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Documento BOE-A-2024-514

Resolución de 28 de diciembre de 2023, del Consejo de Seguridad Nuclear, por la que se publica la segunda Adenda al Convenio con la Universidad de Málaga, sobre un programa de vigilancia radiológica ambiental (Red de estaciones de muestreo).

Publicado en:
«BOE» núm. 8, de 9 de enero de 2024, páginas 3074 a 3076 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Consejo de Seguridad Nuclear
Referencia:
BOE-A-2024-514

TEXTO ORIGINAL

El Presidente del Consejo de Seguridad Nuclear y el Rector de la Universidad de Málaga, han suscrito, con fecha 28 de diciembre de 2023, la segunda Adenda al Convenio entre el Consejo de Seguridad Nuclear y la Universidad de Málaga, sobre un programa de vigilancia radiológica ambiental (Red de estaciones de muestreo) adenda aplicable al período 2024-2027.

Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la referida adenda, como anejo a la presente resolución.

Madrid, 28 de diciembre de 2023.–El Presidente del Consejo de Seguridad Nuclear, Juan Carlos Lentijo Lentijo.

ANEJO
Segunda Adenda al Convenio entre el Consejo de Seguridad Nuclear y la Universidad de Málaga, sobre un programa de vigilancia radiológica ambiental (Red de estaciones de muestreo)

Adenda aplicable al período 2024-2027

REUNIDOS

De una parte: don Juan Carlos Lentijo Lentijo, presidente del Consejo de Seguridad Nuclear (en adelante, CSN), cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 275/2022, de 12 de abril (BOE núm. 88, de 13 de abril), en nombre y representación de este organismo, con domicilio en la calle Pedro Justo Dorado Dellmans n.º 11 de Madrid, y con número de identificación fiscal Q2801036-A, en virtud de las competencias que le son atribuidas por el Real Decreto 1440/2010, de 5 de noviembre (BOE núm. 282, de 22 de noviembre).

De otra parte: don José Ángel Narváez Bueno, Rector Magnífico de la Universidad de Málaga, cargo por el que fue nombrado por Decreto 6/2020, de 14 de enero (BOJA núm. 11, de 17 de enero), en nombre y representación de esta Institución, con domicilio en la Avenida de Cervantes n.º 2 de Málaga, y con número de identificación fiscal Q2918001-E, con plena capacidad legal de acuerdo con las atribuciones que tiene conferidas, por razón de su cargo, en el artículo 50 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario (BOE núm. 70, de 23 de marzo de 2023) y en el artículo 27.1 de los Estatutos de la UMA, aprobados por Decreto de la Junta de Andalucía 464/2019, de 14 de mayo (BOJA núm. 93, de 17 de mayo de 2019).

Ambas partes, reconociéndose mutuamente plena capacidad legal para la formalización de esta adenda,

EXPONEN

Primero.

Que, con fecha 2 de enero de 2020, se suscribió el convenio entre el CSN y la Universidad de Málaga sobre un programa de vigilancia radiológica ambiental (Red de estaciones de muestreo).

Segundo.

Que la duración del convenio que se suscribió entonces era de cuatro años, desde el 1 de enero de 2020.

Tercero.

Que en la estipulación quinta del mencionado convenio se indica que «el Convenio podrá ser objeto de modificación o prórroga por mutuo acuerdo entre las partes por un período máximo de cuatro años adicionales, según lo prescrito en el artículo 49 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. En este caso, se formalizará la oportuna Cláusula Adicional con las condiciones de la prórroga o modificación con anterioridad a la fecha de vencimiento del Convenio».

Cuarto.

Que desde el 1 de julio de 2022, se llevó a cabo la ampliación del programa de vigilancia radiológica ambiental, para lo cual el 13 de septiembre de 2022 se suscribió una primera adenda al convenio en cuyos anexos se recogen las nuevas condiciones técnicas y condiciones económicas por las que se rige el convenio.

Quinto.

Que con el fin de poder ejecutar de forma adecuada los trabajos previstos ambas partes convienen en formalizar la presente adenda al convenio.

Sexto.

Que la Memoria Técnica que acompaña a la primera adenda al convenio suscrito antes citada se modifica para adaptarla al programa de vigilancia radiológica ambiental actualmente desarrollado, de acuerdo con el contenido incluido como anexo I (1) de esta segunda adenda.

(1) Se refiere a la Memoria Técnica de la Adenda Segunda al Convenio para el período 2024-2027.

Séptimo.

Que el aumento del coste de los trabajos a realizar obliga a incrementar el presupuesto.

Y, en consecuencia, las partes

ACUERDAN

Primero.

Prorrogar el convenio firmado el 2 de enero de 2020 y su adenda firmada el 13 de septiembre de 2022, por un período de cuatro años adicionales, de conformidad con la estipulación quinta, hasta el 31 de diciembre de 2027.

Segundo.

Modificar las condiciones técnicas según se recoge en la Memoria Técnica incluida en el anexo I de esta adenda.

Tercero.

Modificar el texto del convenio y su Memoria Económica en los siguientes aspectos:

Dar una nueva redacción a la estipulación octava (condiciones económicas) de la adenda primera del convenio para incrementar la aportación económica del CSN durante la vigencia de la presente adenda, quedando redactada de la siguiente forma:

«La aportación económica del CSN al programa correspondiente a cada anualidad del período 2024-2027 asciende a la cantidad de 69.239,63 euros (sesenta y nueve mil doscientos treinta y nueve euros con sesenta y tres céntimos) en la que se entienden incluidos todo tipo de gastos e impuestos.

Por lo tanto, la aportación económica para el CSN durante los años de vigencia de la prórroga del convenio asciende a la cantidad de doscientos setenta y seis mil novecientos cincuenta y ocho euros con cincuenta y dos céntimos (276.958,52 €), que incluye todo tipo de gastos e impuestos aplicables.

El coste total del convenio para los cuatro años de vigencia, incluyendo los recursos propios aportados por ambos organismos, asciende a 473.626,32 euros (cuatrocientos setenta y tres mil seiscientos veintiséis euros con treinta y dos céntimos), que serán aportados por la Universidad de Málaga en un porcentaje aproximado del 28 % y por el CSN en un porcentaje aproximado del 72 %.

La modificación de la Memoria Económica se incluye en el anexo II (2) de esta segunda adenda.

(2) Se refiere a la Memoria Económica de la Adenda Segunda al Convenio para el período 2024-2027.

Los gastos asociados a la puesta en práctica de Planes Especiales de Vigilancia Radiológica serán valorados teniendo en cuenta el alcance del mismo en cada caso, para lo cual el CSN y la Universidad de Málaga acordarán los importes correspondientes».

La presente adenda resultará eficaz a partir de la fecha de su inscripción en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal. Adicionalmente, deberá publicarse en el «Boletín Oficial del Estado».

En prueba de conformidad se firma la presente adenda en Madrid, a 28 de diciembre de 2023.–Por el Consejo de Seguridad Nuclear, el Presidente, Juan Carlos Lentijo Lentijo.–Por la Universidad de Málaga, el Rector, José Ángel Narváez Bueno.

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