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Documento BOE-A-2024-654

Resolución de 3 de enero de 2024, de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., por la que se publica la segunda Adenda modificativa del Convenio con el Ayuntamiento de Maceda, para la financiación, ejecución y entrega de las actuaciones de mejora del saneamiento y de la EDAR de Maceda (Ourense), actuación cofinanciada por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional en el marco del Programa Operativo Plurirregional de España.

Publicado en:
«BOE» núm. 10, de 11 de enero de 2024, páginas 3612 a 3615 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-A-2024-654

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de la segunda adenda modificativa del convenio entre la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. y el Ayuntamiento de Maceda para la financiación, ejecución y entrega de las actuaciones de mejora del saneamiento y de la EDAR de Maceda (Ourense), actuación cofinanciada por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) en el marco del Programa Operativo Plurirregional de España (POPE) 2014-2020. PdM Miño-Sil ALXG0SBET29UR2001, otorgada el 29 de diciembre de 2023, que se anexa a esta resolución.

Ourense, 3 de enero de 2024.–El Presidente de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., José Antonio Quiroga Díaz.

ANEXO
Segunda adenda modificativa del convenio entre la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. y el Ayuntamiento de Maceda para la financiación, ejecución y entrega de las actuaciones de mejora del saneamiento y de la EDAR de Maceda (Ourense), actuación cofinanciada por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) en el marco del Programa Operativo Plurirregional de España (POPE) 2014-2020. PdM Miño-Sil ALXG0SBET29UR2001

En el lugar y fecha de la firma electrónica

REUNIDOS

Por una parte, José Antonio Quiroga Díaz, Presidente de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., organismo autónomo adscrito al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, nombrado por Resolución de la Subsecretaria para la Transición Ecológica de fecha 31 de julio de 2018, en el ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como el artículo 30 de la Ley de Aguas, según la redacción dada al mismo por el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, en relación con las funciones y atribuciones que los artículos 23 y 24 de dicha disposición legal les atribuyen a los organismos de cuenca.

Y por otra parte, Uxía Oviedo de Dios, Alcaldesa del Ayuntamiento de Maceda, nombrada en el Pleno extraordinario de 17 de junio de 2023, en ejercicio de las atribuciones conferidas por la ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y por el artículo 61 de la Ley 5/1997, de 22 de julio, de Administración Local de Galicia.

Los comparecientes se reconocen mutuamente capacidad legal suficiente para la firma del presente documento, y a tal efecto

EXPONEN

I. Que en fecha 9 de abril de 2021 (BOE número 94, de 20 de abril de 2021) se otorgó el convenio entre la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. y el Ayuntamiento de Maceda para la financiación, ejecución y entrega de las actuaciones de mejora del saneamiento y de la EDAR de Maceda (Ourense), actuación cofinanciada por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) en el marco del Programa Operativo Plurirregional de España (POPE) 2014-2020. PdM Miño-Sil ALXG0SBET29UR2001, con una duración de 4 años y un plazo de ejecución previsto hasta el 31 de diciembre de 2023.

II. Que en fecha 25 de febrero de 2022 (BOE número 57, de 8 de marzo de 2022) se otorgó una adenda por la que se reajustaban los importes de las anualidades inicialmente establecidas.

III. Que, conforme a lo establecido en el apartado tercero de la cláusula segunda del convenio las posibles modificaciones deberán formalizarse mediante la suscripción del correspondiente instrumento modificativo, con los mismos requisitos y condiciones exigidos para la aprobación del inicial.

No obstante lo anterior, con el propósito de agilizar la tramitación de las sucesivas modificaciones motivadas por los reajustes de anualidades, se incluye una nueva facultad de la Comisión de Seguimiento, la de acordar la modificación de las mismas, sin superar la duración máxima prevista en el convenio, de modo que ya no será preciso en el futuro que tal cambio se acuerde a través de una modificación del texto convencional.

IV. Que según lo dispuesto en el artículo 2 del Real Decreto-Ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, a la tramitación de esta adenda le resultan de aplicación las medidas de agilización en la tramitación previstas en el artículo 59 del citado Real Decreto.

V. Que en virtud de lo establecido en el Real Decreto-ley 3/2022, de 1 de marzo, de medidas para la mejora de la sostenibilidad del transporte de mercancías por carretera y del funcionamiento de la cadena logística, modificado posteriormente por el Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, en los que se articula un excepcional procedimiento de revisión de precios de los contratos del sector público, se ha solicitado por el contratista el cálculo y abono de la correspondiente revisión de precios.

VI. Por ello, en aplicación de la legislación de contratos del sector público, de la normativa contable y presupuestaria, y atendiendo al estado de las actuaciones objeto del convenio, esta Confederación Hidrográfica debe realizar una nueva modificación del convenio, para incrementar su importe así como reajustar las aportaciones económicas, para hacer frente al abono de la citada revisión.

VII. Esta modificación se efectuará respetando en todos sus términos tanto los compromisos de financiación del importe total de las actuaciones recogidas en el convenio suscrito, como el alcance y el objeto de las actuaciones contempladas en el mismo.

