En virtud de lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 62/2003, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social, por el que se modifica la disposición adicional novena de la Ley 53/2002, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social (Control preventivo municipal de obras en zonas de interés para la Defensa Nacional), vista la propuesta del Almirante General Jefe de Estado Mayor de la Armada y considerando suficientemente cumplidos todos los requisitos legalmente exigidos, vengo en calificar de interés general, por afectar directamente a la Defensa Nacional, las obras relativas al proyecto «Obra del nuevo edificio de la Ayudantía Mayor en parte de la propiedad demanial asignada a la Armada denominada Arsenal de las Palmas (Las Palmas de Gran Canaria)».
Contra esta orden ministerial, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», recurso contencioso-administrativo ante la Sala de dicha índole de la Audiencia Nacional, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 11 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa o, con carácter previo, recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la dictó, según establecen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, 25 de enero de 2024.–La Ministra de Defensa, Margarita Robles Fernández.
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