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Documento BOE-A-2024-689

Orden ECM/7/2024, de 11 de enero, por la que se publican los resultados de emisión y se completan las características de las Obligaciones del Estado a diez años que se emiten en el mes de enero de 2024 mediante el procedimiento de sindicación.

Publicado en:
«BOE» núm. 11, de 12 de enero de 2024, páginas 3933 a 3933 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía, Comercio y Empresa
Referencia:
BOE-A-2024-689

TEXTO ORIGINAL

La Orden ECM/5/2024, de 10 de enero, ha dispuesto la emisión, mediante el procedimiento de sindicación, del primer tramo de una nueva referencia de Obligaciones del Estado a diez años, denominadas en euros, y ha fijado sus características esenciales, estableciendo que la fecha de emisión, el tipo de interés nominal anual y el precio de suscripción de los valores serían determinados por la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, previa consulta con las entidades integrantes del sindicato adjudicatario de la emisión.

Una vez finalizado el periodo de suscripción para este primer tramo y fijadas las características esenciales de la emisión, es necesario proceder a la preceptiva publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dichas características y del resultado de la emisión.

En consecuencia, conforme se prevé en la citada Orden ECM/5/2024, de 10 de enero, dispongo que:

1. La emisión del primer tramo de Obligaciones del Estado a diez años denominadas en euros, dispuesta por la Orden ECM/5/2024, de 10 de enero, tendrá las características establecidas en dicha Orden y las que se determinan a continuación:

a) Fecha de emisión: 17 de enero de 2024.

b) Tipo nominal de interés anual: 3,25 por 100.

c) Importe nominal adjudicado: 15.000 millones de euros.

d) Precio de suscripción: 99,920 por 100 del importe nominal.

e) Rendimiento interno equivalente: 3,259 por 100.

2. De acuerdo con lo previsto en el apartado 3.c) de la Orden ECM/5/2024, de 10 de enero, el primer cupón de esta emisión, a pagar el 30 de abril de 2024, será por un importe bruto del 0,923497 por 100, expresado en tanto por ciento del saldo nominal.

3. De acuerdo con lo estipulado en el artículo 5.2 de la Orden ETD/37/2023, de 17 de enero, por la que se dispone la creación de Deuda del Estado durante el año 2023 y enero de 2024, a fin de llevar a cabo la emisión, el titular de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional podrá formalizar con la entidad o entidades seleccionadas o adjudicatarias los convenios y contratos pertinentes, en los que se podrán acordar comisiones de administración, suscripción y colocación. En este sentido, las comisiones acordadas de administración, suscripción y colocación serán del 0,175 por 100 del importe nominal adjudicado.

4. Antes de las quince horas del día 16 de enero de 2024, el sindicato adjudicatario de la emisión comunicará a la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional y al Banco de España la distribución por entidades del nominal suscrito, a efectos del correspondiente ingreso en la cuenta del Tesoro Público en el Banco de España y del registro de las anotaciones de la Deuda que se emita en la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A. Unipersonal.

Madrid, 11 de enero de 2024.–El Ministro de Economía, Comercio y Empresa, P.D. (Orden ETD/1218/2021, de 25 de octubre), el Secretario General de Tesoro y Financiación Internacional, P.S. (Real Decreto 403/2020, de 25 de febrero), el Director General del Tesoro y Política Financiera, Álvaro López Barceló.

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