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Documento BOE-A-2024-5800

Resolución de 29 de febrero de 2024, de la Subsecretaría, por la que se aprueba la Carta de Servicios del Palacio Real de la Almudaina 2024-2027.

Publicado en:
«BOE» núm. 72, de 22 de marzo de 2024, páginas 33802 a 33802 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
Referencia:
BOE-A-2024-5800

TEXTO ORIGINAL

En aplicación de lo previsto en el capítulo III del Real Decreto 951/2005, de 29 de julio, por el que se establece el marco general para la mejora de la calidad en la Administración General del Estado, el Consejo de Administración del Patrimonio Nacional ha elaborado la Carta de Servicios del Palacio Real de la Almudaina 2024-2027 a través de la cual se pretende informar a los ciudadanos y usuarios acerca de los servicios que tiene encomendados, los derechos que les asisten en relación con los mismos, así como respecto de los compromisos de calidad que el organismo asume en la prestación de los citados servicios.

A estos efectos, tras su elevación y propuesta, y visto el informe favorable de la Dirección General de Ciudadanía y Gobierno Abierto, de fecha 22 de febrero de 2024, conforme a lo dispuesto en el artículo 11.1 del Real Decreto 951/2005, de 29 de julio, en virtud de las facultades que le atribuye la vigente legislación, esta Subsecretaría ha resuelto:

Primero.

Aprobar la Carta de Servicios del Palacio Real de la Almudaina 2024-2027, que tendrá vigencia a partir del día siguiente a la publicación de la presente aprobación.

Segundo.

Ordenar la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».

La citada Carta de Servicios aprobada estará disponible en las dependencias del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional, a partir de la fecha indicada de su entrada en vigor y estará accesible en la sede electrónica del organismo, así como en el Portal de Transparencia y en el Punto de Acceso General de la Administración General del Estado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 puntos 3 y 4 del citado Real Decreto 951/2005, y en el artículo 10 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.

Madrid, 29 de febrero de 2024.–El Subsecretario de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Alberto Herrera Rodríguez.

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