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Documento BOE-A-2024-48

Resolución 1A0/38511/2023, de 15 de noviembre, del Centro Criptológico Nacional, por la que se certifica la seguridad del producto «TC-FNMT versión 5.6», solicitado por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda.

Publicado en:
«BOE» núm. 1, de 1 de enero de 2024, páginas 128 a 129 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2024-48

TEXTO ORIGINAL

Recibida en el Centro Criptológico Nacional la solicitud presentada por Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda, con domicilio social en calle Jorge Juan, 106. 28009 Madrid, para la certificación de la seguridad del producto «TC-FNMT versión 5.6», conforme al entorno de uso, garantías y limitaciones indicadas en la correspondiente Declaración de Seguridad: «Declaración de Seguridad de la tarjeta TC-FNMT 5.6, versión 2.0, revisión 3, 27 de febrero de 2023».

Visto el correspondiente Informe Técnico de Evaluación de Applus Laboratories, de código EXT-8749, que determina el cumplimiento del producto «TC-FNMT versión 5.6», de las propiedades de seguridad indicadas en dicha Declaración de Seguridad, tras el análisis de su seguridad según indican las normas «Common Methodology for Information Technology Security Evaluation/Common Criteria for Information Technology Security Evaluation version 3.1 release 5».

Visto el correspondiente Informe de Certificación del Centro Criptológico Nacional, de código INF-4217, que determina el cumplimiento del producto «TC-FNMT versión 5.6», de los requisitos para la certificación de su seguridad exigidos por el Reglamento de Evaluación y Certificación de la Seguridad de las Tecnologías de la Información, aprobado por la Orden PRE/2740/2007, de 19 de septiembre.

De acuerdo con las facultades que me confiere la Ley 11/2002, reguladora del Centro Nacional de Inteligencia, al amparo de lo dispuesto en el artículo 1 y artículo 2, párrafo 2, letra c, del Real Decreto 421/2004, de 12 de marzo, por el que se regula el Centro Criptológico Nacional, al objeto de resolver la solicitud de certificación mencionada, dispongo:

Primero.

Certificar que la seguridad del producto «TC-FNMT versión 5.6», cumple con lo especificado en la Declaración de Seguridad de referencia «Declaración de Seguridad de la tarjeta TC-FNMT 5.6, versión 2.0, revisión 3, 27 de febrero de 2023», según exigen las garantías definidas en las normas «Common Methodology for Information Technology Security Evaluation/Common Criteria for Information Technology Security Evaluation version 3.1 release 5», para el nivel de garantía de evaluación EAL4 + ALC_DVS.2 + ATE_DPT.2 + AVA_VAN.5 y de conformidad con los siguientes perfiles de protección: «Protection Profiles for Secure Signature Creation Device – Part 2: Device with key generation, prEN 14169-2:2012 ver. 2.0.1, 2012-01, BSI-CC-PP-0059-2009-MA-01», «Protection Profiles for Secure Signature Creation Device – Part 3: Device with key import, prEN 14169-3:2012 ver. 1.0.2, 2012-07-24, BSI-CC-PP-0075», «Protection profiles for secure signature creation device — Part 4: Extension for device with key generation and trusted channel to certificate generation application. Version: 1.0.1. 2013-11-27, BSI-CC-PP-0071», «Protection profiles for secure signature creation device — Part 5: Extension for device with key generation and trusted communication with signature creation application. Version: 1.0.1. 2012-11-14, BSI-CC-PP-0072» y «Protection profiles for secure signature creation device — Part 6: Extension for device with key import and trusted communication with signature creation application. Version: 1.0.4. 2013-04-03, BSI-CC-PP-0076».

Segundo.

Esta certificación, su alcance y vigencia, y el uso de la condición de producto certificado, quedan sujetos a lo establecido en el Reglamento de Evaluación y Certificación de la Seguridad de las Tecnologías de la Información.

Tercero.

El Informe de Certificación y la Declaración de Seguridad citados se encuentran disponibles para su consulta en el Centro Criptológico Nacional.

Cuarto.

La presente resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 15 de noviembre de 2023.–La Secretaria de Estado Directora del Centro Criptológico Nacional, Esperanza Casteleiro Llamazares.

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