disponiendo de un plazo de tres días hábiles a contar desde que finaliza el plazo de presentación de solicitudes para presentar las alegaciones que consideren oportunas.

La fecha de referencia para la valoración de todos los méritos, incluida la experiencia, es la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.

4.2  Los derechos de examen serán de 42 euros, y se ingresarán en UNICAJA, Número de cuenta: ES92 2103 8557 1100 3000 0604, bajo el nombre, «Convocatoria libre Técnico Superior». Constará como nombre del remitente el del mismo aspirante y se adjuntará una copia del resguardo de la imposición. La falta de pago de estos derechos no es subsanable y determinará la exclusión del aspirante.

4.3  A la solicitud se acompañará:

– Fotocopia del Documento Nacional de Identidad o documento que acredite las condiciones exigibles a las personas que no tengan nacionalidad española.

– Curriculum vitae según modelo que figura como anexo II de esta convocatoria, cuyos datos y méritos será necesario justificar documentalmente, para su valoración en la fase de concurso.

– Justificante de haber abonado los derechos de examen.

– Fotocopia de las titulaciones requeridas.

– En supuestos de discapacidad se hará constar dicha condición, así como el grado reconocido por las autoridades competentes, debiendo cumplimentar, en el caso en que sea necesario, la adaptación de tiempo y/o medios que se solicitan para la realización de las pruebas.

4.4  Con la firma de la solicitud para participar en estas pruebas selectivas, se autoriza el uso de datos personales, tales como nombre, apellidos, DNI y valoraciones de méritos, a efectos de ser incluidos en los listados que serán publicados en los tablones de anuncios de Gerencia, Registro General y Registros Auxiliares de la Universidad, en la página web de la Universidad de Oviedo, y en los Boletines Oficiales de la Comunidad Autónoma y del Estado, tanto a efectos de esta convocatoria como de la gestión de la posible bolsa de trabajo.

Quinta. Admisión de aspirantes.

5.1  En el plazo máximo de un mes a partir de la fecha de terminación del plazo para presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad de Oviedo dictará Resolución, por la que se harán públicas en la página web de la Universidad de Oviedo las listas provisionales de admitidos y excluidos. Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de 10 días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la Resolución para subsanar el defecto que haya motivado la exclusión.

5.2 Seguidamente, mediante Resolución del Rector de la Universidad de Oviedo se harán públicas en la página web de la Universidad de Oviedo las listas definitivas de admitidos y excluidos para cada apartado de plazas, y se señalarán la fecha, el lugar y la hora de realización del primer ejercicio de la fase de oposición.

Contra dicha Resolución se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la jurisdicción contencioso administrativa, en plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, conforme al artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Previamente y con carácter potestativo, podrá interponer recurso de reposición ante el Rector, en el plazo de un mes, a tenor del art. 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Sexta. Sistema de selección.

A. Fase de concurso:

En esta fase se valorarán los méritos alegados y probados documentalmente por cada concursante, según puntuación que figura en el anexo III de esta convocatoria.

B. Fase de oposición:

Esta fase constará de los ejercicios que se especifican en el anexo III de esta convocatoria.

La plaza se adjudicará al concursante que obtenga mayor puntuación, sumando los puntos de la fase del concurso a los puntos de la fase de la oposición.

En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá aplicarse para superar los ejercicios de la fase de oposición.

Séptima. Comisión Calificadora.

7.1  La Comisión Calificadora de estas pruebas selectivas es la que figura como anexo V de esta convocatoria.

7.2  Los miembros del Tribunal y el Secretario deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad, cuando concurran en ellos algunas de las causas previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en el párrafo anterior.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal, a tenor del artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

7.3  Previa convocatoria del Presidente, se constituirá la Comisión con asistencia, al menos, del Presidente, el Secretario y la mitad más uno de los vocales. Celebrará su sesión de constitución en el plazo máximo de treinta días a partir de su designación.

7.4  A partir de su constitución, la Comisión para actuar válidamente, requerirá la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros.

7.5  La Comisión resolverá todas las dudas que pudieran surgir en aplicación de estas normas, así como lo que se deba decidir en los casos no previstos.

