El Subsecretario de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes y el Presidente del Centro de Investigaciones Sociológicas han suscrito una adenda de prórroga del convenio en materia de prestación de servicios de medicina del trabajo.
Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la referida adenda como anexo a la presente resolución.
Madrid, 21 de marzo de 2024.–El Subsecretario de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Alberto Herrera Rodríguez.
28 de febrero de 2024.
REUNIDOS
De una parte, don Alberto Herrera Rodríguez, Subsecretario de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, nombrado para dicho cargo por el Real Decreto 950/2023, de 28 de noviembre, que actúa en virtud de las competencias que le han sido delegadas por Orden PCM/318/2022, de 11 de abril, sobre delegación de competencias y sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos.
Y de otra, don José Félix Tezanos Tortajada, Presidente del Centro de Investigaciones Sociológicas (CIS), según nombramiento conferido por el Real Decreto 771/2018, de 29 de junio, en virtud de las facultades que le otorga la Ley 39/1995, de 19 de diciembre, de Organización del Centro de Investigaciones Sociológicas, y el Real Decreto 1214/1997, de 18 de julio, sobre organización del Centro de Investigaciones Sociológicas.
Reconociéndose ambas partes capacidad para suscribir la presente adenda,
EXPONEN
Que con fecha de 10 de febrero de 2020 se suscribió un Convenio entre el antiguo Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática y el Centro de Investigaciones Sociológicas, para la prestación de la especialidad de Medicina del Trabajo y, por tanto, la vigilancia de la salud a todos los empleados y personal del CIS por parte del Gabinete Médico del Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, con vigencia desde el 29 de febrero de 2020 hasta el 28 de febrero de 2024.
Que las partes manifiestan su satisfacción por la colaboración desarrollada considerando necesario modificar y prorrogar el convenio según lo que se indica en los apartados siguientes.
De conformidad con lo expuesto anteriormente, ambas partes acuerdan suscribir la presente adenda de prórroga del convenio, con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Las partes firmantes acuerdan la prórroga del convenio hasta el 28 de febrero de 2028. Una vez firmada, la presenta adenda resultará eficaz una vez inscrita en el Registro Electrónico de órganos e Instrumento de Cooperación del sector público estatal. Asimismo, será publicada en el plazo de diez días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado».
El contenido del convenio firmado el 10 de febrero de 2020 permanecerá vigente en todo lo no modificado expresamente mediante esta adenda.
La presente adenda de prórroga queda sometida al régimen jurídico de convenios previsto en el capítulo sexto del título preliminar –artículos 47 a 53– de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Y en prueba de conformidad, se firma el presente documento en la fecha señalada en las firmas.–El Subsecretario de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Alberto Herrera Rodríguez.–El Presidente del Centro de Investigaciones Sociológicas, José Félix Tezanos Tortajada.
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