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Documento BOE-A-2024-5076

Orden EFD/244/2024, de 11 de marzo, por la que, en aceptación de la renuncia, se declara la pérdida de la condición de funcionario de carrera del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria de don Nicolas Juge.

Publicado en:
«BOE» núm. 66, de 15 de marzo de 2024, páginas 30542 a 30542 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - A. Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes
Referencia:
BOE-A-2024-5076

TEXTO ORIGINAL

La Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional de la Comunidad Autónoma de Andalucía, por Resolución de 25 de enero de 2024 de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, acepta la renuncia a la condición de funcionario de carrera del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, presentada por don Nicolas Juge, con número de registro personal **** 344735NA0590.

Considerando que el artículo 63.a) del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, dispone que la renuncia a la condición de funcionario, es una de las causas de pérdida de la condición de funcionario de carrera.

Vista la propuesta de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional de la Comunidad Autónoma de Andalucía,

Este Ministerio, ha dispuesto:

Primero.

Declarar la pérdida de la condición de funcionario de carrera del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, de don Nicolas Juge, con número de registro personal **** 344735NA0590 y número de identidad de extranjero *****9574, causando baja en el citado cuerpo desde el día 8 de enero de 2024.

Segundo.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o bien podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 11 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Madrid, 11 de marzo de 2024.–La Ministra de Educación, Formación Profesional y Deportes, P.D. (Orden EFP/43/2021, de 21 de enero), el Subsecretario, Santiago Antonio Roura Gómez.

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