El procedimiento de actuación de la Comisión se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

7.6  En ningún caso la Comisión podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes al de las plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo establecido en este punto será nula de pleno derecho.

7.7  La Comisión podrá proponer al Rector la designación de asesores especialistas.

Dichos asesores se limitarán a informar sobre pruebas y méritos relativos a su especialidad.

El Presidente tendrá voto de calidad en caso de empate.

7.8  El Tribunal calificador practicará las actuaciones oportunas en orden a que los aspirantes con discapacidad gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de los participantes. En este sentido, y cuando así se solicite, se efectuarán las adaptaciones posibles en tiempo y medios para su realización.

A tal efecto, la Comisión podrá recabar informe y, en su caso, colaboración de los servicios técnicos de la Administración laboral, sanitaria o de los órganos competentes de la Consejería correspondiente del Principado de Asturias.

7.9  A efectos de comunicaciones y demás incidencias, la Comisión Calificadora tendrá su sede en el Servicio de Gestión de Personal de la Universidad de Oviedo (plaza de Riego, número 4-1.º) en la que los interesados podrán recibir información administrativa sobre el desarrollo del proceso selectivo. No obstante, sólo tendrán efectos jurídicos las comunicaciones remitidas por los medios de notificación y publicación previstos en esta convocatoria.

Octava. Desarrollo de los ejercicios y relación de aprobados.

8.1  Según lo dispuesto en la Resolución de 27 de julio de 2023, de la Secretaría de Estado de Política Territorial y Función Pública, por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración del Estado, el orden de actuación de los opositores se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «W». En el supuesto de que no existan aspirantes cuyo primer apellido comience por la letra «W», el orden de actuación se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «X», y así sucesivamente.

8.2  En cualquier momento del proceso selectivo la Comisión podrá requerir a los opositores para que acrediten su identidad.

8.3  Los aspirantes serán convocados en único llamamiento para la realización de cada ejercicio, debiendo ir provistos del documento nacional de identidad o acreditación equivalente.

Serán excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificados y libremente apreciados por la Comisión.

8.4  En cualquier momento del proceso selectivo, si la Comisión tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple uno o varios de los requisitos exigidos en la presente convocatoria, previa audiencia al interesado, deberá proponer su exclusión al Sr. Rector, comunicándole, asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en su solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes. Contra la Resolución de exclusión, el aspirante podrá interponer recurso de reposición ante el Rector.

8.5  Finalizadas las pruebas selectivas, la Comisión Calificadora hará pública, en el tablón de anuncios de la Gerencia, en la página web de la Universidad, en el lugar o lugares de celebración de los ejercicios, así como en la sede de la Comisión señalada en la base 7.9, y en aquellos otros que estime oportuno, la relación de aspirantes y las puntuaciones obtenidas.

8.6  La Comisión Calificadora elevará al Rector la correspondiente propuesta para la adjudicación de la plaza al candidato seleccionado.

8.7  La relación de aspirantes aprobados, por el orden de puntuación alcanzada, será de interés en los supuestos de renuncia o en cualquier otra circunstancia que impida al más meritorio la formalización del contrato para, en su caso, proponer la adjudicación de la plaza al aspirante que le siga en el orden de puntuación.

Novena. Formalización del contrato.

9.1  Antes de la formalización del contrato, el candidato seleccionado deberá justificar adecuadamente, en un plazo de veinte días naturales desde que se haga pública la lista de aprobados, los requisitos siguientes:

a) Fotocopia compulsada del Título de Arquitecto, Ingeniero, Licenciado o Grado más Máster, o titulación equivalente y el Título profesional de Jefe de Máquinas.

b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas mediante sentencia judicial firme.

c) Certificación acreditativa de no padecer enfermedad ni limitaciones físicas o psíquicas que le imposibiliten para el desempeño de sus funciones, expedido por el médico, especialista en medicina del trabajo, de la Universidad de Oviedo.

9.2 El Rector de la Universidad de Oviedo procederá a la formalización del contrato y, hasta tanto no se formalice, el aspirante no tendrá derecho a percepción económica alguna.