A tal fin, en vista de lo manifestado anteriormente, las partes acuerdan suscribir la presente modificación al convenio de referencia, con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto de la Adenda.

El objeto de la presente Adenda es incrementar el importe de la actuación, introducir una nueva competencia de la Comisión de Seguimiento y reajustar las anualidades establecidas en el Convenio entre la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. y el Ayuntamiento de Maceda para la financiación, ejecución y entrega de las actuaciones de mejora del saneamiento y de la EDAR de Maceda (Ourense), actuación cofinanciada por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) en el marco del Programa Operativo Plurirregional de España (POPE) 2014-2020. PdM Miño-Sil ALXG0SBET29UR2001, otorgado el 9 de abril de 2021.

Segunda. Modificación de la cláusula cuarta Coste de las actuaciones y financiación de las mismas.

Se modifica la cláusula cuarta que queda redactada del siguiente modo:

«1. La inversión total necesaria para la actuación se ha estimado en 2.406.954,06 euros, Impuesto del Valor Añadido Incluido.

2. Las actuaciones se financiarán con cargo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) dentro del Programa Operativo Plurirregional de España (POPE) 2014-2020 y con los fondos nacionales necesarios para cofinanciar dicho fondo estructural. La ayuda procedente del FEDER será de un 60 % del coste subvencionable, con un límite máximo de 1.200.000 euros. El importe restante de la inversión será cofinanciado por la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. y el Ayuntamiento de Maceda en un porcentaje de 80,39-19,61 % respectivamente.

3. Tanto la aportación del FEDER como la de la parte nacional correrá por cuenta de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. para lo que existe crédito adecuado y suficiente en la aplicación presupuestaria 23.108.456A.601, código de proyecto 2012.23.231.0005, del presupuesto de gastos del Organismo de cuenca.

4. De acuerdo con lo anterior, la cofinanciación de la obra se realizará de conformidad con la siguiente fórmula:

– Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. aportará el 60 % del coste con un máximo de 1.200.000 euros procedente de fondos FEDER del período 2014-2020.

– Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. aportará el 80,39 % del coste no cubierto con fondos europeos hasta un máximo de 970.270,37 euros; con cargo a fondos propios del Organismo.

– El Ayuntamiento de Maceda aportará el 19,61 % del coste no cubierto con fondos europeos hasta un máximo de 236.683,69 euros, con cargo a su aplicación presupuestaria 450-600.

5. Con cargo al importe previsto en el apartado primero de la presente cláusula, ambas partes afrontarán el coste de redacción de los documentos técnicos necesarios para la definición de las obras, así como la ejecución de las propias obras, y los gastos de dirección y vigilancia de las mismas, además de los correspondientes a las medidas de seguridad y salud.»

Tercera. Modificación de la cláusula quinta Anualidades y aportaciones.

Se modifica el apartado primero de la cláusula quinta que queda redactado del siguiente modo:

«1. Para la ejecución del presente convenio, se establecen, inicialmente, las anualidades previstas en el cuadro que figura como anexo al presente documento.

No obstante, por acuerdo de la Comisión de Seguimiento las partes podrán promover y aprobar posibles reajustes de anualidades en función de la evolución de la ejecución del objeto y de las actuaciones contempladas en el presente convenio, siempre que estos no supongan un incremento económico global ni del plazo del mismo. Este reajuste de anualidades no se considerará modificación convencional a los efectos de lo establecido en el apartado tercero de la cláusula segunda.»

Cuarta. Modificación de la cláusula duodécima Comisión de seguimiento.

Se modifica el segundo párrafo de la cláusula duodécima, que queda redactado del siguiente modo:

«Esta Comisión coordinará las actuaciones relacionadas con el objeto del presente convenio, solventando las dudas que puedan surgir en cuanto a su ejecución.

Le corresponde igualmente a la Comisión el seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y de los compromisos adquiridos por los firmantes, así como la aprobación de los reajustes de anualidades conforme a lo establecido en la cláusula cuarta.»

Quinta. Modificación del anexo I Anualidades previstas.

Se modifica el anexo I del siguiente modo:

«Administración 2021 2022 2023 2024 TOTAL
CHMS, O.A. 69.962,53 1.842.078,09 114.185,48 144.044,27 2.170.270,37
AYUNTAMIENTO DE MACEDA. 6.926,98 57.921,91 105.879,07 65.955,73 236.683,69
  TOTAL. 76.889,51  1.900.000,00 220.064,55 210.000,00 2.406.954,06»
Sexta. Eficacia.

La presente adenda modificativa resultará eficaz tras la inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación, tal y como se deriva del artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre; adicionalmente será publicada en el «Boletín Oficial de Estado».

Manifestando su conformidad con todo lo anterior, firman el presente documento en el lugar y la fecha de la firma electrónica.–El Presidente de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., José Antonio Quiroga Díaz.–La Alcaldesa del Ayuntamiento de Maceda, Uxía Oviedo de Dios.

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