A propuesta de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes, formulada el día 29 de febrero de 2024, en aplicación del artículo 38 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, y de los artículos 40 y 41.2 del Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de dicha ley, dispongo:
Que se ejercite el derecho de tanteo para el Departament de Cultura de la Generalitat de Catalunya, con cargo a sus presupuestos, sobre el bien mueble que fue incluido en el catálogo de la subasta pública celebrada en la sala Templum Fine Art Auctions, el día 28 de febrero de 2024, con el número de lote y referencia siguiente:
Lote 551. «Fust de Ripoll». Columna románica catalana. Siglo XII. Piedra. 110 × 25 × 25 cm.
Para el abono a la sala subastadora del precio de remate de diez mil euros (10.000 €), más los gastos inherentes, así como para la custodia del bien subastado, el representante de la entidad de derecho público afectada habrá de acordar directamente con los subastadores las medidas que estime convenientes.
Madrid, 1 de marzo de 2024.–El Ministro de Cultura, P.D. (Orden CLT/12/2024, de 12 de enero), el Secretario de Estado de Cultura, Jordi Martí Grau.
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