Décima. Incorporación y período de prueba.

10.1  La incorporación al puesto de trabajo se efectuará una vez formalizado el contrato, quedando sujeto al período de prueba que establece el artículo 14 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

10.2  Si el candidato supera el período de prueba satisfactoriamente adquirirá la condición de personal laboral fijo.

Undécima. Norma final.

La convocatoria y sus bases podrán ser impugnadas en el plazo de dos meses ante la jurisdicción contencioso administrativa, mediante recurso contencioso-administrativo, conforme al artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Previamente y con carácter potestativo, se podrá interponer recurso de reposición ante el Rector, en el plazo de un mes, a tenor del artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Los actos administrativos de la Comisión Calificadora podrán ser impugnados mediante recurso de alzada ante el Rector de la Universidad de Oviedo, en el plazo de un mes, conforme determina el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Oviedo, 26 de febrero de 2024.–El Rector, Ángel Ignacio Villaverde Menéndez.

ANEXO I
Modelo de solicitud para acceso a plazas de personal laboral

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ANEXO II
Curriculum vitae para la provisión plazas con la categoría de Técnico Superior Universitario para Taller de Motores, Turbinas y Sistemas Auxiliares de Buques

Grupo III

Nombre y apellidos ........................................................................................................

1.º Títulos académicos ...............................................................................................

2.º Cursos relacionados con la plaza. (El temario será la referencia adecuada para su valoración): ......................................................................................................................

........................................................................................................................................

........................................................................................................................................

........................................................................................................................................

3.º Experiencia profesional: .........................................................................................

........................................................................................................................................

........................................................................................................................................

........................................................................................................................................

Otros datos: .......................................................................................

.........................................................................................................

(Los datos que aparecen en este anexo sólo serán valorados si se justifican documentalmente)

(fecha y firma)

SR. RECTOR MAGFCO. DE LA UNIVERSIDAD DE OVIEDO.

ANEXO III
Baremo aplicable al concurso-oposición libre para la provisión de plazas con la categoría de Técnico Superior Universitario para Taller de Motores, Turbinas y Sistemas Auxiliares de Buques

A. Fase de concurso. Máximo 6 puntos.

1. Méritos académicos (máximo 3 puntos).

a) Titulación (máximo 1 punto).

Doctor: 1 punto.

b) Cursos relacionados con la plaza (máximo 2 puntos).

Sólo se puntúan los cursos impartidos, homologados o acreditados por organismos oficiales. Se excluye la asistencia a las jornadas, seminarios y/o congresos.

0,01 puntos por hora de asistencia.

0,10 puntos para los certificados de cursos que no especifiquen horas de duración.

Todos los cursos que presenten certificado de aprovechamiento tendrán derecho al doble de puntuación (0,02 puntos por hora).

2. Méritos profesionales (máximo 3 puntos).

Experiencia acreditada como Técnico Superior Universitario para Taller de Motores, Turbinas y Sistemas Auxiliares de Buques o puesto de trabajo con funciones análogas en la plantilla de personal laboral de la Universidad de Oviedo o en otra Administración Pública.

0,05 puntos por cada mes de servicio.

B. Fase de oposición. Máximo 20 puntos.

En esta fase los aspirantes deberán ir provistos de DNI.

La oposición constará de los ejercicios que a continuación se indican, teniendo ambos carácter eliminatorio:

Primer ejercicio: Teórico.

Cuestionario de 80 preguntas con 4 respuestas alternativas, sobre el temario que figura en el anexo IV.

Este ejercicio se calificará utilizando la fórmula siguiente:

Imagen: /datos/imagenes/disp/2024/57/4321_14142212_1.png

Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario para superar la prueba haber obtenido como mínimo 5 puntos.

Segundo ejercicio: Práctico.

Consistirá en resolver uno o varios supuestos prácticos o pruebas teórico-prácticas relacionadas con el programa y especialidad de la plaza convocada.

Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario para aprobar alcanzar un mínimo de 5 puntos.

La calificación final de la prueba vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de concurso y oposición. En caso de empate, éste se dirimirá en base a la mayor puntuación alcanzada en el ejercicio teórico. Si persistiese el empate, se atenderá a la mayor puntuación alcanzada en el ejercicio práctico. En último término, se acudirá al sorteo.

