Obtenida la verificación del plan de estudios del Máster Universitario en Gestión de Recursos Pesqueros y Acuicultura por el Consejo de Universidades, previo informe positivo de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación, y acordado el carácter oficial del título por el Consejo de Ministros de 12 de noviembre de 2010 (publicado en el BOE de 16 de diciembre de 2010, por Resolución de la Secretaría General de Universidades de 22 de noviembre de 2010),
Modificado el plan de estudios mediante resolución favorable del Consejo de Universidades de 19 de abril de 2023, este Rectorado, de conformidad en lo dispuesto en el artículo 8.3 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, ha resuelto publicar la modificación del plan de estudios conducente a la obtención del título oficial de Máster universitario en Gestión de Recursos Pesqueros y Acuicultura.
La presente modificación será de aplicación a aquellos estudiantes que realicen el Máster a partir del curso académico 2023/2024.
La presente resolución pone fin a la vía administrativa. Frente a ella, de conformidad con lo previsto en el capítulo II del título V de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el artículo 46 y concordantes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa y en el artículo 20 de los Estatutos de la Universidad de Murcia, aprobados por Decreto 85/2004, de 27 de agosto, los interesados pueden interponer recurso potestativo de reposición ante el Rector de la Universidad de Murcia en el plazo de un mes o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Murcia, en el plazo de dos meses, contados en ambos casos desde el día siguiente al de la notificación o publicación y sin perjuicio de que puedan intentar cualquier otro recurso que a su derecho convenga.
No se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición en su caso interpuesto.
Murcia, 27 de febrero de 2024.–El Rector, José Luján Alcaraz.
Tipo de materia | Créditos |
---|---|
Obligatorias. | 30 |
Prácticas Externas. | 12 |
Trabajo Fin de Máster. | 18 |
Créditos totales. | 60 |
Asignaturas | Tipo | Cuatrimestre | Créditos |
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Ecología marina y oceanografía biológica. | Obligatoria. | 1 | 3 |
Fundamentos de acuicultura marina. | Obligatoria. | 1 | 3 |
Impacto ambiental de la acuicultura. | Obligatoria. | 1 | 3 |
Patología en acuicultura. | Obligatoria. | 1 | 3 |
Nutrición y alimentación en acuicultura. | Obligatoria. | 1 | 3 |
Métodos de estudio en acuicultura. | Obligatoria. | 1 | 3 |
Gestión y conservación de recursos pesqueros. | Obligatoria. | 1 | 3 |
Ictiología. | Obligatoria. | 1 | 3 |
Reproducción y desarrollo en acuicultura. | Obligatoria. | 1 | 3 |
Calidad y tecnología de los productos de la pesca. | Obligatoria. | 1 | 3 |
Prácticas externas. | Obligatoria. | 2 | 12 |
Trabajo fin de máster. | Obligatoria. | 2 | 18 |
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