ANEXO IV
Programa

Tema 1. Introducción a los actuales motores de combustión interna alternativos marinos y de turbo máquinas marinas. Antecedentes históricos, definiciones fundamentales, descripción y principios de funcionamiento.

Tema 2. Teoría termodinámica de los motores de combustión interna alternativos y de las turbinas de vapor y de gas. Estudio completo de ciclos ideales y reales.

Tema 3. La admisión y el escape en los motores térmicos alternativos marinos.

Tema 4. Combustión. Estudio de la combustión normal y de las combustiones anormales en los motores de combustión interna alternativos marinos.

Tema 5. Determinación de la potencia. Valores característicos, pérdidas, rendimiento y curvas características.

Tema 6. Métodos para la renovación de la carga energética. Renovación de la carga en motores de gas. Renovación de la carga energética de los motores Diesel: Estudio general de la inyección.

Tema 7. La relación peso/potencia; la sobrealimentación; utilización de la energía en el escape.

Tema 8. El arranque e inversión de giro.

Tema 9. Características de funcionamiento de los motores de combustión interna alternativos marinos.

Tema 10. Distribución, circuitos y sistemas auxiliares. La refrigeración y la lubricación en los motores de combustión interna alternativos marinos.

Tema 11. Turbinas de vapor. Partes principales de una turbina de vapor. Sistemas auxiliares de la turbina. Clasificación de las turbinas de vapor. Operación de las Turbinas de vapor. Averías en las Turbinas de vapor.

Tema 12. Prestaciones de una turbina de vapor. Potencia. Factores que afectan a la potencia.

Tema 13. Modos de regulación: contrapresión, velocidad, potencia y presión de vapor vivo. Elementos de seguridad y parada. El sistema de control.

Tema 14. Turbinas de gas. Estudio orgánico. Tipos. Principales elementos de las turbinas de gas. Operación de las Turbinas de gas. Averías de las turbinas de gas.

Tema 15. El Convenio Colectivo para el personal laboral vigente en la Universidad de Oviedo: Personal de Administración y Servicios.

Tema 16. Los Estatutos de la Universidad de Oviedo: Naturaleza, fines, competencias, estructura y organización de la Universidad de Oviedo. Órganos Colegiados de Gobierno y Representación de la Universidad de Oviedo. Órganos Unipersonales de la Universidad de Oviedo. La Comunidad Universitaria: Especial referencia al Personal de Administración y Servicios.

Tema 17. El Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 2/2015, de octubre): Derechos y Deberes laborales básicos. Derechos y Deberes derivados del contrato. Movilidad funcional y geográfica. Modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo. Suspensión del contrato. Extinción del contrato.

Tema 18. Referencias al personal laboral en el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

Tema 19. La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. Capítulos III, IV y V: Derechos y Obligaciones. Servicio de Prevención. Consulta y participación de los trabajadores.

ANEXO V
Comisión calificadora designada para la provisión de una plaza de Técnico Superior Universitario para Taller de Motores, Turbinas y Sistemas Auxiliares de Buques, Grupo I, con destino en el Departamento de Ciencia y Tecnología Náutica

Titulares

Presidente: Doña María Mercedes García San Millán.

Vocales:

1.º Don Rubén González Rodríguez.

2.º Don Víctor Miguel Merayo Fernández.

3.º Don Ángel del Reguero Huerga.

4.º Don Ramón Jesús Argüelles Fraga.

Secretaria: Doña Mercedes Palacio Menéndez, con voz y sin voto.

Suplentes

Presidente: Don Florentino Avelino López Iglesias

Vocales:

1.º Doña Marlene Bartolomé Sáez.

2.º Don Eduardo Rodríguez Ordóñez.

3.º Don Miguel Ángel Pascual Santirso.

4.º Don Benigno Adolfo Vallina Rodríguez.

Secretaria: Doña Carmen Martínez Fernández, con voz y sin voto.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 26/02/2024
  • Fecha de publicación: 05/03/2024
  • Convocatoria.

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